
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes un recurso del intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, y confirmó su procesamiento por los delitos de abuso sexual simple y desobediencia a una orden judicial, en la causa iniciada por su exsecretaria privada Melody Jacqueline Rakauskas, quien lo denunció por un presunto ataque ocurrido en su domicilio en mayo de 2021.
La decisión del Máximo Tribunal dejó firme lo resuelto por los tribunales inferiores y habilita el avance del expediente hacia la etapa de juicio oral, aún sin fecha definida.
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La defensa del jefe comunal había recurrido a la Corte luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmara el procesamiento dictado por el juez de instrucción. En su resolución, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el planteo “no se dirige contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal”, por lo que desestimaron la queja en los términos del artículo 14 de la ley 48.

La causa se inició en junio de 2021, cuando Rakauskas presentó su denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema. Según su testimonio, Espinoza la había contratado de manera informal, a través de su entonces pareja -amigo del intendente-, para desempeñarse en su secretaría privada con la promesa de una remuneración de 150.000 pesos mensuales.
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De acuerdo con la denuncia, el 10 de mayo de 2021 el dirigente kirchnerista la visitó en su departamento bajo el pretexto de conversar sobre cuestiones laborales. Durante la cena, que se prolongó hasta la madrugada, habría comenzado a insinuársele y a actuar de manera intimidante. “No tengas miedo, dale. Las mujeres de mis amigos tienen bigote”, le habría dicho antes de intentar someterla.
“Fernando, no sé qué vas a hacer pero te pido que no, te pido que te vayas de mi casa”, le dijo la mujer, según las actuaciones. Pero Espinoza “una vez dentro de la habitación se quitó el pantalón, la camisa que previamente se había desabotonado y quedó en ropa interior”. Cuando le insistió para que se fuera, “el imputado la sujetó fuertemente, indicando la víctima que no recordaba exactamente cómo pasó, pero que él logró terminar encima de ella en la cama”.
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Durante esos minutos, el imputado empezó a darle besos en la zona de sus pechos y a tocarla por encima de la ropa mientras le decía “quedate tranquila, siempre te tuve ganas, va a estar todo bien” y le pedía que le practicara sexo oral, procurando también quitarle sus prendas en contra de su voluntad, lo que habría llevado a que le rompiera la camisa que ella tenía puesta, además de intentar bajarse su propia ropa interior, lo que no consiguió porque la víctima hacía fuerza para impedirlo.
“Bueno listo ya está se terminó todo, me voy, ya está no te preocupes. Sos una boluda, no sabes lo que te perdés pero bueno, allá vos”, le respondió Espinoza antes de irse del lugar.
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El juez de instrucción procesó a Espinoza sin prisión preventiva, dispuso su libertad provisoria y le prohibió acercarse o comunicarse con la denunciante. También le imputó desobediencia judicial, al considerar que violó esa restricción al intentar contactarla mediante un funcionario municipal para convencerla de retirar la denuncia.
La Cámara del Crimen, en su Sala VII, confirmó el procesamiento en julio de 2023 y sostuvo que el testimonio de la víctima resultaba “coherente, persistente y verosímil”. En mayo de este año, el mismo tribunal ratificó el envío a juicio oral, al rechazar un pedido de nulidad de la defensa. Los jueces Juan Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich entendieron que “persiste la probabilidad requerida para tener por acreditada la imputación dirigida al nombrado” y que no correspondía el sobreseimiento en esta etapa.
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La defensa, encabezada por abogados del estudio del exjuez federal León Arslanian, había objetado la elevación a juicio alegando que la Fiscalía de Instrucción, a cargo de Mónica Cuñarro, había solicitado el sobreseimiento tras la aparición de un audio encontrado en el celular de la víctima, donde se mencionaría un supuesto intento de acuerdo entre las partes. Sin embargo, la Cámara concluyó que ese material debía ser valorado en el debate oral y no justificaba el cierre de la investigación.
Tras la confirmación del procesamiento y la elevación a juicio, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal, cuya denegación motivó la presentación ante la Corte Suprema, que decidió desestimar el planteo. Ahora el expediente continuará su trámite en la etapa oral, donde deberá fijarse fecha para el comienzo del debate.
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El dirigente comunal, histórico referente del peronismo bonaerense, actualmente cumple su cuarto mandato al frente del distrito más poblado del país. En su defensa negó los cargos en su contra y sostuvo que la causa tiene motivaciones políticas.
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