Comió carne con gusanos en una parrilla, se desmayó en el lugar y demandó al dueño

Una clienta sufrió un cuadro de hipotensión severa tras ingerir alimentos en mal estado en un restaurante de zona oeste

Bolsa transparente con solución salina colgada de un soporte metálico con tubos intravenosos en un hospital.
Un juzgado de Morón condenó al dueño de un restaurante de la provincia de Buenos Aires a indemnizar a una clienta que sufrió una descompostura por comer carne en mal estado. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Un juzgado en lo contencioso administrativo de Morón condenó al propietario de un restaurante de zona oeste de la provincia de Buenos Aires a indemnizar a una clienta que sufrió una descompostura luego de comer carne en mal estado. La sentencia admitió los rubros por daño psicológico, tratamiento terapéutico y daño moral, aunque rechazó la demanda contra el municipio.

La mujer —actualmente de 64 años— había iniciado una acción por daños y perjuicios a raíz de un episodio ocurrido el 1 de diciembre de 2007. Según su demanda, concurrió a almorzar a una parrilla con su pareja y una amiga.

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Durante la comida, advirtió que una porción de vacío tenía un sabor extraño. Al revisar el alimento, ella y sus acompañantes observaron la presencia de gusanos en la carne, según expuso en su presentación judicial.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La demanda por daños y perjuicios se originó en un almuerzo de 2007 en una parrilla de zona oeste, donde la mujer denunció que encontró gusanos en una porción de vacío.(Imagen Ilustrativa Infobae)

La demandante afirmó que comenzó a sentirse mal de inmediato y pidió asistencia médica. También solicitó hablar con el dueño o encargado del comercio, aunque los empleados le informaron que esas personas no estaban en el lugar y que el restaurante no tenía un servicio de emergencias.

El cuadro se agravó y la mujer se desvaneció, de acuerdo con el reclamo. Su pareja pidió ayuda a los Bomberos Voluntarios, que enviaron una ambulancia al local para atenderla.

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El informe de esa institución confirmó que una unidad de emergencias acudió ese día a la parrilla por una paciente descompuesta. El personal asistió a una mujer con un cuadro de hipotensión grave, dato que el juzgado consideró relevante para reconstruir lo ocurrido.

Una paciente con bata de hospital se sienta en una camilla y se agarra el abdomen. Un médico mira una pantalla con gráficos médicos y diagramas digestivos.
La clienta pidió asistencia médica en el restaurante y los Bomberos Voluntarios la atendieron por un cuadro de hipotensión grave, según valoró el juzgado. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Pocos días después, la clienta presentó una denuncia ante la municipalidad. La inspección oficial detectó alimentos en mal estado, falta de higiene y cortes de carne cruda con gusanos dentro del establecimiento.

El expediente administrativo incorporado al juicio indicó que los inspectores hallaron chorizos, morcillas, carne, pastas, medallones, prepizzas y pan mezclados con restos de sangre dentro de un freezer. También encontraron carne con olor putrefacto y gusanos en una heladera exhibidora del salón.

A partir de ese control, las autoridades decomisaron los alimentos y dispusieron la clausura preventiva del comercio. Días más tarde, el municipio ordenó el cierre por tiempo indeterminado hasta que el local acreditara los requisitos necesarios para funcionar.

Imagen aérea de tres platos sucios con cubiertos sobre una mesa naranja, con migas de comida y restos de especias.
El municipio decomisó mercadería y dispuso la clausura preventiva del comercio, que luego fue cerrado por tiempo indeterminado hasta acreditar condiciones para funcionar. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La demandante también presentó una constancia médica de diciembre de 2007, que registró un diagnóstico de gastroenterocolitis. En su relato, aseguró que padeció fiebre, náuseas, vómitos, dolor abdominal y diarrea durante alrededor de quince días.

El dueño del restaurante negó el hecho y sostuvo que la mujer se había acercado al local para dejar un currículum laboral. Afirmó que aprovechó la ausencia del titular del comercio para montar una escena vinculada con una presunta intoxicación.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo n.° 1 de Morón descartó esa versión tras valorar en conjunto el testimonio de la acompañante de la mujer, la atención de los bomberos, la denuncia, la documentación médica y las actuaciones municipales. Para el magistrado, esos elementos permitieron tener por probado que la clienta consumió carne en mal estado y sufrió una descompostura en el lugar.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El fallo rechazó la versión del propietario del restaurante, que negó la intoxicación y sostuvo que la mujer había ido al local para dejar un currículum. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La sentencia aplicó las normas vigentes en 2007, fecha del episodio. También encuadró la relación entre la clienta y el restaurante bajo la Ley de Defensa del Consumidor, que exige que los bienes y servicios se ofrezcan sin riesgos previsibles para la salud de quienes los utilizan.

El fallo sostuvo que el proveedor debía garantizar condiciones seguras de consumo y que, en este caso, la inspección posterior comprobó la existencia de alimentos en mal estado dentro del establecimiento. Por ese motivo, responsabilizó al titular del local por los daños que guardaron relación con el hecho.

En cambio, el juez rechazó la demanda contra la municipalidad. Consideró que no existía prueba de que el municipio conociera antes del episodio las deficiencias sanitarias del restaurante y destacó que, una vez recibida la denuncia, realizó una inspección, secuestró mercadería y clausuró el comercio.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La sentencia aplicó la Ley de Defensa del Consumidor y atribuyó al restaurante la obligación de garantizar bienes y servicios sin riesgos para la salud. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La resolución explicó que un municipio no responde de forma automática por cada irregularidad que ocurra en los comercios de su jurisdicción. Para atribuirle responsabilidad debía demostrarse que incumplió una obligación concreta de control ante una situación que ya conocía, circunstancia que no quedó acreditada.

Una pericia médica indicó que la mujer no presentaba secuelas físicas ni metabólicas vinculadas con el episodio al momento de la evaluación. Por esa razón, el juzgado rechazó el pedido de una indemnización por incapacidad física y también desestimó los gastos médicos, farmacéuticos y de movilidad.

La pericia psicológica concluyó que la demandante presentó una incapacidad psíquica estimada en un 15%, vinculada con conductas evitativas, fóbicas y obsesivo-compulsivas que aparecieron luego del incidente. El informe recomendó un tratamiento de una sesión semanal durante un año.

Una persona de espaldas, con bata de hospital azul, camina por el centro de un pasillo largo y luminoso de un hospital, con puertas a ambos lados.
El juzgado rechazó la demanda contra la municipalidad, pero fijó una indemnización por daño psicológico, tratamiento terapéutico y daño moral para la clienta. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Con base en esa prueba, el juzgado fijó una indemnización de 3,5 millones de pesos por daño psicológico y de 1.162.200 pesos para afrontar el tratamiento terapéutico. Además, reconoció un millón de pesos por daño moral, al considerar que el episodio provocó una afectación emocional indemnizable.

Las sumas devengarán intereses desde la fecha del hecho hasta la sentencia, con una tasa anual del 6%. A partir de entonces, el monto se actualizará conforme al Índice de Precios al Consumidor hasta el pago efectivo.

El propietario del restaurante deberá abonar la condena dentro de los diez días posteriores a la aprobación de la liquidación, una vez que el fallo quede firme. También deberá afrontar las costas del proceso.

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