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Rechazaron un pedido de Julio De Vido para declarar prescripta la causa por la tragedia de Once

El ex ministro de Planificación Federal sostiene que se cumplió el plazo para que su condena quede firme. La Cámara Federal de Casación Penal desestimó el planteo y ahora define la Corte Suprema

El ex ministro Julio De Vido en el inicio del juicio oral por la tragedia ferroviaria de Once
El ex ministro Julio De Vido en el inicio del juicio oral por la tragedia ferroviaria de Once
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La Cámara Federal de Casación Penal desestimó un pedido del ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, con el que pretendía declarar prescripta la causa de la tragedia de Once, por la que fue condenado a cuatro años de prisión por administración fraudulenta -no haber controlado el destino de los fondos públicos- y absuelto por estrago culposo -las 52 muertes y los heridos-.

La Sala III del máximo tribunal penal, integrada por los jueces Carlos A. Mahiques, Diego G. Barroetaveña y Gustavo M. Hornos, declaró inadmisible el recurso de la defensa al entender que no cumplió con los requisitos formales necesarios para su tratamiento en esa instancia.

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4, que dictó la sentencia a De Vido, ya había negado este planteo en junio pasado. El exministro alega que se venció el plazo para que su condena quede firme, y ahora será la Corte Suprema de Justicia la que fijará los años de pena.

En primera instancia se determinó que la condena, firmada el 10 de octubre de 2018, funcionó como el último hecho que interrumpió el conteo del plazo de caducidad. Por consiguiente, a partir de aquella determinación, se tuvo que comenzar un nuevo cálculo, cuyo tiempo legal es de seis años. Los magistrados establecieron ese término aplicable porque la calificación legal de los sucesos fue administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

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tragedia de once archivo
Imagen de archivo del accidente ferroviario ocurrido en la estación Once del ferrocarril Sarmiento

El TOF N° 4 consideró que las posteriores determinaciones judiciales se tomaron claramente antes de que se cumpliera el período de caducidad.

Específicamente, recordaron que hubo pronunciamientos de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal el 22 de diciembre de 2020 -confirmación de la condena- y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 1 de agosto de 2024 -dejó sin efecto la determinación de la sanción-, que sucedieron antes del vencimiento del término legal.

La sentencia de condena se consideró firme con esa última determinación del máximo tribunal, en lo relativo a la materialidad del suceso y a la responsabilidad penal del implicado.

En acatamiento de lo resuelto por la Corte, la Sala III dictó un nuevo pronunciamiento el 30 de abril de 2025. En esa ocasión, por mayoría, condenó al exministro como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta, fijando una pena de cuatro años de prisión, con inhabilitación especial perpetua.

Esa resolución fue apelada tanto por la defensa como por el Ministerio Público Fiscal, encontrándose aún pendiente de una determinación final.

Familiares de las víctimas se manifestaron en Comodoro Py. (Foto: Adrián Escandar)
Familiares de las víctimas se manifestaron en Comodoro Py. (Foto: Adrián Escandar)

“Si bien el instituto de la prescripción de la acción penal tiene una estrecha vinculación con el derecho del imputado a obtener un pronunciamiento en plazo razonable, el mismo debe evaluarse en función de la complejidad del caso”, había concluido al respecto el TOF N° 4 en primera instancia.

En su análisis de la admisibilidad del recurso, el juez Diego G. Barroetaveña manifestó que los argumentos esgrimidos por la defensa no consiguieron socavar el razonamiento efectuado por el Tribunal de la instancia anterior. Señaló que la presentación “solo trasluce una disconformidad” con el fallo previo.

A pesar de adherir a la postura mayoritaria para desestimar la presentación, el juez Carlos Mahiques dejó a salvo su apreciación respecto a que el instrumento procesal intentado por la defensa era formalmente admisible.

La tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012 con un tren de la línea Sarmiento, dejó un saldo de 52 personas fallecidas y 789 heridas. Este hecho marcó uno de los episodios más trágicos en la historia reciente de Argentina y derivó en múltiples investigaciones judiciales que involucraron a altos funcionarios del gobierno de la época.

La condena del TOF N° 4 sobre De Vido ocurrió en el segundo juicio sobre la tragedia, a partir de que se logró probar que no cumplió sus deberes al controlar el uso de los fondos públicos asignados a Trenes de Buenos Aires (TBA).

El primer juicio finalizó en diciembre de 2015 con la condena del maquinista, los propietarios y exdirectivos de TBA -concesionaria del servicio ferroviario-, y de los ex secretarios de Transporte Jaime y Juan Pablo Schiavi.

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