La Cámara federal le concedió la licencia a Ariel Lijo para que asuma como juez de la Corte Suprema

La decisión fue adoptada por unanimidad. A partir de ahora, Lijo está en condiciones de asumir junto al abogado Manuel García Mansilla, también designado en comisión por el presidente Javier Milei

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El juez Ariel Lijo ante
El juez Ariel Lijo ante la Comisión de Acuerdos del Senado, en agosto pasado.

Este mediodía, la Cámara Federal decidió por unanimidad otorgarle licencia al juez federal Ariel Lijo para asumir en comisión como nuevo juez de la Corte Suprema. A primera hora del día, una vez conocido el número del decreto presidencial publicado en el Boletín Oficial, Lijo le pidió a sus superiores de la Cámara Federal una licencia en su cargo. Es porque la designación para integrar la Corte es hasta noviembre, y de no mediar un acuerdo del Senado, podría tener que retomar sus funciones en el juzgado federal de Comodoro Py donde se desempeña actualmente.

Para tratar este tema, el titular de la Cámara Federal, Mariano Llorens, convocó al resto de sus colegas: Eduardo Farah, Roberto Boico, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Martín Irurzun.

En la reunión analizaron el pedido de Lijo para obtener una “licencia extraordinaria sin goce de haberes para asumir como Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en virtud de la designación en los términos del artículo 99, incs. 4° y 19° de la Constitución Nacional, efectuada por decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 137/2025 del 25/2/2025″. Había una postura mayoritaria de otorgarle directamente la licencia y otra de remitirla a la Corte para que el máximo tribunal resuelva.

Finalmente, con la firma de los seis jueces, acordaron “hacer lugar a la petición”, “comunicar al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación”, y “remitir copia de lo actuado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante oficio de estilo”.

El decreto

Tras casi un año sin acuerdo político para cubrir las dos vacantes en la Corte Suprema, ayer el presidente Milei firmó el decreto para nombrar en comisión al juez federal Lijo y al jurista Manuel García Mansilla. Con la publicación en el Boletín Oficial de los nombramientos, comenzaron a correr horas cruciales debido a que el Gobierno pretende que asuman cuanto antes sus cargos, pese al rechazo de la oposición y un proceso que requiere la intervención de la Justicia.

El primer mandatario resolvió firmar el decreto esta semana, la última en la que el Congreso está “cerrado”, debido a que no hay sesiones extraordinarias y las ordinarias recién se inauguran el sábado. Fue el desenlace de un proceso complejo que empezó en marzo de 2024, con la comunicación de las nominaciones, y se trabó la semana pasada por diferencias con el kirchnerismo en el Senado.

Los argumentos

En el comunicado que oficializó los nombramientos se destacó que “la Constitución Nacional faculta al Presidente a cubrir las vacantes de empleos que requieran el acuerdo del Senado y que se produzcan durante su receso, mediante nombramientos en comisión que expirarán al finalizar la próxima legislatura”.

También resaltó que “es fundamental recordar que la Constitución Nacional, en su artículo 99, inciso 4, establece como atribución exclusiva del Presidente el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema. El Senado debe expresar acuerdo o rechazar las propuestas presidenciales, sin que en ningún caso pueda proponer candidatos, para lo cual debe realizar un análisis objetivo basado en la idoneidad de los postulados y no en intereses meramente políticos”.

Cuestionamientos

La oposición ha cuestionado la legitimidad del procedimiento adoptado por el Gobierno de Milei, argumentando que la designación en comisión de jueces para la Corte Suprema podría sentar un precedente controvertido. Mientras tanto, el Ejecutivo busca que los nuevos magistrados asuman sus cargos lo antes posible, en un intento por resolver las vacantes que han afectado el funcionamiento del máximo tribunal durante el último año.

El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, defendió la decisión presidencial frente a las numerosas críticas de la oposición, particularmente las realizadas por la legisladora porteña Graciela Ocaña, quien calificó la medida como inconstitucional.

Para respaldar su postura, Cúneo Libarona citó antecedentes históricos de nombramientos en comisión, como los realizados por Miguel Juárez Celman en 1889, Carlos Pellegrini en 1892, José Figueroa Alcorta en 1910, Raúl Alfonsín en 1984 y Mauricio Macri en 2015. En este último caso, los jueces Rosatti y Rosenkrantz fueron designados inicialmente por decreto, aunque posteriormente asumieron sus cargos tras un acuerdo con el peronismo.

El ministro también mencionó el fallo 313:1232 de la Corte Suprema, que avala la legitimidad de los nombramientos en comisión, y citó ejemplos del Derecho Comparado, como los casos de Dwight D. Eisenhower y George W. Bush en Estados Unidos, quienes utilizaron esta facultad en circunstancias similares.

El desenlace de este proceso no solo definirá la composición de la Corte Suprema, sino que también podría tener implicancias significativas para la relación entre el Poder Ejecutivo y el Judicial. La controversia en torno a estos nombramientos refleja las tensiones políticas que persisten en el país y pone de manifiesto los desafíos que enfrenta el Gobierno.

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