
La pregunta que guía el pronunciamiento firmado por la Cámara Comercial es: “¿Pueden recurrirse las sentencias de los jueces nacionales en lo comercial por ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires?”. La respuesta adoptada por unanimidad es que no se puede.
De esta forma, este tribunal se sumó a las otras Cámaras (Civil, Laboral y Penal) que en las últimas semanas se pronunciaron contra la Corte Suprema. Por consiguiente, los camaristas decidieron no enviar en apelación los fallos cuestionados por alguna de las partes ala Corte porteña, sino que los seguirán enviando a la Corte Nacional.
Esta semana, la Corte ratificó la postura adoptada en Levinas, y el Tribunal Supremo de Justicia de la Ciudad (TSJ) ya resolvió 8 de las 14 causas que le envió el alto tribunal. También empezó a tratar algunas causas de trascendencia, entre ellas la causa por la quiebra del Correo Argentino.
Los fundamentos
Entre los fundamentos del pronunciamiento firmado ayer, los camaristas comerciales señalaron, además, que “el criterio establecido por la Corte Suprema el 27/12/2024 (cuando firmó el fallo Levinas) impide al Ministerio Público Fiscal cumplir con sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante la justicia nacional con competencia sobre la ciudad de Buenos Aires, con menoscabo de los intereses por los que debe velar”.
“Entre seguir un fallo erróneo del Alto Tribunal sometiéndonos ciegamente a su autoridad y decidir de acuerdo a lo que juzgamos correcto, elegimos lo último. Si de otro modo fuera, traicionaríamos nuestra conciencia, resignando a la par el ejercicio independiente de las magistraturas que ejercemos en nombre del pueblo de la Nación”.
“Someter las decisiones de la justicia nacional al control de un tribunal instituido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye un evidente error, cuya competencia material no coincide con la legalmente asignada a las cámaras nacionales de apelaciones”.
La Corte ya opinó
Con el precedente Levinas, la Corte puso fin a tres décadas de “inmovilismo” en la concreción de lo que indica la Constitución desde su última reforma, para consolidar una ciudad con autonomía plena. Estableció que el TSJ es el órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad de Buenos Aires. Pero los jueces y camaristas nacionales se han opuesto históricamente a este traspaso.
Este martes, además, la Corte rechazó el planteo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios, con la firma de Rosatti y Lorenzetti, y un voto concurrente de Rosenkrantz.
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