En otro revés judicial para Walter Bento, Casación confirmó el rechazo de un hábeas corpus solicitado por el ex juez

El ex titular de un Juzgado federal en Mendoza, sometido a juicio oral por presuntos actos de corrupción, recibió una denegación del máximo tribunal penal para elevar su pedido a la Corte

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Casación dejó firme una sentencia
Casación dejó firme una sentencia que le negó al ex juez Walter Bento un hábeas corpus (Adrián Escandar)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los camaristas Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, declaró inadmisible este viernes el recurso extraordinario presentado por la defensa del ex juez federal Walter Bento, acusado de haber cometido actos de corrupción durante el ejercicio de su magistratura. La resolución del máximo tribunal penal confirmó, en rigor, el fallo que había rechazado la acción de hábeas corpus presentada por el imputado con el fin de obtener su arresto domiciliario para tramitar en libertad el proceso en su contra.

Bento enfrenta ante el Tribunal Oral Federal N°2 de Mendoza (TOF) un juicio oral junto a más de treinta personas bajo acusaciones de distinto tenor, tales como asociación ilícita, cohecho pasivo, omisión y retardo de justicia, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo, prevaricato y falsedad ideológica. El Ministerio Público Fiscal lo señaló como el presunto líder de una red criminal que cobraba coimas a través de abogados para beneficiar a imputados en causas judiciales a su cargo.

El ex titular del Juzgado Federal N°1 de Mendoza contaba con competencia en materia electoral y en causas de crimen organizado. Fue llevado a juicio político en 2023 y suspendido por el Consejo de la Magistratura tras sufrir una acusación por mal desempeño en sus funciones. En noviembre de ese mismo año, el organismo resolvió destituirlo por mayoría, una decisión que el ex magistrado apeló ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El ex juez Bento al
El ex juez Bento al momento de su detención (NA)

El TOF 2 de Mendoza dio inicio al debate oral en julio del año pasado. Desde entonces, las juezas Gretel Diamante, Eliana Ratta y María Carolina Pereyra recibieron distintos pedidos de la defensa de Bento para tramitar el proceso desde su domicilio debido a que uno de sus hijos presenta un diagnóstico de discapacidad. En anteriores oportunidades, el ex juez fue beneficiado con prisión domiciliaria excepcional para cuidar al menor durante un lapso determinado de tiempo, a condición de regresar al complejo penitenciario federal donde cumple prisión preventiva en Mendoza.

En ese marco, la defensa de Bento presentó a fines del año pasado una acción de hábeas corpus donde alegó un “estado de indefensión” respecto de su cliente, por cuanto persistía “el agravamiento en las condiciones de su detención” en la medida en que se le estaba denegando “el contacto con su hijo discapacitado en este especialísimo contexto en que su presencia resulta imprescindible”. Esa situación, ponderó el abogado, “le impide ejercer su defensa material, debido a que su único pensamiento está dirigido a la situación de desamparo en que se encuentra su hijo con discapacidad”.

Ese planteo fue rechazado tanto en primera instancia como en la Sala B de la Cámara Federal de Mendoza. Bento apeló y llevó su caso hasta la Cámara Federal de Casación, cuya Sala de Feria declaró inadmisible el recurso el 9 de enero pasado. Frente a esta decisión, el ex juez interpuso un recurso extraordinario para elevar el trámite ante la Corte Suprema.

Walter Bento está sometido a
Walter Bento está sometido a juicio oral y público en el TOC 2 de Mendoza

Así las cosas, este viernes se integró la Sala IV del máximo tribunal penal federal para tratar la cuestión del magistrado destituido.

Con votos en coincidencia de los jueces Borinsky, Hornos y Carbajo, la Sala IV consignó: “El recurso extraordinario traído a consideración del Tribunal para que se pronuncie acerca de su viabilidad formal no puede ser autorizado”. Luego, precisó: “Es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente demuestre que la resolución que impugna sea contraria a los derechos federales invocados (...); aspectos no verificados en el sub examine”.

“Por otra parte, a pesar de su invocación, no se advierte que la sustancia de los planteos en que el impugnante funda su recurso implique el debate de una cuestión federal debidamente fundada (...) o algún supuesto de arbitrariedad (...); que excepcionalmente permitan habilitar la instancia extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, concluyó el fallo al declarar inadmisible el planteo.

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