Confirmaron las condenas a prisión perpetua de los policías que mataron a un trabajador rural en un operativo por la cuarentena en 2020

La Cámara Federal de Casación ratificó las penas máximas contra cuatro agentes involucrados en el crimen de Luis Armando Espinoza, durante la pandemia de Covid-19. También evaluó las sentencias contra otros incriminados

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Luis Espinoza, el trabajador rural
Luis Espinoza, el trabajador rural asesinado por fuerzas policiales con un balazo en la espalda

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las condenas de prisión perpetua contra cuatro policías hallados responsables en el homicidio del trabajador rural Luis Alberto Espinoza en 2020. Este hecho ocurrió en mayo de ese año en la localidad de Melcho, provincia de Tucumán, donde la víctima recibió un balazo en la espalda durante una intervención policial que buscó dispersar a un grupo de personas en una supuesta carrera de caballos. En ese momento, se encontraban vigentes las restricciones del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) debido a la pandemia de Covid-19.

En rigor, los acontecimientos tuvieron lugar el 15 de mayo de 2020, cuando los efectivos de la comisaría de Monteagudo se trasladaron a Melcho. Su objetivo era dispersar una supuesta “cuadrera” que no llegó a corroborarse luego durante el debate oral. De acuerdo con la acusación, el operativo policial presentó múltiples irregularidades, que incluyeron la participación de agentes disfrazados de civiles y armados, quienes emplearon vehículos particulares para las maniobras.

El juicio se llevó a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán. Comenzó el 24 de octubre de 2022 y concluyó el 28 de marzo de 2023, derivando en un total de nueve condenas. La fiscalía, dirigida por el fiscal Pablo Camuña y la auxiliar Lucía Doz Costa, indicó que los policías ingresaron al pueblo a los tiros. Tras una persecución, al menos cuatro de ellos dispararon de manera letal e hirieron a Espinoza, quien falleció como consecuencia de un proyectil en la espalda. Su cadáver fue hallado siete días después, en un barranco de la zona conocida como Banderita, en Catamarca, cerca del límite con Tucumán.

Así las cosas, los camaristas Javier Carbajo y Carlos Mahiques, integrantes de la Sala III del máximo tribunal penal del país, confirmaron las penas contra el oficial auxiliar José Alberto Morales, el subcomisario Héctor Rubén Montenegro, el agente Gerardo Esteban González Rojas y el cabo Claudio Alfredo Zelaya. También validaron los cinco años de cárcel para el agente Carlos Lisandro Romano y el cabo primero José María Paz, quienes resultaron coautores del delito de encubrimiento agravado.

El cadáver del campesino fue
El cadáver del campesino fue hallado días después en un pueblo de Catamarca

A su vez, la sentencia condenatoria de la cabo primero Mirian Rosalba González sufrió una modificación, ya que pasó de 12 a 4 años y 7 meses de prisión por encubrimiento agravado por ser el delito previo especialmente grave y ser funcionaria pública. En tanto, quedaron firmes las penas contra el sargento Víctor Manuel Salinas y el sargento primero René Eduardo Ardiles a siete y cinco años de prisión, respectivamente. Según consignó el Ministerio Público Fiscal este jueves en su portal, ninguno de los dos había impugnado la resolución de primera instancia.

José Alberto Morales fue condenado a prisión perpetua como autor del homicidio agravado, ya que cometió el ilícito en abuso de sus funciones como policía. Sus colegas, Héctor Rubén Montenegro, Gerardo Esteban González Rojas y Claudio Alfredo Zelaya, obtuvieron la misma sanción como “partícipes necesarios” del crimen. Además, todos ellos fueron sentenciados como coautores del delito de privación ilegítima de la libertad de Juan Antonio, hermano del campesino asesinado.

Apelaciones mediante, el fiscal general Javier De Luca se expidió ante la alzada para pedir el rechazo de todos los recursos de casación.

Llegado el expediente a instancia de resolución, los camaristas Carbajo y Mahiques coincidieron al remarcar que el accionar de los imputados había provocado “un riesgo jurídicamente desaprobado para el bien jurídico vida”. Ambos consideraron, asimismo, que la conducta desplegada por los policías había quedado probada “con creces” en el marco del debate oral.

En esta línea, los magistrados de la Sala III desestimaron los planteos interpuestos por las defensas de Zelaya, Paz, González Rojas, Montenegro, Morales y Romano, ya que evaluaron que el fallo del tribunal oral presentó una “una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias del caso, no habiéndose vulnerado principio o garantía alguna”.

En el caso de la cabo González, los jueces encontraron fallas en su condena por su grado de participación en el homicidio. Consideraron que los propios magistrados del tribunal tucumano manifestaron tener dudas sobre su conocimiento del plan del crimen. Esto llevó a la modificación de su cargo y a la reducción de su pena.

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