La Corte Suprema de Justicia puso fin a la causa conocida como “dólar futuro” en la que estaban acusados y enviados a juicio oral la ex presidenta Cristina Kirchner y su ex ministro de Economía y hoy gobernador bonaerense Axel Kicillof junto a un grupo de ex funcionarios. El tribunal decidió no entrar en la cuestión de fondo, con el llamado artículo 280, y dejó firme la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal que, con CFK en la vicepresidencia, sostuvo que no había existido perjuicio para el Estado.
La fiscalía pretendía que el caso se debatiera en juicio oral. Sostenía que el sobreseimiento se había dictado cuando el expediente ya estaba en instancia de debate y había que producir la prueba en esa instancia. Así, por dos votos a uno, también lo había dicho el tribunal oral que recibió el planteo inicial. Pero la Cámara de Casación, tras una audiencia en la que la propia Cristina Kirchner declaró desde su silla como presidenta del Senado, decidió que no había motivos para llegar a esa instancia y dictó sobreseimientos.
Los acusados se veían venir una resolución y estaban expectantes. Tal como relató el martes pasado Infobae, el propio expediente daba cuenta de una inminente decisión porque ya había pasado por las oficinas del sector “Coherencia”, en Jurisprudencia, y por “Confrontaciones y Copias”, el último paso antes de una sentencia del máximo tribunal. Incluso un medio periodístico publicó que el máximo tribunal había confirmado los sobreseimientos de la ex jefa de Estado y el resto de los involucrados en la causa, pero ese día el máximo tribunal no se había reunido.
El caso

Esta causa se abrió con una denuncia de un grupo de diputados del PRO y de la UCR cuando se estaba definiendo quién gobernaría en la Casa Rosada. Allí se sostuvo que entre agosto y noviembre de 2015, el Banco Central vendió contratos a “dólar futuro” a $10,6 y $10,8 por unidad al sector privado para liquidar entre febrero y junio-julio de 2016. Para esa época, el dólar “blue” se cotizaba a 16 pesos. Y el precio de mercado de esos contratos (en Nueva York y otras plazas) era de entre $14 y $15.
A criterio del juez Claudio Bonadio, el Banco Central llegó a tener por esta operatoria contratos abiertos en el ROFEX y el MAE a diciembre de 2015 casi 17 mil millones de dólares. En mayo de 2016, Bonadio procesó a Cristina Kirchner, Axel Kicillof –en su rol de ministro de Economía– y a los entonces responsables del Banco Central. En ese fallo aseguró que la autoridad monetaria reportó quebrantos para su patrimonio por más de 77 mil millones de pesos: la cifra exacta es $77.325.739.338,60. La Cámara Federal confirmó el fallo y la causa se elevó a juicio en mayo de 2017.
Fue a raíz del pedido de la defensa de Miguel Pesce, a cargo de Andrea Casaux, hecho en 2017 y al que adhirieron otros imputados, que el Tribunal Oral Federal 1 ordenó un estudio contable. Los analistas del Cuerpo de Peritos de la Corte, Carlos Alberto Campodónico, Alejandro del Acebo y Stella Maris Castaño –junto a los peritos de parte– finalmente se reunieron, analizaron la documentación y contestaron, en 82 páginas, las 81 preguntas que confeccionó el tribunal. Allí se sostuvo que “las operaciones de liquidación de dólar futuro están informadas en los balances del BCRA al 31/12/2015 y 31/12/2016 y en dichos años los balances arrojaron ganancias por $147.116.885.000 en 2015 y $67.448.520.000″. La información, adelantada por Infobae, se conoció el 8 de agosto de 2019. Cristina Kirchner ya se encaminaba para ser vicepresidenta de un gobierno de Alberto Fernández.
Frente a eso, las defensas de los ex responsables del BCRA pidieron el sobreseimiento al Tribunal Oral Federal 1. Los jueces Jose Michilini y Ricardo Basilico rechazaron el pedido. Dijeron que el fiscal mantenía la acusación en base a otras pruebas y que no todos los acusados lo habían solicitado. El juez Adrián Grumberg votó por cerrar el caso y se apartó porque no iba a cambiar su postura. Los defensores fueron a Casación.
Y Cristina Kirchner, sentada en su despacho del Senado, con una audiencia transmitida en directo, acusó a los jueces de ser responsables de una devaluación “(Y ustedes, el Poder Judicial, son responsables de lo que pasó”, dijo entonces). “Yo sentada acá, acusada en una causa de dólar que se manipuló en calor del proceso electoral y cinco años después hay una pericia hecha por peritos de su Corte, doctor Petrone, y sigo acá, y el otro en Columbia dando clases, y el otro viendo partidos en Qatar”, agregó en alusión a al titular del Banco Central, Federico Sturzenegger, y Mauricio Macri.

El 13 de abril del 2021, los jueces de Casación Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa entendieron que debía cerrarse la investigación luego de la pericia que hicieron los analistas de la Corte Suprema diciendo que no había existido perjuicio para el Estado, según lo demostraron los balances del 2015 y 2016 del Banco Central. Y también aseguraron que las cuestiones de política económica no son judicializables. Así, sobreseyeron a Cristina Kirchner, Axel Kicillof, Alejandro Vanoli Long Biocca, Pedro Biscay, Sebastián Andrés Aguilera, Bárbara Domatto Conti, Mariano Beltrani, Juan Miguel Cuattromo, Miguel Ángel Pesce, Guillermo Mario Paván, David René Jacoby, Cristian Alexis Girard, Germán David Feldman, Alejandro Formento y Flavia Matilde Marrodán.
La fiscalía de Raúl Pleé apeló ante la Corte Suprema. En un escrito de unas 40 páginas, Pleé afirmó que la sentencia de Casación ha producido “un gravamen al Ministerio Público” porque el sobreseimiento “cierra definitivamente la posibilidad de cuestionar lo resuelto mediante una sentencia arbitraria y se frustra la pretensión acusatoria”. Y en noviembre del 2022, el procurador interino Eduardo Casal reclamó que el cierre se dejara sin efecto y que el caso fuera enviado a juicio oral.
“Las audiencias de debate constituyen -y tanto más en casos como el presente - el ámbito propicio para, con la mayor celeridad posible -y sin afectación de la garantía del plazo razonable, meramente enunciada por el a quo- escuchar e interrogar personalmente a los testigos y a los peritos, analizar exhaustivamente las diversas pruebas en conjunto, de manera armónica, e inquirir -con el provecho que se obtiene de la inmediación y el contradictorio- sobre las diferencias que pudieran existir entre el informe en cuestión y los elementos que hasta ese momento dieron sustento al impulso de las actuaciones hacia esa etapa del procedimiento. Coincido en que tal grado de conocimiento, en las particulares circunstancias del caso, no podía ser alcanzado en la instancia en que las defensas formularon sus planteos. Los defectos que presenta la valoración probatoria que hizo el a quo, a mi modo de ver, así lo evidencian”, afirmó el dictamen de Casal.
Sin embargo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti desestimaron entrar a la cuestión y dejaron firme la resolución de Casación.
Últimas Noticias
El rol de Irán en el atentado a la AMIA: el plan de la cúpula estatal y la batalla judicial por el juicio a los prófugos
El ataque terrorista dejó 85 muertos. La Justicia determinó la responsabilidad material de Hezbollah y la planificación al más alto nivel del régimen iraní. Los tribunales dirimen planteos constitucionales contra la ley de juicio en ausencia

La Justicia le negó a Claudio “Chiqui” Tapia un nuevo pedido para salir del país: quería viajar a Venezuela
El juez en lo penal económico Diego Amarante calificó como “dudosas las circunstancias del nuevo viaje solicitado” por el titular de la AFA para irse del país hasta el 3 de marzo

Le secuestraron la moto en un operativo de tránsito y luego fue robada del depósito policial: la Justicia ordenó una indemnización
El Estado provincial y la municipalidad fueron responsabilizados por la falta de custodia del vehículo. El fallo determinó que el damnificado tiene derecho a una compensación, fijada en dólares y convertida a moneda local al momento de la liquidación

Un fallo obliga a un club de primera división a indemnizar a un equipo del interior por los derechos de formación de un futbolista
Un juez resolvió un caso en el que dos entidades discutieron el alcance de los reglamentos de AFA y la ley, sancionada en 2015, que instituye y regula el Derecho de Formación Deportiva

Cuadernos: la “contracausa”, sin movimientos y a la espera de una definición que recién llegaría en abril
La investigación por las presuntas alteraciones en los manuscritos no registra movimientos tras la apelación de Jorge Bacigalupo. Las recientes críticas de la fiscal del juicio



