Para la Procuración General, la Corte Suprema debe resolver la demanda de La Rioja contra el DNU de Milei

El procurador Eduardo Casal se pronunció a favor de la competencia originaria del máximo tribunal en el caso impulsado por la provincia norteña a fines del año pasado

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El procurador General de la Nación Eduardo Casal dictaminó este lunes a favor de la competencia originaria de la Corte Suprema para entender en la demanda que entabló la provincia de La Rioja contra el DNU de Javier Milei. Precisamente, el máximo tribunal le había pedido opinión al Ministerio Público el 29 de diciembre cuando recibió la presentación del gobernador Ricardo Quintela y dispuso que no era un tema de feria para tramitar durante enero.

Quintela es uno de los gobernadores que, detrás del ex presidente Alberto Fernández, impulsó en 2023 el juicio político contra los miembros del tribunal. “No le voy a hacer caso a la Corte ni acatar un fallo de ellos”, decía en enero pasado. Con la llegada de Milei y su DNU, a fines de diciembre, Quintela presentó en los tribunales a última hora del 28 de diciembre pasado una demanda para que el máximo tribunal declare la inconstitucionalidad del decreto, asesorado por el ex juez de la Corte Suprema Raúl Eugenio Zaffaroni y el jurista Raúl Ferreyra.

“Con la vigencia del DNU N° 70/2023 se lesiona gravemente el federalismo, la institucionalidad de nuestra república, y se coloca en un estado de vulnerabilidad al conjunto de la sociedad argentina en sus derechos laborales, sociales, económicos y culturales. Por eso, este reclamo que lo hago en nombre de mi provincia, busca en el Poder Judicial de la Nación un pronunciamiento que garantice la vigencia del estado de derecho y consolide los valores de nuestra Democracia”, se sostuvo.

Apenas recibida la presentación, el máximo tribunal, a través del secretario de Originarios, resolvió el 29 de diciembre: “Se hace saber que esta Corte estudiará las cuestiones sometidas a decisión luego del receso correspondiente a la próxima feria judicial del mes de enero”, dice la resolución de apenas una carilla.

Eduardo Casal (Nicolás Stulberg)
Eduardo Casal (Nicolás Stulberg)

Este lunes la Procuración se expresó sobre la cuestión palpitando el inicio de la actividad habitual de tribunales a partir del próximo jueves. “Toda vez que la provincia de La Rioja -a la que le corresponde la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Nacional- demanda al Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal según lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Fundamental, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esa instancia cualquiera sea la materia del pleito. En consecuencia, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal”, sostuvo el dictamen al que accedió Infobae.

La Rioja sostiene que el decreto afecta concretamente a su provincia por cuanto se alteran múltiples actividades productivas y económicas, y se conmueven relaciones jurídicas que esa provincia mantiene con terceros. Y también cuestiona el método del los decretos de necesidad y urgencia, al citar la jurisprudencia ha exigido que el Poder Ejecutivo para estos casos. “El decreto 70/2023 no cumple con ninguno de esos requisitos y, por lo tanto, deviene manifiestamente inconstitucional y nulo”, sostuvo la provincia.

Según se afirmó, el dictado de aquel decreto constituye “un atropello institucional mayúsculo en la historia democrática y supone la usurpación de funciones legislativas reservadas al Congreso de la Nación”, causando un daño irreparable al orden constitucional nacional, lo que se agrava por haber sido emitido con absoluta prescindencia de procedimientos internos y constitutivos, en tanto no tomó intervención ninguna dependencia jurídica de la Administración Pública Nacional, ni hubo un trámite administrativo previo.

La Rioja fue la primera provincia en recurrir a la Corte Suprema. Misiones también podría hacerlo luego de que la justicia federal de Posadas entendió que los cuestionamientos provinciales sobre el DNU debían tramitarse ante el máximo tribunal.

Los miembros de la Corte
Los miembros de la Corte Suprema (atras Casal) en la asunción de Milei (Maximiliano Luna)

El 70 por ciento del DNU está judicializado. De hecho, la reforma laboral que impulsó ese decreto quedó suspendido por orden de la justicia laboral: primero se hizo lugar a una medida cautelar y luego se entendió que debía caer el fondo de la cuestión. Es un fallo de primera instancia que volteó algunos de los artículos que fijó Milei. Por eso tanto la CGT como el Gobierno apelaron. La CGT porque quiere voltear todos los artículos. El Gobierno porque pretende que todo quede en pie. Ahora el análisis quedará para la Cámara del Trabajo.

Pero los cuestionamientos también están bajo la lupa en otros tribunales. Un juez del fuero en lo contencioso administrativo había decidido inicialmente que todo las demandas contra el DNU se agruparan en su juzgado a través de un proceso colectivo, pero el magistrado que lo reemplazó durante la feria Enrique Lavié Pico dio por tierra con ese criterio y decidió desarmar esa decisión para que cada fuero resolviera sobre su materia. El fallo fue convalidado por la Sala de Feria de la Cámara en lo Contencioso.

La semana pasada, Lavie Pico decidió rechazar tres demandas directas para hacer caer todo el DNU por entender que los que lo pedían no tenían un caso para impugnarlo. Los demandantes apelarán y algunos planean pedir por per saltum llegar a la Corte Suprema.

La decisión estará una vez en manos de los jueces del máximo tribunal Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Allí es donde el Gobierno concentra las miradas y las esperanzas.

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