Casación rechazó un planteo de Alejandro Burzaco para declarar su sobreseimiento en una causa por evasión tributaria

El ex CEO de Torneos llegó hasta la máxima instancia penal del país en queja por un fallo que revocó su sobreseimiento en un expediente iniciado en virtud de sus confesiones en Estados Unidos, donde describió una matriz de corrupción ligada al mundo del fútbol

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El ex CEO de Torneos, Alejandro Burzaco (REUTERS/John Taggart)
El ex CEO de Torneos, Alejandro Burzaco (REUTERS/John Taggart)

La Cámara Federal de Casación dejó firme este miércoles la sentencia que revocó el sobreseimiento del ex CEO de Torneos Alejandro Burzaco en una causa que investiga una trama de evasión tributaria que se inició a raíz de sus dichos ante la Justicia de Estados Unidos, donde se declaró culpable de formar parte de una matriz de corrupción junto a la FIFA y la Conmebol.

En rigor, el expediente en cuestión se inició a raíz de una denuncia presentada contra Burzaco, Hugo Jinkis y su hijo Mariano Jinkis, Torneos y Competencias S.A., Full Play S.A., Full Play Internacional, Televisión S.A. y TyC Sport S.A., por supuestas evasiones tributarias y asociación ilícita fiscal, en concurrencia con encubrimiento de activos procedentes de actividades ilícitas.

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Burzaco se declaró arrepentido en noviembre de 2015 ante los estrados norteamericanos, donde se investigaba un escándalo de corrupción conocido como el FIFA Gate. Allí confesó haber pagado sobornos millonarios durante años a varios dirigentes del mundo del fútbol vinculados a los derechos televisivos de distintos torneos, como la Copa América 2015 y el Mundial de Rusia 2018.

Según la acusación en esta causa, los imputados habrían formado parte de una asociación ilícita compuesta por tres o más personas que, al menos durante los años 2010 a 2016, habría estado destinada a cometer delitos tributarios. Además, habrían realizado evasiones de pago en concepto de Impuesto a las Ganancias a los que se encontraba obligada la contribuyente TyC S.A. por las sumas de $23.905.339,28 en el período fiscal 2012; $70.142.647,03 en el período fiscal 2013; $208.844.500,25 por el período fiscal 2014; $259.905.339,28 por el período fiscal 2015; y $154.005.359,14 por el período fiscal 2016.

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Estas evasiones se habrían llevado a cabo a través del ocultamiento de las sumas de dinero obtenidas en función de la venta de los derechos televisivos de distintos torneos de fútbol, para lo cual se habrían utilizado distintas sociedades vinculadas a Torneos y Competencias S.A. y a su CEO Burzaco.

Sin embargo, para el juez instructor porteño no se habían recabado elementos probatorios suficientes como para mantener el procesamiento de todos los imputados, por lo que decidió dictar sus respectivos sobreseimientos. Luego, apelación mediante, intervino la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, que resolvió revocar esas resoluciones.

Ante tal perspectiva, la defensa de Burzaco presentó un recurso de casación que fue denegado y después una queja que llegó hasta la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar.

Alejandro Burzaco confesó el pago de sobornos y reveló una matriz de corrupción conformada, entre otras, por la FIFA y la Conmebol (Photo by Luis Vera/LatinContent/Getty Images)
Alejandro Burzaco confesó el pago de sobornos y reveló una matriz de corrupción conformada, entre otras, por la FIFA y la Conmebol (Photo by Luis Vera/LatinContent/Getty Images)

Así las cosas, el primero en entender en la resolución fue el camarista Yacobucci, que confirmó la denegatoria del recurso de casación invocado tras entender que “este Tribunal lleva dicho que el ordenamiento procesal establece una limitación objetiva para la procedencia del recurso casatorio que, en lo sustancial, exige que, por vía de principio se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente (...), requisito que no se cumple en el caso”.

“Por lo demás, en su recurso de casación el recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, lo que no alcanza para rebatir el razonamiento que sobre el particular realizó la Cámara, y sus fundamentos”, continuó Yacobucci.

Y concluyó: “En las condiciones expuestas, no se ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, para habilitar la intervención de esta Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio, en los términos de la doctrina establecida por el Alto Tribunal in re ‘Di Nunzio’”.

A su término, el juez Slokar adhirió al voto anterior y selló la mayoría para declarar inadmisible el planteo de Burzaco, ya que la magistrada Ledesma presentó su disidencia por considerar que correspondía, en efecto, “hacer lugar a la queja deducida”.

Burzaco fue hallado culpable en mayo de este año por la jueza de Nueva York Pamela Chen en virtud de los detalles que reveló el empresario sobre los sobornos en el futbol. No obstante, quedó exento de ir a prisión.

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