La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de un joven a tres años de prisión, de ejecución condicional, acusado de haber pintado, con aerosol, mensajes antisemitas en el Parque Urquiza, en la ciudad entrerriana de Paraná, ocurrido en octubre de 2014. Se trata del delito de propaganda basada en ideas de superioridad y dirigido por su odio racial o religioso contra la comunidad judía, agravado por dañar espacio público.
En octubre de 2014, aparecieron pintadas en la zona del palomar del Parque Urquiza, de la ciudad Paraná. Allí se podía observar la imagen de una esvástica, en aerosol rojo, sobre una Estrella de David y también la leyenda “Achtung juden!” que significa “judíos, cuídense,” en alemán. Había, además, números insertos de manera enigmática: por un lado un “88″, que luego se determinó era un código que significa “Heil Hitler” (si se trasladan esos números al lugar que ocupa la letra “H” en el abecedario). Por otra parte, había pintado un “14″, que alude a la frase del fundador del Ku Klux Klan, David Lane, que se ha convertido en un slogan entre supremacistas: “Debemos asegurar la existencia de nuestro pueblo y un futuro para los niños blancos”.
El imputado también pintó leyendas, en la pared medianera de su casa, que exaltaban el odio racial: una figura del emblema de las S.S. -las Schutzstaffel, la organización paramiliitar de seguridad nazi- y una esvástica que remitía a la Sociedad Thule, una agrupación criminal a la que se unió Adolf Hitler tras la Primera Guerra Mundial y que fue la base ideológica del nazismo.
El titular de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) - Filial Paraná, Diego Dlugovitzky fue quién denunció las pintadas. Luego, el periodista Jorge Riani recibió varios datos anónimos y realizó un rastreo personal donde identificó a Zapata y a otra persona -que no fue imputada en la investigación- como los autores de los mensajes discriminatorios. “En su perfil de Facebook, esta persona tenía muchas imágenes con simbología nazi, fotos de nazis, esvásticas; hice capturas de pantalla y las presenté ante la Policía”, explicó Riani en su testimonio durante el el debate.
En el juicio, además de Riani, también declaró Dlugovitzky: “La cantidad de símbolos y el tipo de simbología denota que estamos ante alguien que conoce, estudia y toma la decisión de ir a un espacio público a hacer semejante manifestación, que claramente constituye una amenaza o pretende serlo”. Sostuvo también que eso demostraba que se estaba “frente a un fanático, alguien que no tiene racionalidad”. “Eso nos lleva a preguntarnos a cuánto está esa persona de hacer otra cosa. Por eso es tan serio lo que ha ocurrido en este caso”, agregó.
Al inicio del debate, el fiscal general José Candioti presentó una captura de pantalla del perfil de Zapata en la red social Instagram en la que se observaba a una persona con rasgos similares a los de Adolf Hitler haciendo ejercicios y una leyenda: “Cuando dejas de quemar judíos y ahora quemas calorías”. La publicación tenía fecha del 21 de abril de 2019, cuando Zapata ya estaba procesado y a la espera de que se realizara el juicio oral.
En su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que Zapata “reincidió en su conducta delictiva y con su actitud reflejó un odio hacia la comunidad judía” y agregó que sus acciones “proclaman ideas contrarias a la dignidad del hombre; sus expresiones de odio no pueden ser toleradas porque tienen una clara intención de promover la discriminación”.
En 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a cargo de la jueza Noemí Berros, condenó al acusado por el delito de propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tenga por objeto la promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma, y el delito de daño agravado por haber realizado las pintadas en una plaza pública y por odio racial o religioso a la comunidad judía.
De acuerdo con la resolución de la magistrada, Franco Julián Zapata tendrá que realizar el curso de concientización sobre discriminación y el holocausto perpetrado por el régimen nazi que organice la Filial Entre Ríos de la DAIA o la Federación de Comunidades Judías de esa provincia y luego deberá presentar un certificado ante el Tribunal. Además, se le fijó la obligación de llevar adelante tareas comunitarias no remuneradas a favor de una entidad de bien público de Paraná durante un año, a razón de dos horas por semana.
A Zapata se lo consideró responsable por los delitos de “propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tenga por objeto la promoción de la discriminación racial o religiosa y daño agravado por haber sido ejecutado en bienes de uso público y por odio racial o religioso a la comunidad judía”.
Esa fue la condena que tuvo que revisar Casación. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los jueces Diego Barroetaveña, Carlos Mahíques y Daniel Antonio Petrone, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Franco Julián Zapata, implicado en la causa.
El presidente de la DAIA, Jorge Knoblovits, se presentó en la causa como amicus curiae y efectuó diversas presentaciones expresando la gravedad de los actos llevados a cabo por Zapata, los que demuestran, a partir de sus características puntuales, un conocimiento importante del nazismo y de la ideología de la pureza de la raza aria por parte del imputado, y un claro desprecio a la comunidad judía. Fue esa misma delegación -filial Paraná-, la que se encargó de reparar los daños efectuados en la plaza de Paraná.
Con esta decisión, y en el contexto actual que está atravesando la comunidad judía, los magistrados de la Casación federal ratificaron su repudio contra actos de esta naturaleza, los que no pueden ser de ninguna manera tolerados y merecen ser sancionados, se indicó en fuentes judiciales.
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