Casación dejó firme el procesamiento de un intendente cordobés acusado de realizar excavaciones en una reserva arqueológica

Según la imputación, el jefe municipal realizó removimientos de tierra sobre un basural dentro de una reserva que resguarda vestigios de la comunidad comechingón

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Casación dejó firme el procesamiento de un intendente cordobés
Casación dejó firme el procesamiento de un intendente cordobés

La Cámara Federal de Casación dejó firme el procesamiento del intendente de San Marcos Sierras, en la provincia de Córdoba, acusado de realizar excavaciones en un basural ubicado dentro de una reserva arqueológica protegida que resguarda vestigios de la comunidad comenchingón. De acuerdo a la imputación penal, las tareas que dispuso el jefe municipal sobre el terreno en cuestión fueron desarrolladas sin la autorización correspondiente de la agencia estatal encargada de proteger el patrimonio cultural de la provincia, y se encuadran bajo el delito de “prospección, remoción o excavación en yacimientos arqueológicos”, cuya pena incluye hasta un año de prisión.

El procesamiento que recayó sobre César Armando Briguera fue dictado por el Juzgado Federal 1 de Córdoba y luego confirmado por la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones local. Ambas instancias consideraron que había elementos suficientes en esta etapa procesal para endilgarle al jefe municipal el delito previsto en el artículo 46 de la ley nacional 25.743 sobre “Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico”. En ese marco, y de acuerdo a las constancias exhibidas en la investigación, el funcionario habría realizado una serie de excavaciones y remociones de tierra sin la correspondiente autorización administrativa sobre un basural municipal ubicado dentro del área protegida de la Reserva Arqueológica Provincial Quilpo, creada en 2015 para resguardar ciertos restos de la comunidad comechingón.

Según informó el diario La Voz, el fiscal federal Maximiliano Hairabedian realizó una serie de diligencias y visitas oculares sobre el lugar hasta dar por acreditado que César Armando Briguera “ordenó la realización de obras de remoción, movimientos de tierra y excavaciones en el área del basural” con la utilización de maquinaria pesada y en un “sitio arqueológico demarcado, perteneciente a la reserva Quilpo” y sin la debida autorización de la Agencia Córdoba Cultura, a cargo del cuidado de la conservación del patrimonio histórico, artístico y cultural de la provincia cordobesa.

Luego de la confirmación del procesamiento por parte de la Cámara de Apelaciones de Córdoba en diciembre del año pasado bajo el delito de “prospección, remoción o excavación en yacimientos arqueológicos”, la defensa técnica del intendente interpuso un recurso de casación que fue denegado. Ante esa circunstancia decidió ir de forma directa ante el máximo tribunal penal del país, por lo que presentó un recurso de queja que trató este miércoles la Sala III.

El intendente de San Marcos Sierras, César Armando Briguera (Gentileza:  El Diario de Carlos Paz)
El intendente de San Marcos Sierras, César Armando Briguera (Gentileza: El Diario de Carlos Paz)

En ese marco, con las firmas de los camaristas Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky la sentencia rechazó por “ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad” la impugnación del jefe municipal cordobés. En ese sentido determinó que el fallo impugnado “no pone fin a la acción o a la pena, ni hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena”. “Asimismo, cabe resaltar que en el sub lite la garantía a la doble instancia ha sido satisfecha, en tanto han recaído pronunciamientos concordantes del juez instructor y de la Cámara respectiva”, precisó.

La denuncia penal fue realizada de forma conjunta por la comunidad Tay Pichin y la Asamblea Ambiental por el monte de San Marcos Sierras, que además se constituyeron como querellantes en el proceso penal. Por otra parte, el delito que se le atribuye al intendente cordobés tiene dentro de su pena la inhabilitación especial de hasta tres años. Ante el rechazo de la Casación Federal el procesamiento quedó firme mientras avanzan las investigaciones dentro de la etapa penal preparatoria.

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