La Corte Suprema rechazó la recusación de los jueces que pidió San Juan por la suspensión de las elecciones

La provincia presentó el informe que solicitó el máximo tribunal al dictar la medida que suspendió los comicios a gobernador y vice

Guardar
Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda
Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el pedido de excusación y rechazó in límine las recusaciones planteadas por la provincia de San Juan en el caso en que se cuestiona la posibilidad de que el actual gobernador Sergio Uñac se postule como candidato a gobernador.

La provincia de San Juan hizo una presentación solicitando que los integrantes de la Corte que firmaron el fallo mediante el cual se dictó una medida cautelar que ordenó suspender las elecciones convocadas para el pasado domingo en las categorías de gobernador y vicegobernador se excusen de seguir entendiendo en la causa. En su presentación el fiscal de Estado sanjuanino, Jorge Alvo planteó la recusación de los ministros en caso de que no se excusen porque -a su entender- al momento de dictar la medida cautelar los jueces habían adelantado su opinión. Por otra parte, la provincia de San Juan presentó el informe solicitado por el máximo tribunal y pidió que se rechace la acción de amparo promovida en su contra.

Sobre el pedido para que los magistrados se excusen los ministros consideraron que resulta inadmisible porque la facultad de excusación de los jueces de la Corte, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes.

Por otro lado, con relación a las recusaciones, recordó que conforme a la doctrina de la Corte en esa materia, que reconoce como precedente la sentencia dictada el 3 de abril de 1957 en el caso “Cristóbal Torres de Camargo”, “y que se ha mantenido sin inalterada en todas las composiciones del tribunal, cuando las recusaciones introducidas por las partes son manifiestamente inadmisibles, deben ser desestimadas de plano.”

En otro de los considerandos los ministros firmantes señalaron que no se configura prejuzgamiento “cuando el tribunal se halla en la necesidad de emitir opinión acerca de algún punto relacionado con la materia controvertida, lo que ocurre, entre otros casos, al decidirse sobre la admisión o rechazo de una medida cautelar”.

En ese sentido, explicaron los jueces que “esta Corte ha decidido que, en ciertas ocasiones, tal como ocurre en la medida de no innovar y en la medida cautelar innovativa, existen fundamentos de hecho y de derecho que imponen al Tribunal expedirse provisionalmente sobre la índole de la petición formulada” sin que esto implique prejuzgamiento.

Este fue uno de los argumentos esgrimidos en su presentación por el fiscal de Estado de San Juan. Según Jorge Alvo, en uno de los considerandos de la medida cautelar que suspendió las elecciones la Corte anticipó su opinión. “En este caso, en los considerandos, dice que el Tribunal Electoral Provincial oficializó la candidatura de Sergio Mauricio Uñac para un cuarto mandato. Cuando habla de cuarto mandato está fijando posición jurídica de que el impugnante (Vallejos) tiene razón. ¿Qué defensa podemos plantear si ya fijó una posición?”, afirmó el fiscal de Estado de la provincia de San Juan.

En la resolución firmada por los ministros Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, los jueces resaltan que “el instituto de la recusación con causa creado por el legislador es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos (artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural.

En otro párrafo del fallo, los magistrados sostuvieron que las recusaciones deben ser rechazadas de plano porque -aunque fuese clara su falta de causa- el tribunal tendría que ser reemplazado por conjueces y se vendría a establecer un procedimiento de revisión que echaría por tierra la supremacía de la Corte y el carácter final de sus decisiones.”

La Corte dispuso además que pasen las actuaciones a la Procuración General de la Nación a fin de que se expida sobre las cuestiones de fondo planteadas y una vez cumplido con este trámite procesal el máximo tribunal estaría en condiciones de resolver si el gobernador de San Juan Sergio Uñac está habilitado o no para ser candidato a vicegobernador provincial.

Seguir leyendo:

Últimas Noticias

Las pruebas que tiene la Justicia sobre Hezbollah y el plan iraní para volar la AMIA en 1994 con una Trafic cargada de explosivos

El fiscal Sebastián Basso recolectó nuevo material probatorio que constataría la información obtenida años atrás por Alberto Nisman, a partir de documentos de inteligencia

Las pruebas que tiene la

Hotesur-Los Sauces: el fiscal pidió que se fije fecha para el debate oral y reclamó una respuesta del tribunal en pleno

El representante del Ministerio Público cuestionó que el rechazo a fijar fecha de debate fuera firmado únicamente por el presidente del cuerpo, José Michilini. Y sostuvo que el inicio de las audiencias no depende de la finalización de los peritajes pendientes

Hotesur-Los Sauces: el fiscal pidió

Lo despidieron por acosar a una colega y pretendía cobrar una indemnización, pero la Justicia se la negó

La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo al reclamo de un trabajador despedido tras acreditarse una serie de faltas laborales. El tribunal destacó el valor de los testimonios y de la documentación incorporada a lo largo del proceso judicial

Lo despidieron por acosar a

No pudo probar la caída: un hombre demandó a una empresa de colectivos y terminó perdiendo el juicio

Reclamaba una indemnización por las supuestas lesiones sufridas a bordo. Pruebas insuficientes y testigos objetados marcaron el desenlace del juicio. El fallo advierte sobre la rigurosidad necesaria para denunciar accidentes en el transporte público

No pudo probar la caída:

Habilitaron a San Isidro a ser querellante en una causa por irregularidades en el Plan Federal de Viviendas

La Cámara Federal de Casación revocó un fallo que había rechazado su participación en un expediente de corrupción. La investigación analiza posibles desvíos de fondos y obras inconclusas en proyectos habitacionales iniciados en 2005

Habilitaron a San Isidro a