A casi 12 años de la tragedia aérea de la Patagonia, la Justicia reactivó la causa y ordenó una decena de indagatorias

En marzo, Casación aceptó el pedido de la querella y anuló los sobreseimientos. Para el Ministerio Público, el culpable fue el piloto que ya falleció. Por el impulso de los familiares de las víctimas, ahora llamaron a una decena de imputados a indagatoria

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La tragedia que provocó la
La tragedia que provocó la muerte de 21 personas

Al borde de la prescripción y tras un fallo de la Cámara Federal de Casación que anuló una decisión clave, el juez federal interino de San Carlos de Bariloche ordenó realizar una reconstrucción virtual del siniestro y dispuso una decena de indagatorias a representantes y empleados de la aerolínea para avanzar en el esclarecimiento de la peor tragedia aérea de la Patagonia. El 18 de mayo del 2011 un avión de la extinta línea aérea Sol se desplomó en el trayecto entre Neuquén y Comodoro Rivadavia y provocó la muerte de 18 pasajeros y tres tripulantes.

Según la resolución a la que accedió Infobae, el juez ordenó llamar a indagatoria a un grupo de integrantes de la ex línea aérea, entre ellos los tres directores que estaban sobreseídos hasta el fallo de Casación dictado en marzo. Uno de ellos, surge de las últimas presentaciones, ya fallecido. “Existiendo en autos sospecha suficiente sobre la participación de las siguientes personas que pudieron haber puesto en peligro la seguridad debido a las faltas de controles y actos propios de sus oficios, y/o causado que la aeronave Saab 340A se precipitase a tierra”, dijo el juez, al convocar a las indagatorias para junio. Antes dispuso una seguidilla de testimoniales y también pedir informes al Servicio Meteorológico y a la ANAC.

La decisión del juzgado se hizo a pedido de la querella y no sin polémica. Es que en las últimas horas el Ministerio Público desistió de avanzar en su rol de acusador: para los fiscales que intervinieron en la causa la responsabilidad de la tragedia estuvo en manos del piloto que se encuentra entre las víctimas fallecidas. Forzar otra interpretación, se sostuvo, viola la independencia del Ministerio Público, según consta en la documentación a la que accedió Infobae.

La tragedia

Aviones de la aerolínea Sol
Aviones de la aerolínea Sol

El vuelo 5428 despegó del Aeropuerto Internacional Presidente Perón de Neuquén a las 20:05 horas del 18 de mayo de 2011 para su último tramo con destino a Comodoro Rivadavia. Juan Raffo y Adriano Bolatti fueron los pilotos de la nave Saab 340A. Pero en el trayecto se encontraron con formaciones de hielo que derivaron en la tragedia.

“¿Por qué te crees que se cae tanto este avión? No sirve este avión para esta ruta, pero no lo quieren entender”, dijo uno de los pilotos, mientras intentaban alcanzar las condiciones de vuelo que les permitiera mantener la nave estable.“Es como que está pegando hielazos por todas partes…Mirá bol… el bodoque que se te formó, no lo puedo creer…”, sostuvo el otro. Todo comenzaba a empeorar. Pero con el correr de los minutos la situación parecio controlarse y hasta se escuchó alguna broma. El avion empezó a perder altura. “Tranquilo, tranquilo, dale que lo sacamos”, dice uno de los pilotos, y luego se escucha un insulto del otro. Es el último registro del audio. La nave se estrelló entre las localidades de Los Menucos y Prahuaniyeu, en Rio Negro. Murieron sus 22 ocupantes: 18 pasajeros adultos y un niño, más los tres tripulantes.

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Los informes periciales coinciden en que el avión se estrelló por engelamiento pero además señalan que la aeronave no estaba habilitada para volar y la empresa Sol Líneas Aéreas no había analizado los riesgos de la ruta que atravesaba la meseta rionegrina. Los directivos de la aerolínea Horacio Angeli, Juan Alberto Nyffenegger (fallecido) y Danilo Pojmaevich fueron imputados pero más tarde sobreseídos por la extinción de la acción penal por el paso del tiempo. Durante una década la fiscalía impulsó un cambio de carátula que agravara la situación de los investigados. Nada pareció cambiar.

Cuando el reloj de la causa la dejaba al borde de prescribir, Casación dispuso el 6 de marzo hacer lugar a un planteo de la querella que hoy la integran la mujer del piloto y el padre de uno de los pasajeros. Los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani dejaron sin efecto una decisión de la Cámara Federal de General Roca que había dispuesto el sobreseimiento y plantearon que el delito castiga con entre diez y 25 años de prisión para quien “a sabiendas ejecutase cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave” cuando ello cause la muerte de una o más personas.

La posición de la fiscalía

Tragedia avion Sol Rio Negro
Tragedia avion Sol Rio Negro infografia horizontal (Reuters)

Tras el fallo de Casación, la fiscal María Cándida Etchepare, a cargo interinamente de la Fiscalía Federal de Bariloche, formalizó el apartamiento del Ministerio Público, con fuertes críticas a la querella y también al tribunal de alzada porque se demoró dos años en resolver y urgió la reactivación del proceso a dos meses de la prescripción.

“Es unívoca la postura del Ministerio Público Fiscal en cuanto a que, en su opinión, la única conducta susceptible de reproche penal fue aquélla desplegada negligentemente por el fallecido piloto”, sostuvo la fiscal. “Así las cosas, en adelante la acusación deberá ser mantenida, en exclusiva, por las querellas, siendo el rol de este Ministerio solo velar por la legalidad del proceso, de acuerdo con lo normado por el art. 120 de la CN”.

Según sostuvo, “es imperioso tener en cuenta que la decisión de la Cámara Federal de Casación (que, vale destacar, no se expresó sobre el fondo de la cuestión sino solo afirmando que debía estarse a la calificación más gravosa a la hora de evaluar la vigencia de la acción penal) en nada modifica el temperamento adoptado por esta Fiscalía (e, insisto, ratificado por mis superiores del MPF), puesto que lo resuelto por el Poder Judicial en tal sentido en nada obliga a este organismo. Lo contrario implicaría violar la independencia del Ministerio Público”.

También fustigó a la querella por sostener que “es responsabilidad de Su Señoría y del Ministerio Público impulsar el presente proceso”. “No es ni responsabilidad del Juez ni de esta Fiscal. En la actualidad, ese impulso es responsabilidad exclusiva de la parte, sin perjuicio de la obligación del magistrado de continuar adelante con el proceso tal como le ordenara su Superior”, añadió.

El Ministerio Público también rechazó la idea en torno a que el hecho quedó impune: “Si por impune se entiende ‘falto de castigo’, el hecho que nos convoca no quedó impune por la inacción judicial sino por cuanto su autor falleció en el estrago aéreo. Es imperioso no olvidar esta afirmación, puesto que lo que estamos ahora analizando no son los motivos que llevaron a la aeronave Saab 340 A LV-CEJ a estrellarse. Estos motivos fueron determinados pericialmente y los resultados de esa experticia fueron concluyentes”. Y así se apuntó a la responsabilidad del piloto.

En un dictamen anterior, se detalló que “en la fase de ascenso, el piloto evidencia la baja performance de la aeronave, al punto que no puede alcanzar el FL 190 planificado (...). Al mantener el vuelo recto y nivelado, por debajo del nivel crucero que se había estimado, habiéndose identificado las primeras formaciones de hielo, el piloto enciende el sistema anti-hielo del motor, pero no toma otro tipo de acciones para mantener el control de la aeronave aún volando en condiciones de engelamiento (...). Aún habiendo identificado formación de hielo, nunca lleva a la aeronave a una configuración adecuada para el vuelo en condiciones de engelamiento. Alcanzado el FL 140, el avión mantiene una baja performance, pero el piloto recién reacciona con la señal de ‘alerta de proximidad de pérdida’, y vuelve en este caso a omitir llevar a cabo una acción vital, que es el inicio de recuperación de la pérdida aplicando ‘Potencia Máxima de Motor’. Los posteriores intentos de recuperación mediante el uso de comandos aerodinámicos, ya son infructuosos dado que la aeronave ya ha entrado en pérdida, finalizando con un impacto no controlado sobre el terreno”.

Las futuras indagatorias

El lugar donde cayeron las
El lugar donde cayeron las víctimas

Sin el Ministerio Público y con la querella como acusador privado, el juez dispuso reactivar la investigación tras el fallo de Casación. Según la resolución a la que accedió Infobae, el magistrado requirió informes al SMN sobre “las personas que desempeñaban sus funciones y las que se encontraban a cargo de la Oficina de Vigilancia Meteorológica del Aeroparque Jorge Newbery que debían realizar la protección meteorológica del AD Neuquén entre las 16 y 21 horas del 18 de mayo de 2011″.

Una segunda diligencia fue solicitada a la Administración Nacional Aviación Civil (ANAC) para que informe si se cuenta con simuladores clase “D” para la aeronave siniestrada en el país y si es posible realizar allí una reconstrucción del vuelo en base a la simulación realizada por la Junta, las grabaciones obtenidas en las cajas negras y demás observaciones que las partes pudieran realizar.

El juez también busca saber si la empresa estaba autorizada para hacer ese vuelo en esa ruta, si hay información precisa sobre “las maniobras y operaciones efectuadas en cada una de las simulaciones de vuelo que fueron objeto de los cursos de Instrucción de Raffo y Bolatti durante los años 2009, 2010 y 2011″ y quién fue “el funcionario encargado de aprobar los programas de los cursos que dictó la empresa Sol S.A”.

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