
Un cabo de la Policía de Salta fue condenado a 3 años y 4 meses de prisión por abusar sexualmente de una mujer a quien debía proteger luego de que ella denunciara a su ex pareja por violencia de género. La jueza de la Sala 7 del Tribunal de Juicio, Paola Marocco, tuvo por probado que el agente de la fuerza policial, quien estaba a cargo del cuidado de la víctima por consigna judicial, “se metió en su cama y la “sometió a tocamientos”.
El hecho ocurrió en la ciudad capital de Salta y fue denunciado por la víctima el 27 de noviembre de 2021. Un tiempo antes ella había acudido a la justicia con el fin de denunciar a su ex pareja por violencia de género, lo cual produjo que se le asignara una protección especial por medio de una consigna judicial, cuya orden implicó que un personal de la fuerza policial se encargara de manera personal de su seguridad e integridad física.
La investigación recayó en la Fiscalía Penal 1 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual, en cabeza de Federico Obeid, quien después de acumular pruebas requirió encuadrar el caso bajo la figura del delito de abuso sexual simple agravado por ser cometido por personal perteneciente a las fuerzas de seguridad en ocasión de sus funciones, en línea con lo que establece el artículo 119 del Código Penal de la Nación.
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De acuerdo a un comunicado del Ministerio Público Fiscal (MPF) de la provincia de Salta, la mujer denunció el hecho el mismo día en que ocurrió, producto de lo cual se comprobó que “cerca de las 2 de la mañana -la víctima- se fue a dormir y dejó la puerta sin llave” porque estaba con ella el suboficial encargado de su cuidado. Sin embargo “a las 3 de la mañana se despertó con el hombre metiéndose en su cama y abusó de ella sexualmente”. “Cuando un móvil de la Policía de Salta pasó por la vivienda -añadió el MPF- la mujer aprovechó que el cabo se vestía para salir y pedir ayuda al patrullero, a quien puso al tanto de la situación”.
El abuso sexual simple lleva en el Código Penal de la Nación una pena que va desde los 6 meses hasta los 4 años de prisión, sin embargo, este expediente se analizó según los parámetros del delito agravado por integrar -el culpable- una fuerza policial y estar bajo el ejercicio activo de sus funciones, por lo cual el reproche legal que se barajó fue desde los 3 años de mínima hasta los 10 años de máxima.
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En ese contexto, la jueza Marocco resolvió aplicar una condena de 3 años y 4 meses de prisión y así evitó que por medio del artículo 26 del mismo Código pudiera quedar en suspenso su cumplimiento. De tal forma la pena devino efectiva. Además, la vocal unipersonal de la Sala 7 del Tribunal de Juicio le impuso al responsable quedar a disposición del Servicio Penitenciario de la Provincia.
A su vez, la magistrada ordenó la extracción compulsiva de sangre del cabo con el fin de conseguir muestras de su ADN para incorporarlas luego al Banco de Datos Genéticos vinculado a los delitos contra la integridad sexual. La medida está prevista en la ley 26879, cuya finalidad apunta a recabar información y almacenar los perfiles genéticos de los condenados por dichas conductas.
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