
María Laura Garrigós de Rébori es la subsecretaria de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Justicia de la Nación que está a cargo de Martín Soria. Su subsecretaría depende de la secretaría de Justicia que encabeza Juan Martín Mena. Cuando asumió el gobierno de Alberto Fernández y la ministra de Justicia era Marcela Losardo, Garrigós de Rébori, conocida como “Malala” fue elegida para una tarea no menor: conducir el siempre complicado Servicio Penitenciario Federal (SPF). Es la encargada de supervisar lo que sucede en las cárceles federales distribuidas por todo el país.
Garrigós de Rébori cumplió ayer 69 años y tuvo una larga carrera en la justicia penal de Instrucción. Fue secretaria de un juzgado de Instrucción, luego jueza en lo Correccional para en 2004 convertirse en integrante de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital. Cuando se jubiló en 2018 ocupaba un lugar en la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital.
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A principios de diciembre pasado Garrigós de Rébori notó algo extraño con su teléfono celular. De un momento a otro dejó de tener conexión por línea aunque mantuvo su funcionamiento habitual mediante el wifi. Cuando ingresó al homebanking del Banco Ciudad -donde se depositan los haberes jubilatorios- el sistema le solicitó que cambiara la contraseña. Lo hizo y cuando ingresó a su cuenta notó que le faltaba una importante suma de dinero. Desde su cuenta se habían hecho tres transferencias por cifras importantes a diferentes cuentas. La funcionaria llamó al banco, la comunicaron con el área de Estafas de Red Link y bloquearon el uso del homebanking. Al día siguiente Garrigós de Rébori fue personalmente a la sucursal de Tribunales del Banco Ciudad a realizar el reclamo.
Se pudo determinar que se hicieron tres transferencias. Dos fueron dirigidas a la misma cuenta y la tercera a una diferente. Las tres transferencias se hicieron en tres minutos. Una detrás de la otra. La cuenta de la interventora del Servicio Penitenciario Federal había sido esquilmada virtualmente.
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Pero allí no terminó lo que le sucedió a Garrigós de Rébori, una de las fundadoras del colectivo judicial kirchnerista, Justicia Legítima. Varios amigos y familiares recibieron mensajes desde su perfil de WhatsApp en los que pedía que le enviaran dinero. Según la denuncia a la que accedió Infobae, Garrigós estima que nadie cayó en el engaño y ninguno de los contactados envió el dinero solicitado. En cambio algunos de ellos avanzaron en el diálogo con quienes se apoderaron de la cuenta de WhatsApp y recibieron instrucciones precisas para hacer las transferencias, entre ellas el número de CBU de la cuenta. Por lo tanto quedaron identificadas tanto las cuentas a las que se transfirió el dinero a través del homebanking como también la de la estafa intentada por WhatsApp. Una vez corroborada la situación en el Banco Ciudad, Garrigós de Rébori avisó de lo sucedido a la empresa de celulares Personal que le cambió su número de teléfono. Conocedora de la justicia de Instrucción, fue víctima de un delito y realizó una presentación a través de un mail dirigido a la oficina de denuncias del Ministerio Público de la Ciudad.
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Según el relato de Garrigós de Rébori, es muy probable que la funcionaria haya sido víctima de la maniobra conocida como “SIM swapping”. Esa maniobra consiste en que los delincuentes consiguen acceder a una tarjeta SIM de un cliente de una compañía de celulares por el que se hacen pasar mediante un engaño. Piden el cambio de tarjeta SIM (chip) por pérdida o mal funcionamiento. Para que la maniobra funcione obtienen información disponible en Internet sobre el dueño de la línea telefónica a apropiarse. Una vez que les llega físicamente la SIM se apoderan de la línea telefónica del cliente que -en principio- solo nota que no funciona el servicio de llamadas. Al acceder al teléfono los delincuentes pueden tomar el control de diferentes aplicaciones como la de homebanking y por ejemplo, transferir fondos. También se pueden conseguir otros datos sensibles guardados en otras aplicaciones. El teléfono de Marcelo D´Alessandro, quien pidió licencia como ministro de Seguridad de la CABA, fue hackeado mediante la misma modalidad delictiva.
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El caso le tocó al juzgado de Instrucción 19 a cargo de Diego Slupski quien delegó la investigación en la fiscalía que encabeza Diego Perés. Según el artículo 172 del Código Penal, quien cometa una estafa: ”Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño.”
El fiscal postuló la incompetencia del fuero de Instrucción para investigar el caso y propuso que pasara al fuero Federal. Lo hizo debido a que consideró que además del delito de estafa se había cometido otro delito: el de haber ingresado a un sistema informático sin autorización. Ese delito está contemplado en el artículo 153 BIS del Código Penal que señala: “Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses, si no resultare un delito más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido. La pena será de un (1) mes a un (1) año de prisión cuando el acceso fuese en perjuicio de un sistema o dato informático de un organismo público estatal o de un proveedor de servicios públicos o de servicios financieros”.
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El juez Slupski estuvo de acuerdo con lo propuesto por el fiscal y se declaró incompetente y envió el expediente al fuero Federal.
El caso llegó a Comodoro Py no bien terminada la feria de enero y le tocó por sorteo al juzgado a cargo de Marcelo Martínez De Giorgi. Según informaron fuentes judiciales a Infobae Martínez De Giorgi rechazó la competencia y devolvió el expediente a la justicia de Instrucción.
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El juez federal señaló en una resolución a la que accedió Infobae que “…Teniendo en cuenta que el acceso indebido a las cuentas de Homebanking del Banco Ciudad y Whatsapp de la Dra. Garrigós de Rébori se efectuó exclusivamente para cometer una y/o intentar consumar otras estafas, se entiende que el delito del artículo 153 bis del Código Penal de la Nación se vería desplazado por el delito del artículo 172 del mismo código, respecto del cual se estableció desde un inicio que no era competencia de este fuero de excepción. De este modo, el hecho de que la intromisión aludida haya sido perpetrada con el objeto de cometer un delito más severamente penado -esto es, una defraudación- lleva a que la figura prevista por el artículo 153 se vea desplazada por aquella, correspondiendo por ende que continúe interviniendo al respecto la justicia ordinaria, con competencia para tal tipo de ilícitos. Sin perjuicio de lo anteriormente dicho, debe destacarse que el espíritu del artículo 153 del Código Penal es reprimir el acceso y/o apoderamiento indebido de distintos medios de comunicación, lo cual pudiera afectar el correcto servicio de estos. Así, la finalidad de que sea el fuero de excepción el que entienda en delitos abarcados por el articulado en cuestión deviene de la necesidad de tutela de los bienes y servicios del Estado nacional, algo que ofendería la soberanía y seguridad de la Nación de conformidad con el artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación, como podría considerarse al servicio de correo, mas no así lo que serían las actividades y acciones de particulares con dichos modos de contacto”.

Y agregó: “Entonces, sin poner en tela de juicio que las comunicaciones electrónicas sean equiparables a las convencionales -protegidas por las normas nacionales-, lo cierto es que los medios de comunicación entre particulares no corresponden al fuero federal. Su afectación en nada repercute en los intereses del Estado ni la soberanía nacional, como así tampoco guarda vinculación con la lesión de aquellos la finalidad por la cual se llevó a cabo dicho acceso indebido, ya que sería en beneficio del responsable o responsables del delito, ante un hecho que afecta únicamente a un individuo y su privacidad”.
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Con esos argumentos Martínez De Giorgi devolvió la causa iniciada por la interventora del Servicio Penitenciario Federal a la justicia de Instrucción. Si el juez de Instrucción reitera su planteo de incompetencia, tiene que definir la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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