
La eliminación del impuesto a herencias, legados y donaciones en Guatemala, formalizada por el Decreto Número 6-2026 del Congreso de la República, ha provocado la supresión inmediata del Departamento de Herencias, Legados y Donaciones de la Contraloría General de Cuentas.
El Acuerdo No. A-009-2026, firmado por el contralor general Frank Helmuth Bode Fuentes, establece que todos los expedientes sucesorios en curso serán transferidos de manera inmediata a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (DICABI) del Ministerio de Finanzas Públicas, modificando de raíz los circuitos administrativos relacionados con la transmisión de bienes mortis causa y donaciones.
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A partir de la derogatoria del Decreto Número 431 –que regulaba el impuesto a herencias, legados y donaciones– las transferencias de bienes bajo estas figuras han dejado de estar sujetas a gravámenes, según lo consignado por la Contraloría General de Cuentas.
Esta transformación elimina la necesidad de gestión tributaria por parte de la entidad. Todos los expedientes en trámite se retornan de oficio, sin requerimientos particulares, a DICABI para su cierre administrativo y registral. La medida impacta sobre procesos testamentarios, intestados y donaciones por causa de muerte que se encuentren en fase de aprobación fiscal en la fecha de vigencia de la nueva ley.
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Esta reorganización abarca también una reubicación integral del personal adscrito al departamento suprimido. Conforme al acuerdo firmado por el contralor Bode Fuentes, la plantilla será transferida a otras áreas técnicas o administrativas de la institución, priorizando la compatibilidad de perfiles y las necesidades funcionales vigentes. Cuando esta reubicación resulte inviable por motivos técnicos o de inexistencia de vacantes análogas, procederá el retiro del trabajador, con el correspondiente pago de indemnización y prestaciones laborales conforme a la ley, según indica la disposición oficial mencionada en la Contraloría General de Cuentas.
Las áreas administrativas de la Contraloría General de Cuentas, en coordinación con la Dirección de Auditoría Interna, tienen el encargo de gestionar la baja o reasignación de bienes y equipos del departamento eliminado, además de asegurar que la documentación relevante quede bajo resguardo en el Archivo General. La documentación podrá consultarse según los lineamientos de la Ley de Acceso a la Información Pública. Esto garantiza transparencia en los procesos, de acuerdo con las normas establecidas por la Contraloría General de Cuentas.
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La Dirección de Control y Verificación Interinstitucional, junto con la de Tecnologías de la Información y Comunicación, asumirá la responsabilidad de otorgar permisos y roles a quienes la dirección institucional autorice, con el fin de viabilizar el acceso a registros, bitácoras y documentos digitales vinculados al departamento clausurado.
Eliminar el impuesto redefine el trámite sucesorio y la gestión de bienes heredados
El Ministerio de Finanzas Públicas publicó el 14 de abril una guía oficial que modifica el procedimiento para la recepción de bienes heredados y donaciones mortis causa, ajustado a la reciente supresión del impuesto. Según la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (DICABI), el trámite sucesorio puede impulsarse tanto por la vía judicial como por abogado y notario. En la fase inicial, los beneficiarios o sus representantes deben confeccionar un inventario de bienes, requisito indispensable cuya tasación puede determinarse por DICABI, por un valuador autorizado o por acuerdo entre herederos.
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Cuando se trate de activos como inmuebles, acciones u otros elementos patrimoniales, la valoración se realiza en base a los montos oficiales registrados o, de no existir, a los valores que determinen las entidades pertinentes. Este cambio normativo simplifica la transmisión patrimonial en Guatemala, eliminando la gestión fiscal y concentrando el trámite en el ámbito registral y administrativo.
La custodia documental y la reorganización del personal son componentes operativos directos de esta reforma, conforme a las disposiciones de la Contraloría General de Cuentas. Con la transferencia de los expedientes y la eliminación de controles impositivos sobre herencias y donaciones, Guatemala modifica de manera decisiva la tramitación y registro de bienes transmitidos por muerte o por liberalidad, centralizando su gestión en la DICABI.
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