
A diferencia de regulaciones anteriores, el estado de California implementó en julio nuevos lineamientos que exigen a todos los conductores contratados para transporte escolar someterse a pruebas de detección de drogas y alcohol, además de revisiones exhaustivas de sus antecedentes penales, incluida la verificación de huellas dactilares.
Esta normativa, conocida como SB88, fue firmada por el gobernador Gavin Newsom y busca reforzar la seguridad en los servicios que trasladan estudiantes, en respuesta a debates legislativos sostenidos desde 2023 y 2024.
Dicha ley también establece que los vehículos asignados al transporte escolar en California deberán someterse a inspecciones al menos una vez cada 12 meses o cada 80.000 kilómetros, lo que ocurra primero, siempre en un centro autorizado por la Oficina de Reparaciones Automotrices para garantizar que el vehículo “supere la inspección de 19 puntos”.
Qué cambios exige la nueva ley de California que entró en vigor el 1 de julio

Estas unidades deben equiparse con botiquines de primeros auxilios y un extintor, garantizando condiciones óptimas ante posibles emergencias. Todas estas medidas fueron incluidas en la legislación como resultado de la prioridad otorgada a la seguridad estudiantil en los foros y discusiones legislativas más recientes.
Además, la ley exige que cualquier agencia educativa local que contrate a entidades privadas para proporcionar transporte debe obtener una certificación escrita de que los prestadores de servicio no tienen infracciones a la legislación durante la solicitud del contrato.
De igual manera, deben asegurarse de que se cumplirán todas las leyes durante el tiempo que dure el contrato.
La ley declara que los conductores de autobús escolar prestan “un servicio importante” a los alumnos y familias de California, garantizando el traslado seguro entre sus hogares y escuela. Aclarando que los prestadores de este apoyo “están fuertemente regulados” por el Departamento de Educación del Estado, el Departamento de Vehículos Motorizados y el Departamento de Patrulla de Carreteras de California.
Resaltaron que a lo largo de los últimos años, ciertas escuelas firmaron contratos plurianuales y multimillonarios con empresas de redes de transporte y otros servicios.
En caso de que un conductor preste servicios de transporte a alumnos con una capacidad máxima de 10 personas o menos, incluyendo el conductor, deberá contar cumplir con las siguientes obligaciones:
- Tener una licencia de conducir de California válida para la clase de vehículo apropiada.
- Tener al menos 18 años de edad.
- Pasar una verificación de antecedentes penales, incluida la verificación de huellas dactilares.
- Tener un historial de conducción satisfactorio que no incluya infracciones resultantes en condenas con recuentos de puntos y suspensiones del privilegio de conducir.
- No haber demostrado comportamiento irracional “al punto que una persona razonable tendría causa para creer que la capacidad del conductor puede verse afectada”.
- No haber sido condenado por un delito descrito anteriormente, entre otras más.
Otras exigencias a quienes prestan este servicio

Los conductores deberán someterse a un examen médico no más de dos años antes de que presten el servicio de transporte de alumnos. Este debe ser practicado por un experto de la salud con licencia para ejercer la medicina u otros especialistas descritos en la ley.
Al cumplir 65 años de edad y cada 12 meses a partir de entonces, las personas que transporten alumnos como servicio deberán someterse a un examen médico y proporcionar una copia a la entidad que lo contrata y tiene un acuerdo con la escuela.
Esta ley formó parte de un paquete legislativo que entró en vigor desde el 1 de julio, que incluyen normativas como la que incluyó a los trabajadores domésticos en la protección de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional del estado (Cal/OSHA), medida que los alinea bajo el marco federal de seguridad laboral.
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