El Gobernador de Florida, Ron DeSantis, aprobó el proyecto de ley CS/SB 758, presentado por el senador Jon Martin del condado de Lee. El proyecto de ley introduce modificaciones significativas al artículo 934.425 del Estatuto de Florida, expandiendo la regulación sobre el uso de dispositivos y aplicaciones de rastreo en bienes de terceros sin su consentimiento. La nueva legislación aumenta las penas y define claramente las excepciones legales aplicables.
De acuerdo con un comunicado del Comité Judicial, el proyecto de ley ahora prohíbe que cualquier persona coloque intencionalmente un dispositivo de rastreo o una aplicación similar en la propiedad de otra persona sin su consentimiento. “Esta medida responde a crecientes preocupaciones sobre la privacidad y el uso indebido de la tecnología de rastreo”, según el Comité Judicial. Esta medida responde a crecientes preocupaciones sobre la privacidad y el uso indebido de la tecnología de rastreo.
Según el Comité de Justicia Penal, la ley también contempla casos en los que el dispositivo o aplicación ya está instalado y se usa sin consentimiento expreso. Anteriormente, la ley solo sancionaba la instalación directa de estos dispositivos. Ahora, cualquier acto de uso también entra en la categoría de violación, de acuerdo con el Comité de Justicia Penal. Este cambio amplía considerablemente el alcance de la legislación y hace que cualquier uso no autorizado de dispositivos de rastreo sea punible.

Según el análisis del proyecto de ley, las violaciones ahora se clasifican como un delito grave de tercer grado, una elevación significativa desde la clasificación anterior de delito menor de segundo grado, informaron fuentes del Comité de Justicia Penal. Esta actualización legal pretende aumentar las sanciones y disuadir el uso no autorizado de dispositivos de seguimiento.
Excepciones específicas a esta regla se incluyen en la ley. Por ejemplo, los agentes del orden público y los organismos de aplicación de la ley locales, estatales, federales o militares pueden colocar o usar dispositivos de rastreo durante investigaciones criminales, según la Oficina del Gobernador. Esta excepción permite que las fuerzas del orden continúen operando sin violar la nueva ley.
Otro conjunto de excepciones se aplica a padres o tutores legales de menores. En estos casos, se permite el uso de dispositivos de rastreo si es necesario para la protección y supervisión del menor, según el Comité Judicial. Los cuidadores de personas mayores o adultos discapacitados también están exonerados de esta prohibición cuando el uso del dispositivo es esencial para garantizar la seguridad del individuo bajo su cuidado.

Los propietarios o arrendatarios de vehículos de motor también pueden usar dispositivos de rastreo para monitorear la ubicación de sus vehículos. Sin embargo, deben informar al próximo propietario sobre la existencia y retirada del dispositivo al vender el vehículo, según el Comité Judicial. Estas disposiciones pretenden equilibrar la necesidad de seguridad con el respeto a la privacidad individual.
La legislación también modifica la sección 493.6118 del Estatuto de Florida, añadiendo el uso no autorizado de dispositivos de rastreo como motivo para que el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor tome medidas disciplinarias contra cualquier licenciatario de servicios de investigación privada, seguridad privada o recuperación de posesiones. También se aplica a individuos sin licencia que participen en actividades reguladas por el Capítulo 493 del Estatuto de Florida.
El Capítulo 493 del Estatuto de Florida se relaciona con la regulación de servicios de investigación privada, seguridad privada y recuperación de posesiones. Con estas modificaciones, todas las prácticas de rastreo no autorizadas estarán sometidas a un escrutinio más riguroso y sanciones más duras por parte del estado, de acuerdo con el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor.
“Si el gobernador no impone su veto, las disposiciones de la ley CS/SB 758 entrarán en vigor el 1 de octubre de 2024″, según la Oficina del Gobernador.
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