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Prisión permanente revisable por inyectar insulina a una anciana en León

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Valladolid, 30 jul (EFE).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a una pena de prisión permanente revisable a una auxiliar de enfermería por un delito de asesinato agravado contra una anciana de 98 años a la que inyectó insulina, que no necesitaba, en una residencia de León.

Según recoge la sentencia, el 17 de agosto de 2022 la auxiliar de enfermería recogió después de la cena a la anciana, que sufría demencia con dependencia para cuidados básicos y actividades cotidianas, y la condujo en silla de ruedas a la habitación para acostarla.

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Mientras la atendía, la agredió dándole varios golpes con la mano en la cabeza y zarandeándola. La mujer se quejó: “No me peques, no me pegues”.

Otra auxiliar acudió a la habitación al oír los gritos. Tras ser avisados, acudieron al centro los responsables de la residencia y una dotación de la Policía Nacional. La anciana fue atendida de las lesiones por personal sanitario en la misma residencia.

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Posteriormente, la directora de la residencia le dijo a la acusada que se cambiase y que se fuera a su casa hasta que se aclarase lo ocurrido.

Momentos después, cuando iba a marcharse, la auxiliar entró en el cuarto de enfermería y cogió del carro de curas un bolígrafo de insulina que tenía el nombre de la única residente del centro que la necesitaba.

Después se fue a la habitación de la anciana y, con el propósito de causarle la muerte, se la inyectó mediante cuatro pinchazos.

Al día siguiente, otras auxiliares fueron a levantar de la cama a la mujer y, al comprobar que no respondía a estímulos, fue trasladada al hospital, donde ingresó en coma como consecuencia de una intoxicación por insulina que días después le provocó la muerte.

La Audiencia de León condenó a la acusada como autora de un delito de asesinato alevoso consumado a 20 años de prisión, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena.

Además, como autora de un delito leve de lesiones, le impuso una multa de 360 euros y el pago de una indemnización de 5.000 euros a cada uno de los diez sobrinos de la víctima.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó la condena, pero estimó en parte el recurso de la acusada y rebajó la indemnización.

Ahora el Tribunal Supremo ha estimado el único motivo del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia recurrida y en el que solicitaba una recalificación de los hechos con aplicación del artículo 140.1. 1ª del Código Penal -prisión permanente revisable- dada la situación de vulnerabilidad de la víctima.

También ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la condenada.

La Sala impone la pena de prisión permanente revisable y mantiene el resto de los pronunciamientos de la sentencia recurrida en lo relativo a la condena por el delito de lesiones y a las indemnizaciones fijadas. EFE

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