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La Audiencia avala que no testifiquen en la dana los consellers de Agricultura y Educación

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València, 29 jul (EFE).- La Audiencia de Valencia ha confirmado la decisión de la jueza que instruye la causa penal por la gestión de la dana de octubre de 2024 de no citar a declarar como testigos a los consellers de Educación y de Agricultura, como solicitaban algunas acusaciones, por considerar que es una diligencia prospectiva.

En un auto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia no considera justificada la petición de citación de los dos responsables del Consell, José Antonio Rovira y Miguel Barrachina, para que declaren sobre lo que comentaron con la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en esta causa, antes y después de la celebración del Pleno del Consell del día 29 de octubre de 2024.

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En esos momentos, según los magistrados, no consta que la investigada "tuviera la posición de garante, asumida en horas posteriores".

"La investigación penal no es una investigación general sobre un hecho, sino que deben existir indicios de la comisión de un hecho punible por una persona", destaca el auto.

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Por este motivo, "no basta con señalar las posibles omisiones de las diferentes administraciones, ni con afirmar que participaron, en mayor o menor medida, en la gestión de la crisis, o que disponían de cierta información sobre la previsión meteorológica; o que adoptaron determinadas medidas en la situación de emergencia y no otras; sino que además debe identificarse el deber específico de actuar y poder relacionar la omisión de ese deber con un determinado resultado, de forma que la omisión resulte equivalente a la comisión activa".

"Sin este razonamiento", concluye la sala, la diligencia propuesta resulta "prospectiva y no debe admitirse".

En otro auto, la Audiencia desestima el recurso presentado por un investigado y rechaza pedir las comunicaciones que recibió el Ayuntamiento de Requena (Valencia) durante los días 28 y 29 de octubre de 2024.

En esta resolución, los seis magistrados que forman el pleno de la Sección Segunda consideran que no está justificada la "utilidad o la relevancia" que puede proporcionar a la causa el conocimiento de estas comunicaciones, cuando en Requena no se produjo ningún fallecimiento. EFE

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