
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por el expresidente catalán Carles Puigdemont que pedía que se le entregase el material intervenido durante la jornada del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 en Cataluña debido a su "valor histórico" y se oponía a su destrucción.
En un auto recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal confirma así su autorización a los Mossos d'Esquadra para que destruyan el material intervenido, con la condición de que se guarde al menos una muestra de cada uno de los efectos recogidos.
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Puigdemont se oponía a la destrucción y pedía que "dado el valor testimonial, histórico y patrimonial de los efectos intervenidos", le fueran entregados en su condición de expresidente de la Generalitat para "recibirlos en calidad de depositario, a los exclusivos fines de su adecuada custodia, conservación y preservación, al considerarlos elementos indisociables de legado histórico, institucional y memorial de Cataluña".
El Supremo ha rechazado esta petición argumentado que "es obvia la improcedencia de la entrega de los objetos intervenidos en esta causa" a Puigdemont, ya que "no ostenta título dominical, legitimación patrimonial ni competencia pública para la conservación de aquellos".
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"No se advierte motivo alguno que pudiera justificar la conservación 'sine die' de estos efectos en los distintos almacenes policiales en los que se encuentran que, en cualquier caso, solo conduciría a su deterioro progresivo y, con ello, a su pérdida definitiva con el transcurso del tiempo", señala el Supremo.
Por otro lado, el alto tribunal sostiene que la destrucción "preserva suficientemente la posibilidad de que, en otras causas, fuera preciso el examen del material intervenido, puesto que deberán conservarse las muestras correspondientes a estos efectos" y desestima que sea necesario oír al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ya que el material está en disposición del Supremo.
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Asimismo, el Supremo también ha rechazado los recursos del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y del exconsejero Raül Romeva, que también se opusieron a la destrucción del material.
En dicho auto, los magistrados concluyen que "dada la naturaleza de los hechos enjuiciados y declarados probados en esta causa especial y el contenido de la sentencia condenatoria dictada en su día, y al contrario de lo que sostiene el Ministerio Fiscal, lo discutible y hasta sorprendente es que se pueda afirmar la existencia en el material incautado de connotaciones políticas, institucionales e históricas o un supuesto valor testimonial histórico o patrimonial".
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