Almería/Madrid, 22 jun (EFE).- El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que exija al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) convocar un pleno en 72 horas para anular la licencia de obras del hotel de El Algarrobico, advirtiendo de posibles multas y responsabilidades penales.
Según han indicado a EFE fuentes ministeriales, tras la decisión del consistorio de aplazar la votación destinada a ejecutar la sentencia que declara nulo el permiso urbanístico, el Gobierno se ha personado en el procedimiento de ejecución a través de la Abogacía del Estado.
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A solicitud del ministerio, el Ayuntamiento de Carboneras remitió ya hoy a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA una copia del acta del pleno extraordinario celebrado el 17 de junio, en el que se acordó aplazar la votación sobre la revisión de oficio de la licencia de obras del polémico hotel.
Las citadas fuentes han señalado que, ante el contenido del acuerdo adoptado en ese pleno, se ha instado al alto tribunal andaluz a emplazar al Ayuntamiento a la convocatoria, en un máximo de 72 horas, de una nueva sesión plenaria.
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El único fin de esta convocatoria sería dictar la resolución correspondiente a la revisión de oficio de la licencia otorgada el 13 de enero de 2003 a la mercantil Azata del Sol S.L.
Asimismo, ha solicitado que el TSJA advierta "expresamente" a la corporación local de que el incumplimiento de estos requerimientos supondrá la inmediata aplicación de las medidas previstas en el artículo 112 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
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Este precepto legal contempla la imposición de multas coercitivas reiteradas a las autoridades, funcionarios o agentes que desobedezcan los requerimientos judiciales hasta la completa ejecución del fallo, así como la exigencia de responsabilidad penal mediante la deducción del oportuno testimonio de particulares.
Según las fuentes, se ha solicitado a la corporación municipal que proceda a identificar al responsable o responsables de remitir la documentación exigida, bajo el aviso de que, si no lo hacen, se presumirá que recae sobre el secretario y el alcalde del municipio.
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Por último, para el supuesto de que el Ayuntamiento no dé cumplimiento a las órdenes dictadas por la Sala, la Abogacía del Estado ha pedido que el tribunal acuerde proceder a la "ejecución subsidiaria" de la sentencia, conforme a lo establecido en el artículo 108.1.a de la LJCA. EFE
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