Quién vive mejor al jubilarse: un español con pensión pública o un francés con un sistema mixto y un pilar complementario de puntos

España ofrece mayor tasa de reemplazo que Francia y pensiones mínimas más generosas, lo que se traduce en una mejor protección del nivel de vida al jubilarse, especialmente para rentas medias y bajas

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Un hombre con el pelo blanco toma apuntes mientras utiliza su ordenador para trabajar.
Un jubilado analiza sus finanzas en su ordenador. (Canva)

Los sistemas de pensiones de España y Francia afrontan en la actualidad desafíos muy similares. El envejecimiento de la población, la caída de la natalidad y la presión sobre las cuentas públicas obligan a ambos modelos a adaptarse, aunque lo hacen desde filosofías distintas.

Mientras España mantiene un sistema de pensiones de reparto puro con fuerte protección a las rentas bajas, Francia combina un esquema básico de reparto con un sistema complementario de puntos que introduce mayor flexibilidad. Las diferencias son relevantes, pero también tienen factores en común: ambos países han tenido que elevar la edad de jubilación, ajustar las carreras de cotización y revisar el cálculo de las pensiones, señalan expertos de BBVA.

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La edad de jubilación

Uno de los elementos más visibles de la comparación entre los sistemas de pensiones de ambos países es la edad de acceso a la jubilación. En España, la edad ordinaria se sitúa en 66 años y 10 meses este año, aunque quienes acrediten 38 años y 3 meses cotizados pueden retirarse a los 65. El calendario ya está fijado: en 2027 la edad ordinaria alcanzará los 67 años para quienes no lleguen a 38 años y 6 meses de cotización.

Francia, en cambio, parte de una edad legal más baja, aunque en proceso de aumento. Actualmente se sitúa entre los 62 y 64 años en función del año de nacimiento, tras la reforma de 2023, que eleva progresivamente el umbral hasta 2030. Sin embargo, la edad de referencia para una pensión completa sin penalización se sitúa en los 67 años.

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Cotización mínima y años necesarios para cobrar el 100%

Las condiciones de acceso también muestran diferencias relevantes. En España se exigen al menos 15 años cotizados para tener derecho a pensión contributiva, de los cuales dos deben estar dentro de los 15 años previos a la jubilación. Además, para alcanzar el 100% de la base reguladora se requieren 36 años y 6 meses en 2026, cifra que subirá a 37 años en 2027.

Francia presenta un sistema más flexible en el acceso inicial: basta con un trimestre cotizado para generar derechos en el régimen básico. Sin embargo, para obtener la pensión completa se requieren 43 años de cotización (172 trimestres) a partir de 2027 para las generaciones más jóvenes.

Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), nos explica cómo la pensión que cobran los jubilados en España es un 60% más de lo que han cotizado a la Seguridad Social.

Cómo se calcula la pensión en cada país

El método de cálculo también difiere. En España, la base reguladora se obtiene a partir de la media de las bases de cotización de los últimos 25 años, dividida entre 350. La reforma reciente permite optar progresivamente por los 29 mejores años, descartando los dos peores, aunque su implantación será gradual hasta 2040.

En Francia, el sistema se basa en la media de los 25 mejores años de salario, ajustados por inflación, y se complementa con un sistema de puntos (AGIRC-ARRCO), en el que los trabajadores acumulan puntos cada año según cotizaciones; al jubilarse se multiplican por un valor del punto fijado anualmente.

Bases máximas y cotización: sistemas con techos distintos

En materia de cotización, España fija en 2026 una base máxima de 5.101,20 euros mensuales (61.214,4 anuales). Se actualiza anualmente en función del Índice de Precios al Consumo (IPC)+1,2 puntos porcentuales. Los salarios que superen ese tope solo cotizan hasta el mismo.

En cuanto a los tipos de cotización, alcanzan el 28,3% del salario bruto. La empresa cotiza un 23,6% del total y el trabajador el 4,7%. Incluye jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. Adicionalmente existe el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que este año es del 0,9 % y sube gradualmente hasta alcanzar el 1,2% a partir de 2029.

En cuanto a Francia, establece un techo más bajo en el régimen básico de 4.005 euros mensuales -plafond Mensuel de la Sécurité Sociale-PMSS 2026-. Lo que supone 48.060 euros anuales. Por encima de ese umbral no se cotiza al régimen básico, pero sí al régimen complementario de puntos hasta un techo más alto (un 8-9 veces el plafond, 32.040 euros al mes).

Respecto a tipos de cotización, en Francia el Régimen básico es del 17,75% del salario bruto, del que el empleador paga el 8,55% y el trabajador, el 6,90%. A lo que se suman contribuciones complementarias AGIRC-ARRCO (por puntos) del 7,87% -empleador 4,72% y trabajador 3,15%-; para Tramo 1, hasta 4.005 euros, y 21,59% (12,95% empresa y 8,64% trabajador) para Tramo 2 (entre 4.005 y 32.040 euros). Total aproximado: 25-28% (varía según tramos de salario).

Santiago Carbó, catedrático del Departamento de Economía en CUNEF Universidad, afirma que el sueldo que cobran los jóvenes es menor que las pensiones que reciben los jubilados, por lo que considera necesario llevar a cabo medidas que reduzcan esa desigualdad.

Lagunas de cotización: España protege más los periodos sin empleo

Un elemento diferencial importante es el tratamiento de los periodos sin cotización. España integra las lagunas con la base mínima vigente en ese momento, lo que suaviza el impacto de los periodos de desempleo en la pensión final.

Los primeros cuatro años, 48 mensualidades, se integran al 100% de la base mínima. A partir del quinto año, se integran al 50% de la base mínima. En el caso de mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las lagunas a partir del quinto año también se integran al 100% de la base mínima, el sexto y el séptimo año al 80% de base mínima.

Francia, por su parte, reconoce algunos periodos sin actividad como “trimestres asimilados” (desempleo, maternidad o enfermedad), pero no tiene un mecanismo automático de relleno con base mínima como el sistema español.

Autónomos: dos modelos muy diferentes

Las diferencias entre sistemas se amplía en el caso de los trabajadores autónomos. En España, el sistema de cotización para trabajadores autónomos establece 15 tramos de rendimientos netos sobre los cuales se elige una base de cotización. El tipo total es del 31,5% (incluyendo el 0,9 % del MEI). Para 2026, la base mínima es de 653,59 euros y la máxima de 5.101,20 euros.

En Francia, los autónomos cotizan en función de sus beneficios netos, en general. En el Tipo global -vejez básica + complementaria + otras- cotiza en torno al 45% de los rendimientos netos. Además de jubilación incluye asistencia sanitaria, prestaciones familiares, maternidad, formación profesional. La parte de jubilación ronda el 17-18%.

El Régimen Micro-Empresario y Auto-emprendedor cotiza como un porcentaje de facturación bruta, entre el 12% y 24% según tipo de actividad. En tanto que el Régimen trabajador no asalariado (TNS): entre 35% y 45% sobre el beneficio neto. Los tramos bajos de beneficios tienen cotizaciones mínimas y exenciones parciales, con posibilidad de cotizaciones complementarias para mejorar la jubilación.

Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE): explica las medidas que se podrían tomar para bajar el gasto en pensiones y dar sostenibilidad al sistema público.

Jubilación anticipada y demorada: más flexibilidad en Francia

España permite la jubilación anticipada hasta dos años antes de la edad ordinaria de forma voluntaria, o hasta cuatro en casos involuntarios, siempre con penalizaciones. Se requiere un mínimo de 35 años cotizados. También existen modalidades por discapacidad o actividades penosas, tóxicas o peligrosas.

Francia, en cambio, ofrece mayor flexibilidad para carreras largas: quienes empezaron a trabajar muy jóvenes pueden jubilarse desde los 58 o 60 años, y existen mecanismos de reducción o bonificación según los años cotizados y la edad de inicio laboral.

Ambos países premian prolongar la vida laboral. España lo hace mediante incentivos económicos progresivos, mientras que Francia aplica una “surcote” del 1,25% por trimestre adicional trabajado.

Pensiones mínimas y máximas: España protege más el suelo

En términos de protección social, España ofrece pensiones mínimas más elevadas, que en 2026 alcanzan 1.256 euros mensuales con cónyuge a cargo. Francia complementa con ayudas como la ASPA, que garantiza alrededor de 1.000 euros mensuales para personas sin recursos.

En el extremo superior, España establece un límite máximo de 3.359 euros mensuales, mientras que Francia no tiene un tope global equivalente, lo que permite pensiones más altas en determinados casos gracias al sistema complementario.

Tasa de sustitución: España lidera en Europa

En materia de suficiencia, España ofrece una mayor tasa de reemplazo que Francia y pensiones mínimas más generosas, lo que se traduce en mejor protección del nivel de vida al jubilarse, especialmente para rentas medias y bajas. Francia, al tener un sistema mixto con un pilar complementario de puntos, depende más de la evolución del valor del punto y de la carrera individual.

Así, en tasa de sustitución, que mide la relación entre la primera pensión y el último salario, España se sitúa entre el 80% y el 85% para carreras completas, una de las más altas de la OCDE.

Francia presenta una tasa de sustitución inferior, entre el 60% y el 74%, debido a su mayor dependencia del sistema complementario y a la estructura de cálculo basada en puntos.

Sostenibilidad de los modelos

En cuanto a sostenibilidad -la suficiencia o no de las cotizaciones sociales para afrontar el pago de las pensiones, y el déficit acumulado por esa razón-, Francia dispone de un sistema más diversificado con tres pilares que le otorga mayor margen de maniobra ante tensiones demográficas.

España, con un sistema de reparto puro más generoso, enfrenta, según los expertos de BBVA, “mayores riesgos de sostenibilidad a medio-largo plazo” si no se incrementan las cotizaciones, se ajustan las pensiones, se retrasa la edad efectiva de jubilación o se desarrollan pilares de previsión social complementarias como planes de pensiones de empleo o ahorro voluntario individual para complementar la pensión pública de jubilación.

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