Consejo Consultivo andaluz avala la nulidad de la licencia hotel El Algarrobico (Almería)

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Almería, 28 may (EFE).- El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que la licencia de obras concedida en 2003 para la construcción del hotel de El Algarrobico es nula de pleno derecho, un pronunciamiento preceptivo y vinculante que obliga al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) a certificar la anulación definitiva del permiso urbanístico en una próxima sesión plenaria.

El dictamen, por unanimidad de su Comisión Permanente, pone fin a meses de bloqueo y a los cimientos legales sobre los que se levantó el polémico edificio de 21 plantas de Azata del Sol en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

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El documento valida la propuesta municipal para dar cumplimiento a las sentencias firmes dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en 2021 y por el Tribunal Supremo en 2022, que ordenaban al Consistorio carbonero iniciar este procedimiento de revisión de oficio ante la evidencia de múltiples ilegalidades.

El primer motivo para fundamentar la nulidad de la licencia es la invasión de suelo protegido. A pesar de dar luz verde a la propuesta municipal, el CCA rechaza la versión que el Ayuntamiento de Carboneras mantuvo durante años, según la cual los planos de 1994 calificaban el sector como urbanizable (zona D2).

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Tras revisar la planimetría original del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el órgano consultivo concluye que la parcela tenía asignada la protección C1 (Áreas Naturales de interés general), lo que la convertía en suelo no urbanizable.

Por tanto, la licencia se concedió vulnerando una normativa medioambiental que era de obligado cumplimiento y que prevalecía sobre cualquier planeamiento municipal.

El segundo pilar que sustenta la anulación es la flagrante vulneración de la Ley de Costas de 1988. El dictamen detalla que la normativa estatal imponía una servidumbre de protección de 100 metros desde la ribera del mar.

Sin embargo, el hotel se proyectó basándose en un Plan Parcial aprobado meses antes de la entrada en vigor de dicha ley, el cual contemplaba un margen de apenas 20 metros.

El Consejo Consultivo aclara que el Ayuntamiento tenía la obligación legal de revisar y adaptar ese plan a los nuevos 100 metros antes de otorgar cualquier permiso. Al no hacerlo, la licencia concedida en 2003 invadió ilegalmente el dominio público, incurriendo en un claro supuesto de nulidad de pleno derecho.

Asimismo, los juristas del CCA desestiman en su resolución las alegaciones presentadas por la empresa promotora, que intentó frenar la revisión argumentando que habían transcurrido más de veinte años desde la concesión del permiso.

El dictamen aclara que no cabe aplicar límites temporales a esta revisión, ya que la dilación en el tiempo se ha debido a la intensa actividad judicial de las últimas dos décadas, en la que han participado activamente todas las partes implicadas.

En cualquier caso, el dictamen valida la propuesta remitida por el Ayuntamiento para revisar de oficio la licencia tal y como ordena la ley. No se valora una posible indemnización a Azata del Sol, fijando que debe ser objeto de "procedimiento específico para determinar cualitativa y cuantitativamente, así como evaluar económicamente, las cantidades que eventualmente pudieran derivarse".

Tras la recepción de este dictamen favorable, que ya ha sido notificado formalmente a la administración local, el Ayuntamiento de Carboneras procederá a elevar el texto a un pleno municipal para ejecutar el mandato judicial. Este paso liquidará definitivamente la licencia de obras de 2003, despejando el horizonte jurídico para la futura demolición del inmueble y la restitución del entorno natural a su estado original. EFE

mma/bfv/cc

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