Emergencias traslada a la jueza que no puede aportar registro específico de accesos a la web de Avamet el día de la dana

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La Subdirección General de Emergencias de la Generalitat Valenciana ha trasladado a la jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana que no es posible aportar un registro específico de accesos a la página web pública de la Associació Valenciana de Meteorologia (Avamet) en la jornada del 29 de octubre y que, una vez constituido el Cecopi, la principal fuente de información para el seguimiento del episodio pasó a ser la proporcionada por el representante de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), integrado en ese órgano de coordinación.

No obstante, aunque no se disponga de un registro técnico individualizado de accesos, Emergencias afirma que "queda suficientemente justificado que la consulta de Avamet formaba parte de la práctica habitual de recopilación y análisis de información previa a la activación del operativo".

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Así lo señala en un escrito remitido al juzgado, en respuesta al oficio recibido el 6 de mayo de 2026 por el que se pedía saber si durante el 29O de 2024 disponían de acceso operativo a la información de Avamet; si consta que algún técnico o responsable de dichos organismos consultara dicha información durante la jornada y quién era la persona o departamento responsable de realizar el seguimiento de fuentes de información meteorológica de acceso público, no estrictamente internas o de Aemet, en el marco de la gestión de la emergencia.

En el escrito, consultado por Europa Press, Emergencias señala que en esa jornada el acceso a la información proporcionada por Avamet se realizaba mediante la consulta de su página web pública, "que actuaba como uno de los canales disponibles para la obtención de datos meteorológicos" y que permitía disponer "de información complementaria sobre la evolución del episodio".

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"Esta consulta se efectuaba de manera abierta, sin que existiera un sistema interno de registro de accesos individualizados, y formaba parte de las prácticas habituales de recopilación de información previa y paralela a la valoración técnica de la situación, contribuyendo así a una mejor comprensión del contexto meteorológico en cada momento", señala Emergencias, que añade que no es posible aportar un registro específico de accesos a la página web.

No obstante, como ejemplo y con el fin de acreditar que esa página constituía "una de las fuentes de información habitualmente consultadas con carácter previo al inicio del Cecopi", apunta que esta fuente "aparece debidamente recogida en los informes de seguimiento del episodio" y que ya fueron aportados al juzgado con anterioridad.

CARÁCTER PRIORITARIO DE AEMET EN EL CECOPI

Una vez constituido el Cecopi, Aemet "adquiría un carácter prioritario y oficial, al tratarse de datos actualizados, validados y transmitidos de forma directa por el organismo competente en materia meteorológica". De este modo, las decisiones operativas y la valoración continua de la evolución del episodio "se apoyaban fundamentalmente en los informes, avisos y actualizaciones facilitados por dicho representante, garantizando así la utilización de información rigurosa, homogénea y contrastada".

Según Emergencias, "todo ello permitía asegurar una adecuada coordinación entre los distintos organismos implicados y una respuesta ajustada a las condiciones meteorológicas en cada momento". agrega.

Sobre quién era la persona o departamento responsable de realizar el seguimiento de fuentes de información meteorológica, comunica que todos los organismos integrados en el Plan Especial frente al riesgo de inundaciones "disponían de acceso a las distintas fuentes públicas de información meteorológica disponibles en cada momento".

Estas fuentes, de carácter abierto y accesible, incluían, entre otras, "páginas web institucionales, redes de estaciones meteorológicas y plataformas de seguimiento en tiempo real, lo que permitía a cada organismo consultar directamente los datos necesarios para el análisis y la evaluación de la situación".

Este acceso generalizado "garantizaba que todos los agentes implicados operaran sobre una base informativa común, favoreciendo la coherencia en la interpretación de la evolución del episodio y en la toma de decisiones", sostiene, y añade que "contribuía a reforzar la coordinación interinstitucional al posibilitar la verificación y el contraste de la información a través de múltiples canales públicos, sin depender exclusivamente de un único sistema de difusión".

Según Emergencias, esto "se enmarca en lo establecido en el Plan Especial, que, en situación de preemergencia, asigna --entre otras-- a la Delegación Territorial de Aemet en Valencia la función de proporcionar los datos de su red automática, así como los de su red de colaboradores".

Una vez activado el Plan Especial en situación 2 y constituido el Cecopi, "se incluye dentro del grupo de seguimiento del riesgo a un representante de la Delegación Territorial de la Agencia Estatal de Meteorología en la Comunitat Valenciana", entre cuyas funciones "se encuentran el análisis de la evolución meteorológica y la provisión de datos de pluviometría, tanto en tiempo real como acumulados".

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