TSJA ratifica diez años de cárcel para un acusado de abuso sexual sobre su hija en Algeciras (Cádiz)

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a diez años y medio de cárcel a un acusado de un delito continuado de abuso sexual sobre su hija menor de edad en Algeciras, que fue denunciado tras contarle la menor lo que pasaba a la orientadora del instituto donde estudiaba.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos sucedieron entre los años 2016 y 2020, cuando la hija contaba con la edad entre once y 14 años. Así, en los hechos probados relata hasta tres episodios de abusos diferente, cometidos siempre en el domicilio familiar y "aprovechando momentos de soledad".

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En este sentido, la Audiencia Provincial ha absuelto a la madre de la menor, también acusada, al considerar que "no había tenido pleno y cabal conocimiento de los abusos que cometía su marido".

El TSJA recuerda que la condena del acusado se basó fundamentalmente en la declaración de la denunciante y víctima de los hechos, su hija, ya mayor de edad en la fecha del juicio, pero también se tuvieron en cuenta otras pruebas que aportaron corroboraciones periféricas que vinieron a avalarla, dotándola de mayor solidez.

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Según la sentencia de la Audiencia, el acusado calificó las manifestaciones de su hija de "fantasías e inventos motivadas por su deseo de llamar la atención y de gozar de mayor libertad, a modo de reacción contra las restricciones que él le imponía en el trato con terceros y en las salidas al exterior".

No obstante, el tribunal "no ve factible esa explicación", argumentando que "la menor era consciente, al haber sido advertido por su madre, de que si persistía en su comportamiento sufriría aún mas restricciones al poder acordarse su acogimiento en un centro de protección, como así sucedió tras denunciar los abusos, sin que ello motivara una retractación en la misma, que ha mantenido invariablemente el mismo relato".

Además, los magistrados "tampoco percibieron" que la menor "fuera rebelde, mentirosa y especialmente problemática en sus relaciones familiares, como afirmaron no solo sus padres sino también su hermano". "Por el contrario, tanto la orientadora del instituto en el que estudiaba, como la autora del informe emitido por la Residencia donde fue ingresada tras la judicialización del asunto al iniciarse un procedimiento de desamparo, coincidieron en que su comportamiento era normal, no siendo una chica conflictiva".

En este sentido, recuerda que "fue precisamente la orientadora de IES la que denunció los hechos, después de que la menor le refiriera, tanto a ella como a su tutora, que el acusado abusaba de ella desde los 12 años, aprovechando los momentos en que su madre no estaba, añadiendo que su madre ya lo sabía porque ella misma se lo había contado".

Así, tras hacer constar el informe de la orientadora del IES que la menor llevaba triste desde el comienzo del curso, manifestando a su tutora que tenía mala relación con su padre y que la situación en casa era tensa por las continuas peleas entre los progenitores, así como el informe de la residencia infantil que hacía constar --tres meses después de su ingreso-- que presentaba buen comportamiento, mostrándose responsable ante sus estudios y habiéndose integrado positivamente en el centro, el TSJA ve "razonable, en base a lo expuesto, que la sentencia descartara como motivación espuria justificativa de una imputación de abusos falaz".

"No vemos qué relación tiene que la menor pudiera ser algo rebelde y conflictiva, que deseara probar el alcohol y el tabaco para ver qué se sentía, y que la dejaran salir hasta las 22 horas, con que denunciara a su padre por abusar de ella", apunta el TSJA, que concluye que "no se acredita que el tribunal de instancia incurriera en ningún error patente en la valoración de las pruebas que se deba corregir, y la convicción alcanzada por el mismo, sobre la base de pruebas de cargo de indudable valor incriminatorio, resulta a todas luces lógica y coherente", por lo que desestima el recurso del acusado y ratifica la sentencia que lo condena a más de diez años de cárcel.

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