El detenido en mayo tras prender fuego a la casa de su expareja en Tomiño (Pontevedra) se enfrenta a 13 años de cárcel

Guardar

El hombre detenido en mayo de 2025 tras prender fuego a la casa de su expareja en Tomiño (Pontevedra) será juzgado este martes en la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, y se enfrenta a penas que suman 13 años de prisión.

Así, los hechos ocurrieron el 20 de mayo del año pasado, cuando el hombre entró en la vivienda de su expareja cuando estaba vacía. Allí vació un bidón de gasolina en la cocina y esperó a que llegara la mujer para prender fuego.

La víctima logró sortear las llamas y salir del domicilio, en dirección al cuartel de la Guardia Civil. Por el camino, su exmarido la amenazó mediante mensajes de WhatsApp, pero la mujer interpuso denuncia contra él.

Luego ella regresó a la vivienda, de donde el hombre ya se había marchado y logró sofocar el fuego, que causó daños menores. Poco después, se presentaron en el lugar una familiar de la mujer, así como efectivos de la Policía Local y de la Guardia Civil, que pusieron en marcha un operativo para tratar de localizar al autor de los hechos.

El hombre fue finalmente localizado y detenido horas después en casa de su madre, en la parroquia viguesa de Beade. En ese momento fue trasladado a un centro sanitario y, posteriormente a dependencias policiales, antes de ser puesto a disposición del juzgado de Tui, que acordó su ingreso en prisión provisional.

Por estos hechos, la Fiscalía lo considera autor de un delito de incendio y de un delito de amenazas, y pide que lo condenen a 12 años y a un año de cárcel, respectivamente, por ambos delitos. También reclama que se le prohíba acercarse o comunicarse con su exmujer durante 14 años, y que se le prohíba tener o portar armas durante 2 años.

En concepto de responsabilidad civil, solicita que indemnice al Ayuntamiento de Tomiño en 961,95 euros, por los daños reparados.

La Fiscalía ha pedido que este juicio se celebre a puerta cerrada "para la adecuada protección de los derechos fundamentales de la víctima en particular, su derecho a la intimidad, y para evitarle perjuicios relevantes que, de otro modo, podrían derivar del desarrollo ordinario del proceso".