Constitucional avala el valor de referencia catastral para el cálculo de transmisiones

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Madrid, 12 feb (EFE).- El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad que el cálculo del valor de referencia catastral, que se emplea para aplicar el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP), vulnere el principio de capacidad económica de los consumidores.

En una nota a la que no acompaña la sentencia, el TC explica su rechazo a la cuestión de inconstitucionalidad planteada a comienzos de mayo de 2025 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre "el empleo de un método de cálculo masivo, que se basa en una metodología críptica, inasequible para el contribuyente medio y cuyos parámetros no están contenidos en ninguna ley".

El valor de referencia catastral, actualizado en 2022, es el parámetro que Hacienda aplica como base imponible para calcular impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el de Sucesiones y Donaciones, y se basa en estimaciones estadísticas realizadas por la Administración. EFE