El Supremo revisa este jueves si Ábalos y Koldo siguen en prisión a la espera del juicio de las mascarillas

El alto tribunal examinará este jueves la situación de dos exdirigentes socialistas, quienes buscan revertir la decisión de mantenerles en prisión preventiva por peligro de fuga mientras avanza el proceso judicial sobre supuestos delitos vinculados con material sanitario

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La defensa de Koldo García argumentó que el esfuerzo económico real atribuible a él y a su expareja, Patricia Uriz, alcanza un monto de 98.421 euros, cantidad que consideran justificada con ingresos y ahorros de origen lícito, y que el resto de los fondos investigados está respaldado por una deuda contraída legalmente. Esta consideración se suma a su reclamo de un fuerte arraigo personal y familiar, resaltando que convive con su hija menor de cinco años y asiste a su madre viuda, de 86 años, dependiente de sus cuidados. En ese contexto, el Tribunal Supremo examina este jueves los recursos presentados por el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y su exasesor Koldo García contra la decisión de mantenerlos en prisión provisional por riesgo de fuga, mientras avanza el proceso judicial por presuntas irregularidades en la adquisición de mascarillas durante la pandemia, según publicó Europa Press.

La Sala de lo Penal del Supremo agendó dos audiencias para deliberar sobre las solicitudes de Ábalos y García, reportó Europa Press. La comparecencia relativa a Ábalos se programó para las 10:30 horas; treinta minutos más tarde se analizará el recurso de García. En el caso de Ábalos, será su exabogado Carlos Bautista quien lo represente, a pesar de haber renunciado a su defensa por diferencias contractuales, como instruyó el juez encargado salvo que solicite la suspensión de la audiencia.

Ambos exdirigentes recurrieron la resolución dictada el pasado 27 de noviembre por el magistrado instructor del llamado ‘caso Koldo’, Leopoldo Puente, quien ordenó su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin opción a fianza. Las defensas sostienen que no existen fundamentos suficientes para mantener la medida, al considerar que el riesgo de fuga no se encuentra debidamente sustentado.

Según publicó Europa Press, la defensa de José Luis Ábalos calificó la decisión judicial de “uso irrazonable del derecho”, argumentando que la privación de libertad se basa en “vaguedades y excusas procesales”, y no en hechos concretos. El escrito presentado ante el Supremo solicita la liberación del exministro y alude al principio de excepcionalidad que regula la prisión cautelar, remarcando que siempre deben explorarse alternativas menos restrictivas en ausencia de riesgo palpable de fuga, el cual debe ser “real, reconocible por cualquier tercero, incluso lego en derecho”. La representación legal señaló, además, la existencia de vínculos laborales, sociales y familiares sólidos de Ábalos, quien reside de manera permanente en España y tiene a su cargo a un hijo menor los fines de semana.

El recurso presentado en representación de Koldo García solicita igualmente la excarcelación y sugiere la institución de una fianza para obtener la libertad provisional, detalló Europa Press. La argumentación expone que el crecimiento patrimonial de García está “justificado” por sus ingresos y que la resolución que decretó su entrada en prisión transitoria “asume las conclusiones de la acusación sin comprobar la solidez de los indicios ni el riesgo extremo alegado”. La defensa descarta la posibilidad de que su cliente pueda interferir con la investigación –toda vez que las pruebas ya fueron recogidas y formalizadas–, así como la potencial reiteración delictiva, puesto que los hechos atribuidos se limitarían a un periodo y contexto concretos en su función de asesor, cargo que ya no desempeña.

Europa Press informó que otra de las cuestiones planteadas por la defensa de García se refiere a una supuesta suma significativa de dinero que, según el instructor, no habría sido encontrada ni justificada probatoriamente; en respuesta, alega que el reembolso de gastos de la Secretaría de Organización del PSOE, por un total de 127.000 euros “en los años analizados”, se encuentra certificado. Dos testigos respaldaron que García gestionaba dichos fondos, atribuyéndoles legalidad y facilitando una explicación para el origen del dinero utilizado. El recurso además cuestiona la acusación planteada por Víctor de Aldama, tercer procesado en la causa, quien sostuvo que entregaba a García 10.000 euros mensuales, pues esa declaración no tendría respaldo patrimonial o probatorio más allá de su testimonio.

En los documentos presentados, García también explicó que tanto él como Ábalos manejaban gastos anticipados que posteriormente reembolsaban mediante transferencia bancaria o en efectivo, empleando para ello sobres diferenciados para separar los fondos destinados a asuntos ministeriales, partidistas y personales del exministro, puntualizó el medio.

El Ministerio Público solicita para Ábalos una condena de 24 años de reclusión y para García 19 años y medio; para Aldama, la Fiscalía pide siete años de prisión. Las acusaciones populares, encabezadas por el Partido Popular, demandan 30 años de prisión para el exministro y su exasesor, solicitando para el empresario la pena propuesta por la Fiscalía, según detalló Europa Press.

La defensa de García insiste en la existencia de arraigo suficiente que contrarrestaría cualquier presunto riesgo de huida y considera que las razones expuestas en el auto judicial para avalar la prisión provisional no se sostienen desde el punto de vista del derecho procesal ni conforme a la situación familiar del investigado.

El proceso, conocido como el ‘caso Koldo’, se enmarca en presuntas irregularidades en el proceso de contratación de material sanitario durante la pandemia. Las partes implicadas se enfrentan a cargos que abarcan desde la malversación hasta delitos relacionados con la administración pública y el enriquecimiento ilícito, consignó Europa Press.

Las decisiones que tome el Tribunal Supremo tras estas audiencias definirán los próximos pasos en la situación procesal de Ábalos y García, quienes alegan que el mantenimiento de la prisión provisional no solo carece de justificación, sino que podría tener como propósito provocar declaraciones incriminatorias, tomando como antecedente la colaboración de Aldama con la justicia después de su estancia en un centro penitenciario.

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