La AN reconoce el derecho de la familia del agente Arcos, asesinado en Granada, a que Interior asuma su indemnización

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La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (AN) ha reconocido el derecho de la viuda y los hijos del guardia civil José Manuel Arcos, que murió al recibir un tiro en acto de servicio en octubre de 2018 en Huétor Vega (Granada), a que el Ministerio del Interior costee los más de 334.200 euros de indemnización que se fijaron en sentencia para ella y los huérfanos, después de que el hombre condenado por la muerte del agente fuera declarado insolvente.

La sentencia, consultada por Europa Press, de fecha de este pasado 24 de septiembre, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la viuda del agente Arcos y sus hijos contra la resolución de 18 de octubre de 2022, dictada por la Subsecretaría del Ministerio del Interior "desestimatoria de la petición de resarcimiento, resolución que se anula por no ser conforme a derecho, reconociendo el derecho al abono de las cantidades reclamadas".

"La normativa aplicable al resarcimiento por daños personales a un guardia civil incluye al lesionado y, en caso de fallecimiento, a sus herederos, siendo aplicable el principio de indemnidad en interpretación jurisdiccional para incluir la indemnización declarada en sentencia penal por el asesinato de los guardias civiles ocurrido en acto de servicio", especifica la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN.

Según ha expuesto a Europa Press el letrado que representa a la familia del agente Arcos, el letrado Javier López y García de la Serrana, director del bufete jurídico HispaColex y especialista en reclamaciones de indemnizaciones al Estado, el Ministerio del Interior decía, "exactamente", que "los daños --personales y patrimoniales-- de los familiares son totalmente ajenos a la relación especial de servicios que vinculan al guardia civil con la Administración", pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN "nos ha dado la razón en una novedosísima sentencia", de la que se "beneficiarán", ha añadido, "otras cinco viudas de guardia civiles cuyas reclamaciones están pendientes de resolución".

La innovación de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN, según ha especificado López y García de la Serrana, que ha recalcado el carácter pionero del pronunciamiento, es la aplicación también a las familias de los guardia civiles asesinados "del principio de indemnidad, que implica que la Administración debe resarcir a sus funcionarios por los daños sufridos en el ejercicio de sus funciones por acciones ilícitas de las personas sobre las que las ejercen, cuando no haya dolo, culpa o negligencia por parte del funcionario y el responsable directo del daño sea insolvente".

En concreto, según ha detallado este lunes el letrado granadino, son cinco las familias que se podrán beneficiar: las de los dos guardia civiles asesinados por Igor el Ruso, la familia del teniente coronel de la Unidad Especial de Intervención asesinado y las de los dos agentes de la Benemérita de Barbate, en referencia a Víctor Romero, Víctor Jesús Caballero, Pedro Alfonso Casado, David Pérez y Miguel Ángel González.

Contra la sentencia, que ha sido dictada después de la votación y fallo fechado para este pasado 23 de septiembre, cabe recurso de casación en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación.

La Audiencia Provincial de Granada condenó al hombre responsable de la muerte del agente Arcos, un delincuente común conocido como el 'Kiki', a una pena de 22 años y medio de prisión después de que en la madrugada del 15 de octubre de 2018 arrebatara el arma reglamentaria al guardia civil tras una persecución y durante el forcejeo le pegara un tiro que acabó con su vida.

Una vez que la Audiencia de Granada declaró la insolvencia del condenado para hacerse cargo de las indemnizaciones, la viuda y los hijos del agente Arcos recurrieron al Ministerio del Interior con el objetivo de que asumiera el coste bajo el argumento de que este empleado público murió en acto de servicio y la Administración tiene la obligación de resarcirles del daño causado.

No obstante, el Ministerio del Interior rechazó asumir las indemnizaciones con el "argumento de que no son víctimas directas", según relató en su día a Europa Press el letrado López y García de la Serrana, quien censuraba que el Gobierno hiciera "caso omiso" a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo que existe a este respecto.

La "lucha judicial" emprendida por la viuda y los hijos del agente Arcos suponía así "una durísima prueba, tanto emocional como psicológica", que se sumaba a la trágica pérdida del padre de familia y al proceso penal que se vivió tras su muerte. Por ello, desde el despacho que les representa se remitió un escrito en el que se solicitaba a la Sala de la AN que agilizara la votación y fallo de la sentencia por "razones psicológicas y humanitarias".

"PERJUICIOS SUFRIDOS"

El letrado argumentaba que de todo el elenco legislativo existente se derivaba "sin discusión que, los perjuicios sufridos por guardias civiles o por agentes de Policía de cualquier clase que sufran lesiones o daños en acto de servicio como consecuencia de acciones ilícitas de las personas sobre las que ejercen, sin culpa o negligencia propia, las funciones que son propias de su cargo, deben ser resarcidos por la Administración, mediante el principio del resarcimiento o de indemnidad, que rige para los empleados públicos cuando actúan en el ejercicio su cargo".

A ello sumaba que la sentencia 1003/2020 de 15 de julio de 2020, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, aclara que los daños causados por el delincuente declarado insolvente se deben resarcir directamente al lesionado o a sus herederos, por lo que, según recalcaba, carecía "de sentido y lógica negarle la indemnización a la viuda e hijos del Guardia Civil José Manuel Arcos, con el argumento de que no son víctimas directas".

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