
La Fiscalía del Principado de Asturias ha solicitado la condena a cinco años de cárcel para un acusado de abusar sexualmente de su sobrina, menor de edad, que se había quedado a dormir en su casa de Oviedo. La vista oral quedó hoy vista para sentencia en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.
En nota de prensa, el Ministerio Fiscal explica que el 20 de febrero de 2022, la menor, nacida en 2009, se quedó a dormir en casa de sus tíos, el acusado (1967) y su esposa. La menor tenía con el acusado una relación afectiva "sana y satisfactoria, al igual que con el resto de personas del núcleo familiar" y había convivido con sus tíos durante un tiempo y era habitual que compartiera con ellos fechas señaladas y tiempo de ocio.
Ese día había más personas en la casa porque habían acudido a la celebración de un cumpleaños, y por motivos de disponibilidad de camas, acordaron entre ellos que el acusado, la víctima y otra menor de cinco años pasaran la noche en la misma cama en una de las habitaciones.
Sobre las cinco de la mañana, cuando estaban los tres acostados, el acusado, aprovechando que las niñas estaban dormidas y que la víctima estaba de espaldas a él, le hizo tocamientos. La niña empezó a llorar y llamó a su tía, que dormía en otra habitación. Con la excusa de que le dolía la barriga, pidió ir a su casa. El mismo día 20 de febrero de 2022, la madre de la niña presentó denuncia por esos hechos.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual y solicita que se imponga al acusado cinco años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Solicita además la prohibición de aproximación y de comunicación por cualquier medio con la menor durante 7 años. La prohibición impediría al acusado acercarse a menos de 500 metros a la menor, su domicilio, lugar de estudio y cualquier otro que sea frecuentado por ella.
A ello se añade una petición de libertad vigilada durante siete años y la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 12 años.
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