Madrid, 17 mar (EFE).- Una empleada del hogar de Vigo, que trabajó durante 13 años en una casa privada sin cotizar a la seguridad social, ha logrado en los tribunales no solamente acceder al paro y a la ayuda para mayores de 52 años, sino también dos indemnizaciones, de 1.800 y 15.000 euros, que pagará el Estado por discriminación de sexo.
Las dos sentencias sobre el caso de esta mujer, a las que ha tenido acceso EFE, han sido firmadas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y por un juzgado de lo Social de Vigo, y siguen la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Condenan al Estado por no aplicar dicha jurisprudencia con efectos retroactivos y obligar a litigar a la empleada del hogar, una mujer de 62 años sin recursos, según ha explicado su abogado, Javier Cominges (Zeres Abogados).
La oficina del desempleo le denegó el subsidio del paro a esta mujer, que perdió su empleo en 2021.
El citado despacho litigó ante la instancia europea y en 2022 el TJUE, a partir del caso de esta persona, reconoció la igualdad de las empleadas del hogar en los mismos derechos que otros trabajadores, señalando la discriminación de sexo que sufría un colectivo integrado abrumadoramente por mujeres.
Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha aplicado esa jurisprudencia del tribunal europeo, y ha obligado al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a abonarle el subsidio de desempleo por 720 días, además de una indemnización de 1.800€ por la discriminación sufrida.
La sentencia del Tribunal Superior de Galicia, del pasado mes de febrero, ha derivado, a los pocos días, en otra de un Juzgado de lo Social de Vigo que le concede también derecho a la ayuda para personas mayores de 52 años que hayan agotado el desempleo y carezcan de rentas, una asistencia que permite cotizar para la pensión de jubilación.
Cominges explica que la sentencia de Tribunal Superior de Galicia ya es firme para la Administración, que no ha recurrido. Y llama la atención sobre el hecho de que la normativa aprobada tras el fallo del TJUE “no reconoció efectos retroactivos a la protección por desempleo, permitiendo sólo cotizar a partir de octubre del 22”, lo que repitió la discriminación.
“Ahora, además, y esto es especialmente novedoso, el juzgado reconoce el derecho de la trabajadora a cobrar la indemnización que reclamábamos, de 15.000€, para compensar los perjuicios sufridos como consecuencia de la discriminación”, añade.
Efectivamente, el juzgado de Vigo señala en el fallo que la Administración ha lesionado los derechos de la mujer cuando, “además de denegar la prestación por desempleo, le deniega el subsidio; y en ambos casos, la ha obligado a litigar, pese a la publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de febrero de 2022”.
“La Administración desoyó a la jurisprudencia europea”, explica el abogado, que recuerda las dificultades de muchas empleadas del hogar para entender que, a pesar de que se les nieguen derechos, pueden reclamarlos ante los tribunales. EFE
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