Madrid, 21 feb (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exsecretario de Estado Turismo Fernando Valdés y a otros cinco acusados de prevaricación, fraude en la contratación y administración desleal en la gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Aecid) entre 2010 y 2012.
En una sentencia el tribunal absuelve a Fernando Valdés, que en la época de los hechos ocupó varios cargos en la Aecid, en concreto jefe del Área de Coordinación y de las unidades de Organización, Calidad y Asuntos Jurídicos y de Coordinación, así como del Departamento de Gestión Económica, Financiera y Presupuestaria.
También son absueltos la entonces directora de la Secretaría General de la AECID, Begoña C.B., y el que fuera jefe del Departamento de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Agencia, Jesús Juan G.N..
Asimismo los exdirectores de las divisiones Informática y Jurídica del Instituto de Comercio Exterior (ICEX) Carlos Antonio G.A. y Guillermo H.L., respectivamente, y el que fuera administrador solidario de la empresa Roadmap Jorge Luis A.B..
La Sala declara probado que la Aecid, agencia estatal adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, se propuso en 2010 reorganizar la gestión financiera y de contratación para lo que necesitaba adaptar los sistemas informáticos a los nuevos compromisos, teniendo en cuenta el contexto internacional de su actividad, potenciando el uso de las comunicaciones electrónicas (intranet e internet).
Añade que para llevar a cabo esta tarea se nombró a Begoña C.B. directora de la Secretaría General de la Aecid, donde también trabajaban Fernando Valdés -que ha sido defendido en esta causa por Rafael Alcácer Guirao, socio de Oliva-Ayala Abogados-, y Jesús Juan G.N..
La resolución indica que dicha reorganización se plasmó en un plan para implantar un sistema de información que integrara aplicaciones informáticas para gestionar todos los departamentos y funciones.
Declara probado que "se estudiaron varias alternativas, como por ejemplo Microsoft, Oracle y Sorolla, y finalmente se optó por la implantación de SAP ya que disponía de un desarrollo exclusivo para el sector público español que se adaptaba plenamente a las necesidades de la Aecid".
Para los magistrados "no ha quedado probado que la decisión de adoptar SAP estuviera preconcebida, como concluyó el informe emitido por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en 2012".
Recuerdan que el ICEX, entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, "ya venía utilizando SAP desde varios años atrás y había desarrollado una versión adaptada a organismos públicos y al uso de divisas, con programas específicos que se ajustaban perfectamente al modelo y las funcionalidades de la AECID".
Y destacan que los sucesivos directores generales de la Aecid mantuvieron el sistema SAP hasta el 15 de diciembre de 2020 cuando se decidió el cambio a la herramienta Sorolla 2, que era una versión actualizada de la inicial Sorolla.
Detallan que para llevar a cabo la implantación, el desarrollo y la gestión del sistema SAP, la Aecid llevó a cabo contratos y convenios por más de tres millones de euros.
La sentencia indica que "no se han acreditado irregularidades patentes, groseras o evidentes en ninguno de los contratos y expedientes ni una arbitrariedad dolosa ni que las decisiones adoptadas para llevarlos a cabo fueran injustas".
"No existe prueba de prácticas irregulares con autoridades y funcionarios que conculcaran la normativa que rige en materia de contratación pública ni que se hayan quebrantado los principios de igualdad de oportunidades, eficacia y eficiencia".
Y destaca que "tampoco ha quedado acreditado que los acusados actuaran para beneficiar a un tercero, ni que se haya producido un exceso de financiación sobre los costes reales de los servicios contratados ni que se pactaran unos márgenes de beneficio injustificados", y que "no de ha demostrado que la Aecid sufriera perjuicio". EFE
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