Un hombre reconoce haber agredido sexualmente a su amiga y haberle cogido un video íntimo de su móvil

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Un hombre reconoció este martes que agredió sexualmente a una amiga suya en su casa de Lena, mientras dormía, y que cogió de su teléfono móvil un vídeo íntimo, sin permiso, que luego reenvió al suyo propio. La vista oral se celebró a puerta cerrada en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.

Desde el verano de 2022, la víctima se quedaba a dormir en ocasiones en casa del procesado, en Lena, pero habiendo solamente entre ellos una relación de amistad. La mujer solía dormir profundamente por los fármacos que consumía. Así, en una fecha no concretada pero cercana al 26 de diciembre de 2022, el procesado pensó que ella dormía (realmente estaba despierta) y le dio un beso en la boca, lo que fue recriminado por la joven.

El 26 de diciembre de ese año, el procesado, aprovechando nuevamente que parecía que ella estaba dormida, frotó sus genitales contra los pies de la mujer, que le replicó otra vez por su comportamiento. Además, la víctima, al ver que el procesado tenía el móvil en la mano, se lo pidió y comprobó que guardaba una fotografía y un vídeo que le había hecho mientras dormía y en los que él aprovechaba esta circunstancia para tener comportamientos sexuales con ella. También tenía en el dispositivo un vídeo de la víctima de contenido sexual, que el procesado había cogido sin permiso de su teléfono entre los meses de julio y diciembre de 2022 y se lo había reenviado al suyo propio.

No consta que este vídeo fuera reenviado a terceras personas. Por auto del 14 de febrero de 2023, se prohibió cautelarmente al procesado aproximarse al hombre o a su domicilio a menos de 300 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado de agresión sexual y de un delito contra la intimidad. Concurre la atenuante muy cualificada de confesión. Tras reconocer los hechos, el procesado admitió una condena, por el delito de agresión sexual, de 1 año y 6 meses de prisión, prohibición de aproximarse a la mujer o a su domicilio a menos de 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante 2 años y 6 meses (con abono del tiempo cumplido ya de forma cautelar); y 4 años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o retribuidos, que lleven contacto regular y directo con menores de edad.

Y por el delito contra la intimidad, 1 año y 6 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; prohibición de aproximarse a la víctima o a su domicilio a menos de 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante 2 años y 6 meses (con abono del tiempo cumplido ya de forma cautelar); y el pago de una multa de 9 meses a 8 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la mujer con 3.000 euros, más los intereses legales correspondientes.

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