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Juzgado declara nulo el despido de una trabajadora acusada de sabotear a la empresa

El Juzgado de lo Social Número 1 de Palencia ordena la readmisión de la trabajadora de Plaspisa y le reconoce una indemnización de 3.000 euros por vulnerar sus derechos laborales

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Palencia, 31 oct (EFE).- El Juzgado de lo Social Número 1 de Palencia ha declarado nulo el despido de una trabajadora, delegada de CCOO, a la que la empresa palentina Plaspisa deberá reincorporar y pagar 3.000 euros por vulnerar sus derechos, y que fue despedida acusada de manipular una máquina para sabotear a la empresa.

Según ha informado CCOO este jueves, Industrias Plásticas del Pisuerga (Plaspisa), empresa dedicada a la actividad de fabricación de plástico y ubicada en la localidad de Alar del Rey, deberá reincorporar a la trabajadora, delegada sindical de Comisiones Obreras, que llevaba 30 años trabajando en esta empresa.

El Juzgado de lo Social Número 1 de Palencia ha declarado nulo el despido de dicha trabajadora al considerar que la medida de la empresa de rescindir el contrato de esta operaria está relacionada con la decisión de demandar judicialmente la categoría profesional.

Para la jueza hay una relación temporal en el momento en el que a la empresa le llega la citación judicial sobre la demanda presentada para reclamar categorías, y el despido, ya que apenas discurren cuatro días.

Como señala CCOO, la empresa había despedido a la trabajadora acusándola de manipular el sensor de la máquina con la que trabajaba para sabotear a la empresa y a las compañeras.

La operaria llevaba 14 años trabajando siempre de la misma manera con la máquina y nunca antes desde la empresa se le había llamado la atención, lo que ratifica que no hay una manipulación de la maquinaria con el objetivo de perjudicar la producción de la empresa.

La sentencia recoge que además de readmitir a la trabajadora y abonar las nóminas pendientes desde que fue despedida, la empresa deberá pagarle la cantidad de 3.000 euros por vulneración de los derechos fundamentales a la garantía de indemnidad, al ser el despido una consecuencia de la demanda de categoría profesional interpuesta por la trabajadora.

Comisiones Obreras ha asegurado que esta sentencia despeja cualquier duda sobre el buen hacer de la trabajadora. EFE

aaf/mr/jlm

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