
Junto con los dos decretos sobre vivienda aprobados este martes en el Consejo de Ministros, que el Gobierno pretende convalidar el viernes en el Congreso, el Ejecutivo también ha dado luz verde a otra norma para agilizar la tramitación de solicitudes, denegaciones y devoluciones de migrantes en Ceuta. El borrador plantea una suspensión temporal de garantías del derecho de asilo que, según critican organizaciones humanitarias, podrían vulnerar el principio de no devolución y limitar el acceso a una tutela judicial efectiva, pese a los límites fijados por la normativa europea y la Constitución española. “Puede tener consecuencias fatales para el derecho de asilo y las garantías de quienes solicitan protección internacional”, advierten.
Según han denunciado en un comunicado entidades como la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) y Oxfam Intermón, la propuesta introduce un “régimen de excepción al derecho al asilo” que afectaría, con carácter retroactivo, a solicitantes de asilo que hubieran formulado su petición desde el 30 de julio. También alertan de que la medida puede vulnerar el principio de no devolución, recogido en la Convención de Ginebra, al permitir que una persona que solicita asilo no permanezca en España mientras las autoridades resuelven su caso.
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El proyecto, critican las entidades, permitiría inadmitir una solicitud de asilo presentada más de siete días después de que se notifique una orden de devolución, expulsión o denegación de entrada. Un límite, añaden, que el Pacto Europeo de Migración y Asilo no obliga a aplicar y dificultaría el acceso al procedimiento de protección internacional.
Las organizaciones han explicado que, en el contexto actual de Ceuta, puede haber demoras en la formulación por muchos factores, como la falta de información sobre protección internacional o las dificultades para realizar los triajes que se están identificando.
Las organizaciones sostienen que, de aprobarse este real decreto ley, se limitaría la posibilidad de invocar el principio de no devolución en determinados casos, pese a que la normativa vigente en materia de asilo y derechos humanos lo protege. Ese principio impide devolver a una persona cuando su vida o su integridad física corran peligro en el país de origen o en un tercer país.
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Su alcance, subrayan, no se restringe a quienes ya han formulado una petición de protección internacional. También está recogido en tratados internacionales como el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura.
El plazo para presentar una solicitud puede verse condicionado por la falta de información sobre el sistema de protección internacional y por las dificultades detectadas en los triajes. Las entidades consideran que esas circunstancias hacen especialmente restrictiva la inadmisión automática de las peticiones registradas fuera del periodo previsto.
Un plazo escaso para recurrir resoluciones desfavorables
La propuesta también reduciría el plazo para recurrir resoluciones desfavorables hasta cinco días naturales, el mínimo más corto contemplado en el Pacto. Las organizaciones entienden que ese margen vulneraría la tutela judicial efectiva y limitaría el acceso a garantías como la asistencia letrada y la representación gratuitas.
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En ese tiempo, argumentan, resulta inviable designar profesionales de oficio, acceder al contenido de la resolución y revisar el expediente con la persona interesada, pues el análisis puede requerir además la presencia de un intérprete para que la defensa se ejerza con garantías.
Las entidades alertan igualmente de la supresión de la intervención de ACNUR en la valoración de las solicitudes de protección internacional. La participación de la agencia de Naciones Unidas está prevista en la legislación española vigente.

Sistema de notificaciones
El real decreto ley incorporaría también un sistema excepcional de notificaciones que, a juicio de las organizaciones, generaría indefensión jurídica. El mecanismo consideraría que los centros públicos de alojamiento o estancia con sobreocupación y los dispositivos de emergencia no son lugares aptos para entregar notificaciones por razones de seguridad u orden público.
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Esa previsión desplazaría la notificación al BOE, una vía que el ordenamiento reserva como último recurso. Las entidades recalcan que las personas alojadas en esos centros y dispositivos están plenamente localizadas, por lo que temen que la publicación oficial les impida conocer a tiempo decisiones que afectan a su situación administrativa y a su derecho de defensa.
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