La Junta Electoral Central obligará a los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ a justificar su municipio de inscripción

La medida afectará a quienes votan desde el exterior y nunca residieron en España o elijan una localidad distinta de su último domicilio

La medida afectará a quienes votan desde el exterior y nunca residieron en España o elijan una localidad distinta de su último domicilio (Europa Press)
La medida afectará a quienes votan desde el exterior y nunca residieron en España o elijan una localidad distinta de su último domicilio (Europa Press)
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La Junta Electoral Central (JEC) exigirá justificar el municipio de inscripción electoral a quienes obtengan la nacionalidad española sin haber residido nunca en España al amparo de la Ley de Memoria Democrática. La medida busca impedir concentraciones artificiales de nuevos votantes en circunscripciones donde unos miles de sufragios pueden modificar la asignación de escaños.

La obligación afectará a los electores inscritos en el extranjero que elijan una localidad distinta de su última residencia española o que nunca hayan vivido en el país. Deberán presentar una declaración explicativa documentada que acredite el arraigo propio o de alguno de sus ascendientes con el municipio elegido.

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La Junta Electoral Central ha asumido, con modificaciones, las propuestas remitidas por la Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística. Fuentes de la JEC han indicado a ABC que la instrucción no se ha aprobado literalmente y que incorpora “alguna garantía más”.

Hasta ahora, una orden del Ministerio de Hacienda de 2011 obligaba a los españoles residentes en el exterior que hubieran vivido en España a justificar el cambio de municipio respecto a su último domicilio. Esa exigencia no alcanzaba a los descendientes de españoles que nunca hubieran residido en el país y adquirían la nacionalidad por la conocida como ley de nietos.

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Cómo acreditar el arraigo

Los solicitantes podrán aportar uno o varios documentos que vinculen al ascendiente con la localidad. Entre ellos figuran la certificación literal de nacimiento, un certificado de residencia o histórico de empadronamiento y documentos del Registro Civil que acrediten matrimonio, defunción u otra relación con el municipio.

También serán válidos el Documento Nacional de Identidad, pasaporte, carné de conducir, cartilla militar u otros documentos oficiales con un domicilio del ascendiente. La relación incluye escrituras públicas, notas simples del Registro de la Propiedad, certificaciones catastrales, recibos del impuesto sobre bienes inmuebles, testamentos, declaraciones de herederos y papeles que demuestren la titularidad de bienes o derechos situados en la localidad.

Los solicitantes deberán demostrar el vínculo con el municipio al que se adscriben. (Europa Press)
Los solicitantes deberán demostrar el vínculo con el municipio al que se adscriben. (Europa Press)

La instrucción admite, además, recibos tributarios, certificaciones fiscales y documentos expedidos por el ayuntamiento u otra Administración Pública. Podrá utilizarse cualquier otro documento público o privado que permita demostrar de forma fehaciente la vinculación del ascendiente con el municipio.

Cuando el elector no indique dónde desea inscribirse, la oficina consular determinará el municipio de oficio con los datos disponibles y deberá explicar el criterio seguido. Esta decisión pretende reforzar las garantías de adscripción ante el volumen de nacionalizaciones solicitadas por la Ley de Memoria Democrática.

El impacto en el reparto de escaños

La relevancia de la elección territorial se mide en los resultados de las últimas elecciones generales, donde 13 escaños se decidieron por menos de 3.000 votos. La JEC trata de evitar que la asignación del municipio, y por extensión de la circunscripción electoral, altere el reparto de representantes mediante decisiones dirigidas.

El organismo arbitral ya había advertido en julio de que la inscripción electoral debía estar suficientemente motivada cuando no coincidiera con el último domicilio en España. La normativa permite a los nuevos nacionalizados adscribirse a la localidad de mayor arraigo propio o de sus ascendientes, pero hasta ahora no precisaba cómo debían demostrar esa relación.

‘Ley de nietos’ en España: qué requisitos y documentos hay que tener para conseguir la nacionalidad siendo extranjero.

2,4 millones de extranjeros han solicitado la nacionalidad española mediante la ley de nietos, en su mayoría sin residencia previa en España. En abril de este año, el 82,54 % de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes tenía como municipio de inscripción electoral el mismo de su última residencia española, según una respuesta parlamentaria del Gobierno a Vox a la que ha tenido acceso Europa Press. El 17,46 % restante figuraba inscrito en un municipio diferente.

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