Qué cambia en el voto exterior tras la cautelar del Supremo sobre la Ley de Nietos

La medida no anula nacionalidades, pero suspende temporalmente el voto de parte de los nuevos españoles residentes en el extranjero mientras el tribunal resuelve los recursos

La medida cautelar dictada por el Supremo podría tener impacto en las elecciones (Europa Press)
La medida cautelar dictada por el Supremo podría tener impacto en las elecciones (Europa Press)
Guardar

La medida cautelar dictada por el Tribunal Supremo sobre las inscripciones electorales de personas nacionalizadas por la Ley de Memoria Democrática ha situado el foco en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), el registro que habilita el voto de los españoles que viven fuera del país, ya que hay una mayoría de nacionalizados que viven en otros países. La resolución no retira la nacionalidad concedida, pero suspende temporalmente el derecho de voto de una parte de esos nuevos ciudadanos hasta que el tribunal resuelva el fondo de los recursos.

La medida procede del recurso contencioso-administrativo 1013/2026, promovido por Iustitia Europa contra el acuerdo de la Junta Electoral Central de 16 de julio de 2026 sobre la incorporación al censo exterior de personas nacionalizadas por esta vía. La formación fue la primera en acudir a la Junta Electoral Central, recurrir ante el Supremo y solicitar la adopción de medidas cautelares. Posteriormente, Vox presentó un procedimiento distinto, el 1015/2026, con una petición cautelar propia.

PUBLICIDAD

La controversia afecta a un procedimiento con un volumen elevado de solicitudes. 2,4 millones de descendientes de personas obligadas al exilio tras la Guerra Civil, entre 1936 y 1939, o por la persecución franquista han pedido la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática. De ellos, 544.722 tienen el expediente aprobado y 306.000 ya están inscritos como españoles, según los últimos datos oficiales.

Qué suspende el Supremo

El Tribunal Supremo no ha decidido todavía si las inscripciones cuestionadas se ajustan a derecho. La primera resolución cautelar corresponde al procedimiento 1013/2026, iniciado por Iustitia Europa, y se mantendrá vigente hasta que la Sala de lo Contencioso-Administrativo dicte sentencia. Vox promovió después un recurso separado, que sigue su propio cauce procesal.

PUBLICIDAD

La resolución divide a los afectados en dos grupos. Las personas que ya obtuvieron la nacionalidad española de origen, pero aún no fueron inscritas en el CERA, podrán completar el procedimiento administrativo. Cuando el expediente concluya, la incorporación al censo quedará suspendida.

TS paraliza el voto para nacionalizados por la 'ley de nietos' y nuevas altas en el censo salvo exilio acreditado
TS paraliza el voto para nacionalizados por la 'ley de nietos' y nuevas altas en el censo salvo exilio acreditado

Para quienes ya estaban incluidos en el CERA, el tribunal mantiene la inscripción, aunque deja sin eficacia electoral esa alta en las próximas convocatorias. Esto supone que seguirán constando en el registro, pero no podrán votar mientras continúe la cautelar.

La decisión contempla una excepción para quienes acrediten con una certificación consular que son descendientes de españoles de origen exiliados. La Junta Electoral Central deberá requerir esa información a los consulados y la Oficina del Censo Electoral tendrá que separar los expedientes según el supuesto que motivó la nacionalidad y la inscripción electoral.

La Ley de Nietos y el CERA

La Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022 y conocida de forma habitual como Ley de Nietos, introdujo varios supuestos para optar a la nacionalidad española de origen desde el extranjero. Uno de ellos se refiere a los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela españoles de origen que perdieron o renunciaron a la nacionalidad a causa del exilio.

La norma contempla razones políticas, ideológicas, religiosas, de orientación sexual o de identidad sexual. También incluye otros casos, como los hijos de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad al casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.

La denominación de Ley de Nietos responde al perfil de una parte de los solicitantes, aunque el texto legal no se limita a los nietos de exiliados. Cada petición exige un expediente ante el Registro Civil o el consulado competente. El litigio abierto ante el Supremo no cuestiona por ahora la nacionalidad concedida. La discusión se centra en una fase posterior: la incorporación al registro electoral que permite participar desde el exterior.

Voto CERA (Europa Press)
Voto CERA (Europa Press)

Tener nacionalidad española no equivale a poder votar en la siguiente elección. Para participar desde otro país, una persona debe figurar como residente en el Registro de Matrícula Consular y estar incluida en el CERA. Por esa razón, los 306.000 inscritos como españoles no equivalen necesariamente a 306.000 electores del CERA ni permiten calcular cuántas personas podrían quedar afectadas por la medida cautelar.

Tampoco todos los nuevos nacionales tendrán la misma situación: algunos podrán quedar fuera de la suspensión si acreditan el exilio de sus ascendientes en los términos fijados por el auto. El CERA reúne a españoles que residen de forma habitual en el extranjero. Su inscripción permite participar, según los requisitos de cada convocatoria, en elecciones generales, autonómicas y al Parlamento Europeo.

Los electores del CERA no votan en una circunscripción exterior propia. Sus papeletas se suman al escrutinio de una provincia española. Esa adscripción hace que la incidencia de esos votos dependa de dónde estén censados los ciudadanos que viven fuera de España.

Impacto en las elecciones

El Congreso de los Diputados distribuye sus escaños por provincias. Por eso, unos miles de votos emitidos desde el extranjero pueden resultar relevantes en una circunscripción donde el último diputado se decide por un margen estrecho. Si la distancia entre candidaturas es amplia, ese mismo volumen de sufragios puede no alterar el reparto.

El CERA ya modificó el resultado en Madrid en las elecciones generales del 23 de julio de 2023. El recuento exterior otorgó al Partido Popular 19.006 votos y al Partido Socialista Obrero Español (PSOE), 10.411. Ese escrutinio cambió la asignación del último escaño de la provincia.

Aun así, el efecto del voto exterior suele ser limitado. En aquellas generales, la participación del CERA rondó el 10% y se contabilizaron 233.688 sufragios. En las últimas elecciones autonómicas, el PSOE ganó el voto exterior en Andalucía, Extremadura, Aragón y Castilla y León, aunque ese resultado no modificó el reparto de diputados en ninguna de esas comunidades. Tampoco alteró la composición del Parlamento catalán.

‘Ley de nietos’ en España: qué requisitos y documentos hay que tener para conseguir la nacionalidad siendo extranjero.

El impacto de la cautelar dependerá, por tanto, de cuántos nuevos nacionales estén ya incluidos en el CERA, de cuántos queden sujetos a la suspensión, de su participación y de la provincia a la que se adscriban. También influirá el margen entre partidos en cada circunscripción y el sentido de los votos, que no puede anticiparse por el tamaño del censo.

Un cálculo publicado por La Razón sobre las generales de 2023 apuntó que el incremento del censo exterior desde la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática habría podido influir en el último escaño de 14 provincias. Es una estimación basada en un escenario hipotético, por lo que no permite proyectar el resultado de una futura elección ni atribuir una ventaja automática a una candidatura.

La sentencia del Supremo determinará el alcance definitivo de las inscripciones impugnadas. Hasta entonces, la decisión puede reducir de forma temporal el electorado disponible desde el extranjero, sin que sea posible fijar todavía el número de votos afectados o su efecto sobre el reparto de escaños.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD