
Cristina Álvarez se sentará en el banquillo junto a Begoña Gómez por una acusación mucho más acotada de la que llegó a pesar sobre ella durante la instrucción. La asesora de la mujer del presidente del Gobierno está acusada de un presunto delito de malversación de caudales públicos por su participación en distintas gestiones relacionadas con la actividad de Gómez en la Universidad Complutense de Madrid y, en particular, con el desarrollo de un software para pymes vinculado a la cátedra que codirigía. La acusación popular pide para ella seis años de prisión, mientras que la Fiscalía reclama su absolución.
El caso de Álvarez tiene una particularidad respecto al de Gómez: buena parte de la discusión gira alrededor de una frontera difícil de trazar, la que separa las funciones de una asesora de Moncloa de las gestiones privadas que podía realizar para la mujer del presidente. La investigación trató precisamente de determinar si Cristina Álvarez se limitó a desempeñar las tareas propias de su puesto o si utilizó su condición de empleada pública, su jornada laboral y medios de la Administración para ayudar a Begoña Gómez en proyectos que nada tenían que ver con sus funciones oficiales.
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La respuesta del procedimiento ha ido cambiando con el tiempo. Álvarez empezó declarando como testigo y acabó como investigada. Durante meses estuvo bajo la lupa por varios de los delitos que también se atribuían a Gómez. El juez Peinado llegó a proponer que fuese juzgada por cuatro delitos. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid redujo después de forma sustancial el alcance de la acusación y dejó su eventual responsabilidad penal limitada a la malversación.
El punto de partida: qué hacía una asesora de Moncloa ayudando a Begoña Gómez
Cristina Álvarez fue contratada como asesora de Begoña Gómez en La Moncloa. Su puesto era de personal eventual adscrito al gabinete de Presidencia del Gobierno, con nivel 26 y una retribución cercana a los 49.000 euros anuales. Su trabajo estaba relacionado con la asistencia a Gómez y, según explicó ante el juez, incluía cuestiones tanto de carácter oficial como privado. Ahí empezó el problema.
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La investigación del juez Peinado puso el foco en varias actuaciones de Álvarez que estaban relacionadas con la actividad profesional y académica de Gómez. Entre ellas aparecieron correos electrónicos y comunicaciones con personas de la Complutense, empresas patrocinadoras y otros participantes en los proyectos que rodeaban a la cátedra de Transformación Social Competitiva.
Uno de los episodios que más llamó la atención fue el contacto con Reale. Cristina Álvarez escribió a la responsable de comunicación de la aseguradora para pedir que mantuviera su patrocinio de la cátedra. Durante su declaración explicó que había realizado esa gestión a petición de Begoña Gómez y que se trató de un favor personal. También apareció vinculada a distintas gestiones sobre el software que se estaba desarrollando en el entorno de la cátedra para pequeñas y medianas empresas. La investigación examinó sus comunicaciones con personal de la Universidad y su presencia en algunas de las reuniones relacionadas con el proyecto.
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El asunto no era tanto si Álvarez había enviado un correo o había participado en una reunión como por qué lo había hecho y en calidad de qué. La acusación sostiene que no estaba realizando una gestión inocua para una conocida, sino utilizando su posición como asesora pública para atender asuntos particulares de Gómez. La defensa, en cambio, sostiene que esas actuaciones no constituyen delito y que Cristina Álvarez no desempeñó funciones para la Complutense ni obtuvo un beneficio personal.
En la investigación llegaron a contabilizarse 22 reuniones relacionadas con el desarrollo del software entre abril de 2022 y febrero de 2024. Álvarez aparece en tres de ellas. Su participación en ese proyecto terminó convirtiéndose en uno de los elementos centrales de la acusación que ha sobrevivido hasta el juicio.
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De cuatro delitos a uno
La situación procesal de Cristina Álvarez se complicó en febrero de 2025. Hasta entonces había declarado como testigo, pero el juez Peinado decidió convertirla en investigada después de examinar su declaración y la documentación incorporada a la causa. La hipótesis del magistrado era entonces mucho más amplia que la que finalmente ha llegado al juicio. Álvarez pasó a estar investigada por varios delitos relacionados con los que se atribuían a Gómez. Ella negó haber utilizado su cargo para favorecer a la mujer del presidente y rechazó que sus actuaciones hubieran supuesto un uso ilícito de recursos públicos.
La instrucción continuó durante más de un año. Juan Carlos Peinado puso el foco en el papel de Álvarez en la cátedra, en sus comunicaciones y en el desarrollo del software. En abril de 2026, al cerrar la investigación, el juez propuso llevarla a juicio por cuatro delitos: tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida.
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Era, por tanto, una acusación todavía muy amplia. Pero no fue la que terminó llegando al banquillo. La Audiencia Provincial de Madrid revisó el auto del juez Peinado y recortó considerablemente el objeto del procedimiento. Los magistrados determinaron que Begoña Gómez debía continuar siendo juzgada por tráfico de influencias y malversación, mientras que descartaron las acusaciones por corrupción en los negocios y apropiación indebida. En el caso de Cristina Álvarez, el recorte fue todavía mayor: solo debía continuar el procedimiento por malversación y, además, en relación con el software desarrollado en el marco de la cátedra.
La cuestión que tendrá que resolver ahora el jurado es si utilizó recursos o medios públicos de forma ilícita para intervenir en un proyecto privado vinculado a la actividad de Gómez y si esa conducta encaja en el delito de malversación. La acusación popular sostiene que sí. Su tesis es que Álvarez, mientras cobraba de la Administración por su trabajo en Moncloa, habría dedicado parte de su actividad laboral a asuntos particulares de Gómez y habría contribuido con recursos públicos al desarrollo de un proyecto que no correspondía a sus funciones.
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La defensa lo niega. Su argumento parte de una premisa diferente: Cristina Álvarez no trabajaba para la Complutense, no era responsable del software y no tenía capacidad de decisión sobre el proyecto. Las gestiones que realizó, sostiene su abogado, se produjeron a petición de Begoña Gómez y no pueden convertirse por sí mismas en una conducta delictiva. La Fiscalía coincide con esta segunda lectura y pide la absolución. El Ministerio Público no aprecia en la actuación de Álvarez los elementos necesarios para considerar que hubo malversación.
La acusación popular pide seis años de cárcel para Cristina Álvarez. El jurado tendrá que determinar, a partir de las pruebas que se practiquen en el juicio, cuál fue realmente el alcance de la intervención de Álvarez en el proyecto y si las actuaciones que realizó pueden ser consideradas una utilización ilícita de recursos públicos.
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