
Dos días después de que Alberto Núñez Feijóo calificara el absentismo laboral como “un cáncer” y planteara que “una persona que no va a trabajar” no cobre lo mismo que quien sí acude a su puesto, el Consejo General de Graduados Sociales ha presentado un informe que aporta datos al debate y obliga a distinguir entre bajas médicas, permisos y ausencias injustificadas.
El informe Absentismo en España: un desequilibrio entre derechos laborales y productividad confirma que nuestro país registra más bajas médicas que hace dos años, pero también advierte de que bajo la palabra absentismo se agrupan realidades distintas: incapacidad temporal, permisos, licencias y ausencias sin justificación.
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El documento sitúa la tasa equivalente de incapacidad temporal en torno al 5,5% en 2025, frente al 5,12% de 2023. También recoge una estimación de absentismo total del 7,1%. La diferencia entre ambas cifras, alrededor de 1,6 puntos, corresponde a ausencias distintas de la baja médica, pero no puede identificarse automáticamente como fraude.
Qué se cuenta cuando se habla de absentismo
El informe parte de una dificultad básica: en España no existe una definición legal única de absentismo laboral. El Estatuto de los Trabajadores regula muchas situaciones en las que una persona puede ausentarse del puesto -bajas médicas, permisos retribuidos, suspensiones contractuales o medidas de conciliación-, pero no establece una categoría cerrada y común para todas ellas.
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Esa falta de definición explica buena parte de la confusión. Desde una perspectiva empresarial, el absentismo suele medirse como tiempo de trabajo no prestado respecto al inicialmente previsto, con independencia de la causa. Así, una baja médica, un permiso o una ausencia injustificada pueden tener un mismo efecto organizativo: el puesto queda temporalmente sin cubrir.
La perspectiva sindical es distinta. Las organizaciones de trabajadores rechazan identificar enfermedad con absentismo, porque una persona de baja médica no está incumpliendo una obligación laboral, sino ejerciendo un derecho protegido por la Seguridad Social. Ese fue precisamente el argumento utilizado por UGT tras las declaraciones del líder del PP: estar de baja no es lo mismo que faltar injustificadamente al trabajo.
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El informe intenta ordenar la discusión conceptual distinguiendo tres planos. El primero es la ausencia laboral, un hecho descriptivo: la persona no presta servicios durante un periodo determinado. El segundo es el absentismo estadístico, que mide el tiempo de trabajo no realizado según una metodología concreta. El tercero es el absentismo jurídico-disciplinario, que se limita a ausencias injustificadas, culpables e imputables al trabajador.
Solo este último puede tener consecuencias sancionadoras. Una ausencia puede aparecer en una estadística de absentismo y, al mismo tiempo, estar plenamente justificada desde el punto de vista legal. Distinguir esto es clave para interpretar los datos sin convertir toda baja o permiso en una sospecha de fraude.
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No obstante, los datos de incapacidad temporal sí muestran una tendencia clara al alza. En 2025, la incidencia media mensual de procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes alcanzó los 40,89 procesos por cada mil trabajadores cubiertos por esta prestación, frente a los 37,37 registrados en 2023.
También aumentaron los procesos iniciados, que pasaron de 809.791 en 2023 a 926.394 en 2025. Al cierre de 2025, estos procesos superaban los 1,24 millones, por encima de los 1,15 millones registrados dos años antes.
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Lo que no es una baja laboral tampoco es automáticamente fraude
La parte del absentismo que no corresponde a bajas médicas es la más difícil de interpretar. El informe calcula que alrededor de 1,6 puntos del absentismo total se explican por otras ausencias, pero alerta de que en ese margen pueden mezclarse permisos, licencias, medidas de conciliación y también posibles ausencias no justificadas.
Por eso, el dato no permite concluir que todo lo que queda fuera de la incapacidad temporal sea fraude. Recortar salario durante una baja puede afectar a personas enfermas que están ejerciendo un derecho, mientras que las faltas injustificadas ya tienen su propio tratamiento disciplinario.
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El informe no niega el impacto del fenómeno: España registra más bajas médicas y el absentismo estadístico aumenta, lo que implica más dificultades para cubrir puestos, reorganizar plantillas y asumir costes. Pero también deja una advertencia: antes de hablar de fraude o de recortes salariales, conviene precisar qué tipo de ausencia se está examinando. Llamar absentismo a todo por igual puede acabar poniendo en peligro los derechos laborales de los trabajadores, que están reconocidos y protegidos por la ley.
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