
El Parlamento Europeo ha aprobado este martes una reforma de las normas de comercialización agrícola que busca reforzar el poder de negociación de los agricultores frente a compradores y distribuidores, que incluye, entre otras medidas, contratos más estables, una mayor transparencia en la formación de precios y nuevas restricciones al uso de denominaciones asociadas a productos cárnicos.
En concreto, la legislación reserva determinadas denominaciones para el uso exclusivo de productos de origen animal y establece una definición de carne, entendida como las “partes comestibles de animales”, por lo que términos como “vacuno”, “ternera”, “pollo”, “costilla”, “chuleta”, “filete” o “bacon” no podrán utilizarse para productos cultivados en laboratorio o elaborados a partir de células, como los alternativas vegetales.
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La prohibición afecta a una treintena de términos vinculados tradicionalmente a la carne, aunque el acuerdo alcanzado por los europarlamentarios sí permite mantener otras denominaciones ampliamente extendidas en el mercado, como “hamburguesa vegetal” o “veggie burguer”, muy utilizada tanto en supermercados como restaurantes. Según la Eurocámara, el objetivo es aumentar la transparencia en el mercado interior y ofrecer mayor claridad a los consumidores sobre la naturaleza y el origen de los productos que adquieren.
“Términos como filete e hígado quedan reservados para productos procedentes de la ganadería, para evitar la competencia desleal y recompensar los conocimientos agrícolas únicos. Es un paso decisivo hacia la preservación de nuestro patrimonio agrícola y alimentario”, ha destacado el europarlamentario francés Céline Imart.
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Mayor poder de negociación para agricultores
Además, de prohibiciones en términos que quedarán reservados para la ganadería, el texto, respaldado en el pleno por 560 votos a favor, 75 en contra y 25 abstenciones, modifica el Reglamento de la Organización Común de Mercados Agrícolas (OCM) y otras disposiciones vinculadas a la Política Agrícola Común (PAC), y busca equilibrar las relaciones dentro de la cadena alimentaria mediante una mayor protección contractual para los productores.
Entre otras medidas, los países deberán publicar índices de referencia que puedan utilizarse en los contratos agrícolas para reflejar mejor la evolución de los costes y facilitar una remuneración más ajustada a la realidad del mercado.
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La reforma, que deberá recibir ahora el visto bueno formal del Consejo -los Gobiernos- antes de su entrada en vigor, refuerza además el papel de las organizaciones de productores, ampliando su capacidad para negociar colectivamente con los compradores y estableciendo salvaguardas para evitar que estos puedan eludirlas negociando directamente con agricultores individuales.
El texto introduce asimismo nuevas normas sobre etiquetado y comercialización para aclarar el uso de términos como “justo” o “equitativo”, que deberán responder a criterios concretos relacionados, entre otros aspectos, con el apoyo a las comunidades rurales o a las organizaciones de agricultores.
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Por último, la norma incorpora igualmente medidas específicas para el sector lácteo, entre ellas la introducción de contratos escritos obligatorios para reforzar la estabilidad de los ingresos de los productores en un contexto marcado por la volatilidad de los mercados.
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