
El Tribunal Supremo se dispone a enjuiciar en los próximos días una de las causas más relevantes surgidas a raíz de la gestión de los contratos de emergencia durante la pandemia. El denominado ‘caso Koldo’ encara su fase decisiva con la apertura de juicio oral contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama, a quienes el instructor atribuye la presunta articulación de una trama destinada a obtener beneficios económicos mediante la intermediación irregular en adjudicaciones públicas.
El procedimiento, que tiene su origen en una investigación de la Fiscalía Anticorrupción sobre contratos vinculados a la covid-19, llega ahora a la vista oral tras una instrucción extensa y compleja que ha delimitado un relato indiciario de notable alcance. La resolución que acuerda continuar la causa por los trámites del procedimiento abreviado fija tanto los hechos como los sujetos a los que se imputan, configurando el marco sobre el que pivotará el juicio.
Durante las sesiones, el tribunal deberá esclarecer si los acusados, aprovechando la posición institucional del entonces ministro, se concertaron para favorecer intereses privados en el ámbito de la Administración a cambio de contraprestaciones económicas. Se trata, en definitiva, de determinar si existió una estructura estable, con reparto de funciones y vocación de permanencia, que operó al amparo del poder público.
Un engranaje con reparto de papeles
El auto del instructor describe un esquema en el que cada uno de los implicados desempeñaba un rol definido. Ábalos aportaría la capacidad de decisión y la influencia derivada de su cargo; Koldo actuaría como ejecutor y enlace operativo; y Aldama canalizaría las oportunidades de negocio, identificando empresas interesadas en obtener contratos o resoluciones favorables.
No se trataría, según esta tesis, de actuaciones puntuales o inconexas, sino de un acuerdo sostenido en el tiempo orientado a la obtención sistemática de beneficios. El instructor subraya que la finalidad del grupo no era la comisión de un único delito, sino la explotación continuada de oportunidades que pudieran surgir en el ámbito administrativo, lo que encajaría en la figura de organización criminal.
Uno de los ejes centrales de la causa reside en las adjudicaciones de material sanitario en los primeros compases de la pandemia. El relato judicial recoge cómo, en marzo de 2020, se impulsó la compra de mascarillas a través de entidades públicas dependientes del Ministerio de Transportes. Inicialmente planteada para cuatro millones de unidades, la operación se amplió hasta los ocho millones tras la intervención del empresario, con la supuesta aquiescencia del ministro y su asesor. Días después, ADIF formalizó una nueva adquisición de cinco millones de mascarillas en condiciones similares.
El instructor aprecia indicios de que el empresario disponía de información privilegiada sobre estas operaciones antes de su formalización, lo que le habría permitido anticiparse y articular las ofertas correspondientes.

Contrataciones irregulares y pagos
Más allá de los contratos de material sanitario, la causa incorpora otros episodios que apuntalan la tesis de la trama. Entre ellos, destacan las gestiones para favorecer a empresas concretas en procedimientos administrativos —como el aplazamiento de deudas o la obtención de licencias— y la utilización de la influencia política para orientar decisiones públicas.
En este contexto, el auto otorga especial relevancia a la contratación de dos personas en empresas públicas, entre ellas Jessica Rodríguez. Según el instructor, dicha trabajadora fue incorporada con la mediación directa de Ábalos y Koldo, pese a que no llegó a desempeñar actividad laboral alguna, percibiendo sin embargo retribuciones de forma continuada. La resolución vincula este episodio a la esfera personal del exministro y subraya que ambos investigados habrían desplegado su influencia para facilitar su acceso a esos puestos.
Junto a ello, se recogen también actuaciones orientadas a la contratación de otras personas, como Claudia Montes, en empresas públicas, en un contexto en el que, según el instructor, se habría hecho uso de la posición institucional para favorecer intereses particulares.
A estos hechos se suman los indicios de pagos periódicos realizados por el empresario a los otros investigados como contraprestación por las gestiones efectuadas en su beneficio o en el de terceros. El auto menciona, además, movimientos económicos y variaciones patrimoniales que resultarían compatibles con esa dinámica, siempre en términos indiciarios propios de esta fase procesal.
Alcance de la causa
La resolución atribuye a José Luis Ábalos y Koldo García, en concepto de autores, los delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho pasivo, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. En el caso de Víctor de Aldama, se le considera integrante de la organización, además de responsable de cohecho activo y de inducir determinadas actuaciones relacionadas con el tráfico de influencias.
La causa ha estado marcada por una intensa actividad investigadora, con registros domiciliarios, análisis de dispositivos electrónicos, informes periciales y la práctica de numerosas diligencias. Parte de las actuaciones relativas a adjudicaciones de obra pública fueron desgajadas en una pieza separada, quedando el núcleo principal centrado en los tres acusados.
A lo largo de la instrucción, los investigados han comparecido en distintas ocasiones ante el instructor, si bien en fases posteriores optaron por no declarar. Todos ellos se encuentran en libertad provisional, con medidas cautelares consistentes en la retirada de pasaporte y la obligación de comparecer periódicamente.
El auto insiste en que la valoración contenida en la resolución responde a un juicio de probabilidad propio de esta fase procesal y no prejuzga el resultado del juicio. Será en la vista oral donde, a la luz de la prueba practicada y de las tesis de las acusaciones y las defensas, el tribunal determine si los hechos descritos alcanzan relevancia penal.
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