
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha revocado una decisión del Gobierno regional y ha ordenado el pago inmediato de la ayuda al alquiler de mayo, junio y julio de 2024, además de las posteriores, a una mujer considerada vulnerable. La resolución reconoce que la administración exigió requisitos injustificados y no protegió el derecho de la beneficiaria.
El origen del litigio se encuentra en la decisión adoptada por la Administración autonómica de Cantabria de denegar a una ciudadana la concesión y el pago de determinadas mensualidades de la ayuda pública destinada al alquiler de vivienda. La resolución administrativa impugnada fue dictada el 28 de agosto de 2023 por el Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria y posteriormente notificada el 9 de septiembre de 2024.
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En ella se acordaba rechazar el abono correspondiente a las mensualidades de mayo, junio y julio de 2024, así como las posteriores, de la denominada ayuda de calificación habitacional, un programa de subvenciones dirigido a facilitar el acceso y mantenimiento de la vivienda en régimen de alquiler para personas en situación de vulnerabilidad.
La justificación del importe de la renta abonada
Frente a esa decisión administrativa, la beneficiaria presentó recurso contencioso-administrativo el 11 de noviembre de 2024 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. En su demanda, formalizada el 21 de enero de 2025, solicitó la nulidad de la resolución administrativa al considerar que había cumplido con todas las obligaciones exigidas por la normativa reguladora de estas ayudas.
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En consecuencia, pidió que se dejara sin efecto la denegación y que se reconociera su derecho a percibir las mensualidades reclamadas y, en su caso, las sucesivas que correspondieran dentro del programa de ayudas al alquiler.
La Administración autonómica contestó a la demanda el 19 de febrero de 2025 solicitando la desestimación íntegra del recurso. Según la postura del Gobierno regional, la beneficiaria no había justificado correctamente el importe de la renta abonada, ya que la cantidad pagada no coincidía con la fijada en el contrato de arrendamiento inicialmente presentado. A juicio de la Administración, la falta de documentación que acreditara formalmente la actualización de la renta impedía conceder o abonar la subvención solicitada.
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No se ajustaba a Derecho
En su decisión final, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cantabria ha estimado íntegramente el recurso interpuesto por la demandante contra la resolución dictada por la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria. El tribunal ha concluido que la decisión administrativa que había denegado el pago de determinadas mensualidades de la ayuda al alquiler no se ajustaba a Derecho, por lo que ha acordado su anulación.
Como consecuencia de esta declaración, la sentencia reconoce expresamente el derecho de la demandante a percibir la subvención correspondiente a las mensualidades de mayo, junio y julio de 2024 dentro del programa de ayudas al alquiler, así como las mensualidades posteriores que correspondan en el marco de dicha ayuda de calificación habitacional. De este modo, la resolución judicial restablece la situación jurídica de la beneficiaria, obligando a la Administración autonómica a proceder al reconocimiento y pago de las cantidades que habían sido indebidamente denegadas.
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