Elisa Mouilaá da marcha atrás y decide mantener la acusación contra Íñigo Errejón días después de retirarla

La actriz rectifica tras conocer el escrito de la Fiscalía que pide la absolución del exdirigente

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La actriz Elisa Mouliaá llega
La actriz Elisa Mouliaá llega a los Juzgados de Plaza de Castilla para entregar su móvil al juez del 'caso Errejón' (Europa Press)

La actriz Elisa Mouilaá ha decidido finalmente continuar con la acusación contra el exportavoz de Sumar Íñigo Errejón por presuntas agresiones sexuales, después de haber comunicado la semana pasada su intención de retirarse el procedimiento. Según recoge la agencia EFE, la intérprete ha trasladado a través de su abogado, Alfredo Arrién, su voluntad de seguir adelante tras la última actuación de la Fiscalía, que ha solicitado la absolución del acusado al no apreciar delito en los hechos denunciados.

No obstante, el despacho que representa a Mouilaá ha matizado a Infobae que la decisión no está aún cerrada de forma definitiva. “Es su voluntad, pero necesita valorar también lo que ha dicho la Audiencia Provincial, hablar con su abogado y pensar esta tarde y noche lo que va a hacer”, señalan fuentes del despacho. “Porque verdaderamente ella sí quiere seguir, pero es demasiado y quiere darse también el día de hoy para pensar”, añaden.

La información difundida por EFE apunta a que la actriz habría cambiado de criterio tras la última actuación de la Fiscalía, que ha solicitado la libre absolución del acusado al no apreciar indicios de delito en los hechos denunciados. Para la intérprete, esa posición del Ministerio Público “no puede quedar impune”, ni en lo que respecta a su caso ni por las implicaciones que, a su juicio, tiene para otras mujeres.

La actriz sostiene que la solicitud de absolución presentada por la Fiscalía refuerza su determinación de que los hechos sean examinados en juicio. En su escrito de acusación, que no ha sido retirado, solicita tres años de prisión para Errejón y una indemnización de 30.000 euros por los daños sufridos.

La Fiscalía descarta el delito

El Ministerio Público ha reiterado en su escrito de conclusiones finales que no ve delito de agresión sexual en la conducta del exdirigente político. En ese documento, remitido al juzgado de cara a un eventual juicio, la Fiscalía sostiene que los hechos deben encuadrarse en un “encuentro sexual” que se interrumpe cuando la denunciante manifiesta su voluntad de no continuar, circunstancia que, según el fiscal, excluye la tipicidad penal.

El relato del Ministerio Público sitúa los hechos en una noche de octubre de 2021, cuando Errejón y Mouilaá se conocieron en persona. Según esa versión, entre ambos se produjo un flirteo inicial durante el cual el político besó a la actriz en un ascensor, “sin que esta manifestara oposición”. Posteriormente, acudieron juntos a una fiesta en un piso de amigos de la intérprete, donde bebieron, bailaron y conversaron con otros asistentes.

Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón
Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón (Europa Press)

Siempre según la Fiscalía, en un momento avanzado de la noche ambos decidieron aislarse para tener mayor intimidad y se dirigieron a una habitación del piso. Allí, Errejón comenzó a besar a Mouilaá de forma impetuosa, le quitó el sujetador y le tocó los pechos durante unos minutos. El encuentro se detuvo cuando la actriz pidió salir de la habitación, a lo que el político accedió sin resistencia.

Tras despedirse de los anfitriones, ambos se desplazaron al domicilio de Errejón. En ese segundo escenario, continúa el escrito fiscal, el exdiputado volvió a intentar un contacto sexual. Fue entonces cuando Mouilaá le dijo que no quería continuar, al no agradarle el encuentro por la premura y la vehemencia. El contacto cesó de inmediato y la actriz se marchó a su domicilio. Para la Fiscalía, estos hechos no constituyen una agresión sexual y procede, por tanto, la absolución del acusado.

Un escrito que no llegó a surtir efecto

La renuncia de Mouilaá a continuar en el procedimiento, anunciada el pasado miércoles, no llegó a desplegar efectos procesales. El escrito presentado ante el Decanato de los juzgados carecía de la firma del abogado o del procurador, un defecto formal que fue advertido por el juez instructor, Adolfo Carretero. El magistrado dio a la actriz la oportunidad de subsanar el error, algo que finalmente no ocurrirá.

Al no completarse ese trámite, la renuncia decae y el proceso sigue adelante con Mouilaá personada como acusación particular. Junto a ella continúa la Asociación de Defensa Integral de Víctimas Especializada (ADIVE), que ejerce la acusación popular. Desde la defensa de la actriz se subraya que la decisión de no subsanar el escrito responde a una reflexión posterior sobre el alcance de la posición adoptada por la Fiscalía y sobre la necesidad de que los hechos sean valorados por un tribunal.

La denuncia fue presentada en octubre de 2024, tres años después de los hechos investigados. Tras la instrucción, el juez acordó el pasado 7 de enero la apertura de juicio oral al apreciar indicios suficientes de delito. Ese auto situó la causa en su fase decisiva, a la espera de que se resuelvan los recursos presentados por la defensa.

En estas declaraciones se le pregunta a su examiga si Elisa había denunciado por presión mediática, si realmente había sentido rechazo por Errejón cuando la besó y manoseó en la fiesta y si, al verla irse de la misma, la vio azorada.

La Audiencia Provincial decide

El giro de la actriz coincide con una jornada clave en el procedimiento. Este mismo día, la Audiencia Provincial de Madrid delibera sobre el recurso interpuesto por Errejón contra su procesamiento. En ese recurso, la defensa del exdirigente sostiene que no existen indicios de delito y que el relato de la denunciante es falso, afirmando que la denuncia responde a un intento de obtener notoriedad pública e ingresos económicos.

Los magistrados de la Audiencia deben decidir si confirman la decisión del juez instructor o si, por el contrario, la revocan. Mientras tanto, Errejón está citado para mañana martes en el juzgado, donde se le notificará formalmente la apertura de juicio oral acordada a comienzos de enero.