
Con el aumento de la presencia de animales de compañía en los hogares, cada vez es más frecuente que un trabajador se enfrente a una urgencia veterinaria y deba atender a su mascota. Y es que, muchos empleados desconocen si pueden o no ausentarse ante una emergencia con su mascota y qué consecuencias puede acarrear en su situación laboral. Pero una sentencia reciente de un juzgado de Barcelona establece que un trabajador puede faltar a su puesto por una urgencia veterinaria y la empresa no puede sancionarle por este motivo.
Así lo ha explicado el abogado Ignacio de la Calzada en uno de sus últimos vídeos de TikTok, en el que ha calificado el fallo como “pionero”, afirmando que “puedes faltar a tu trabajo por una urgencia veterinaria y tu empresa no te puede castigar por ello”. La sentencia, que afecta directamente a quienes conviven con animales de compañía, responde a una situación concreta: “Se trata de una trabajadora que se ausentó varios días por una urgencia veterinaria de su perro”, relata De la Calzada. El suceso tuvo lugar en Barcelona, donde la empleada fue despedida tras comunicar que no podía acudir a su puesto por la emergencia que atravesaba su mascota.
El juez reconoce la urgencia veterinaria como causa justificada de ausencia
En el proceso judicial, la trabajadora impugnó el despido y el juez valoró las circunstancias. Según detalla el abogado, “la ausencia de la trabajadora no era culpa suya, era algo imprevisible, inevitable y tenía que acudir”. El juzgado consideró que el hecho de atender una urgencia veterinaria constituye un motivo justificado para ausentarse del trabajo, siempre que la situación sea imprevisible. El abogado puntualiza: “Esa ausencia no se puede entender como una infracción”.
La resolución judicial introduce un matiz relevante en la interpretación de las ausencias laborales. De la Calzada aclara que no se trata de un permiso retribuido, sino de una ausencia justificada: “Puedes faltar a tu puesto de trabajo si tu perro tiene alguna urgencia. Pero no, no es un permiso retribuido ni te lo tienes que tomar así”. Este punto resulta fundamental, ya que marca la diferencia entre la justificación de la falta y el derecho a percibir el salario correspondiente a ese día.
La empresa puede descontar el día del salario
La sentencia recoge que “si te tienes que ausentar de tu trabajo por una urgencia veterinaria, como puede ser la de nuestros perretes, no te pueden sancionar por ello. Y si lo hacen, como en este caso, el despido sería improcedente”. Esta interpretación da cobertura a los trabajadores que se ven obligados a interrumpir su jornada por un motivo vinculado a la salud de sus mascotas, aunque el derecho no implica que se mantenga el sueldo en esos días de ausencia.
El abogado insiste en la necesidad de distinguir entre “ausencia justificada” y “permiso retribuido”. Según explica, “ausencia justificada quiere decir que no te pueden sancionar por ello, no te pueden castigar ni se pueden tomar medidas disciplinarias. Y permiso retribuido quiere decir que te tienen que pagar el día. No es lo mismo”. De la Calzada recalca que, aunque el trabajador tenga derecho a ausentarse, la empresa puede descontar esas horas del salario o exigir su recuperación posterior.
De igual manera, Ignacio de la Calzada ha subrayado la importancia de conocer los derechos laborales en relación con las mascotas. “Así que, si tienes una urgencia, comunícalo a tu empresa, sobre todo lo más importante: ten un justificante del veterinario”, aconseja el abogado, que insiste en la relevancia de documentar la situación.
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