Condenan a una antigua médica del CSIC y su marido por estafar a enfermos medulares con falsos tratamientos

Los acusados utilizaban webs de instituciones oficiales para publicitar sus terapias

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La doctora Almudena Ramón Cueto, en una imagen de archivo. (Europa Press)
La doctora Almudena Ramón Cueto, en una imagen de archivo. (Europa Press)

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres años y medio de prisión a Almudena Ramón, médica especializada en regeneración neuronal, y a su marido, Eduardo Ruiz, por ofrecer terapias no autorizadas ni verificadas a personas con lesiones medulares. El tribunal los ha considerado culpables de estafa y deberán hacer frente a una multa de 2.700 euros, además de indemnizar a los condenados a abonar indemnizaciones a tres víctimas por importes comprendidos entre 425 y 8.937 euros.

Según indica la sentencia, difundida por EFE, la doctora Ramón permaneció vinculada al Instituto de Biomedicina de Valencia, dependiente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), entre los años 2000 y 2012. Durante esa etapa, dirigió el laboratorio de Regeneración Neural del CSIC en la capital valenciana. Fue detenida en mayo de 2018 por un delito de estafa, que ahora ha quedado acreditado judicialmente.

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En el auto, los magistrados explican que los acusados utilizaron la reputación de Ramón para dotar de credibilidad a las falsas terapias. Además, utilizaban la página web del Centro de Investigación Médica en Regeneración Medular (CIMERM) para publicitar un procedimiento denominado “Terapia Regenerativa Medular” (TRM), que presentaban como exclusivo en su centro de València dirigido a lesionados medulares.

Descrito como “un nuevo tratamiento médico multidisciplinar con aplicación individualizada para personas con lesión medular”, que nunca completaban. “La acusada, como directora y coordinadora médica de CIMERM, era quien decidía en última instancia qué pacientes podían someterse a la TRM por ser idóneos para ello, y supervisaba todo lo relativo a la terapia”, relatan los magistrados.

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Una terapia falsa que nunca completaban

Material incautado por la Guardia Civil durante la investigación contra la doctora Almudena Ramón. (Guardia Civil)
Material incautado por la Guardia Civil durante la investigación contra la doctora Almudena Ramón. (Guardia Civil)

El supuesto tratamiento se dividía en cuatro fases, siendo la tercera un trasplante celular que "carecía de cualquier tipo de evaluación clínica de su idoneidad o sometimiento a estudios de investigación preclínica, y no contaba con autorización de la Agencia Española de Medicamento y Productos Sanitarios, de lo cual los acusados eran plenamente conscientes", según recoge la sentencia difundida por EFE.

Los acusados se aprovechaban de “la situación de gravedad” de personas con lesiones medulares y “secuelas físicas severas de por vida”. “Por su vulnerabilidad, confiaban en aquellos métodos aparentemente legales que les ofrecían una curación o una notoria mejoría, anhelantes de buscar soluciones fuera de los cauces ordinarios con terapias novedosas“, valoran los magistrados.

Los pacientes, seleccionados por la doctora Ramón, se sometían a la primera fase tras un desembolso de dinero, pero luego se les rechazaba para la segunda fase. “Se les decía que no eran aptos para el trasplante celular”, explican en el fallo.

La causa se ha centrado en los afectados personados en este proceso, si bien EFE ha informado que existen otros pacientes atendidos por los acusados en el hospital IMED de Elche. Estos hechos están siendo investigados en una pieza separada por el Juzgado de Instrucción número 2 de dicha localidad.

En el juicio, la Fiscalía calificó la actuación como una estafa, solicitando una condena de cuatro años de prisión y una multa de 3.300 euros. Por su parte, la acusación particular consideró que se trataba de una estafa agravada, reclamando ocho años de cárcel para los acusados y la imposición de las indemnizaciones. Finalmente, la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres años y medio de prisión a los dos acusados.

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