Condenado a un año de cárcel por estafar a un hombre con el alquiler de un piso fantasma

El condenado pidió 550 euros como “reserva” por un alquiler inexistente y nunca devolvió el dinero pese a firmar un acuerdo

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Una jueza dicta sentencia en
Una jueza dicta sentencia en un juicio (Canva)

La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado a un año de prisión a un hombre por estafar a otro durante el proceso de alquiler de un piso en Logroño. Además de la pena de cárcel, la sentencia, que ya es firme, fija el pago de una multa de 1.080 euros y una indemnización de 550 euros a la víctima. El tribunal ha diferido para la fase de ejecución el pronunciamiento sobre la suspensión o no de la pena privativa de libertad.

Según consta en la resolución, que fue dictada con el acuerdo de todas las partes, los hechos se remontan al momento en que la víctima, que buscaba vivienda, se encontró con un conocido y le explicó su situación. Este le puso en contacto con el acusado, un ciudadano de nacionalidad colombiana, presentándolo como amigo de un supuesto propietario de una inmobiliaria que podría facilitarle un piso en alquiler.

El acusado, actuando con el objetivo de obtener un beneficio ilícito, se puso en contacto con el denunciante a través de la aplicación de mensajería WhatsApp. Durante la conversación, le informó de que había encontrado un piso disponible y se ofreció incluso a avalar la operación con su propia nómina para facilitar el alquiler. Como parte de la operación, le pidió al denunciante que le entregara 550 euros en concepto de reserva para asegurar la vivienda.

El dinero nunca fue devuelto

Con el paso de los días, y ante las continuas excusas del acusado sobre la imposibilidad de formalizar el arrendamiento, la víctima le solicitó la devolución del dinero entregado. Para tratar de dar una solución, ambas partes firmaron un documento en el que el acusado se comprometía a devolver la cantidad prestada mediante pagos mensuales hasta completar el total de 550 euros.

A pesar de este acuerdo, el acusado no cumplió con su compromiso y el dinero nunca fue restituido. Ante la falta de respuesta, la víctima decidió presentar denuncia, lo que dio inicio a la investigación judicial.

Antecedentes penales y condena firme

La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de La Rioja, recoge también que el acusado ya había sido condenado con anterioridad por delitos en el ámbito de la violencia de género, circunstancia que quedó reflejada en el fallo. El tribunal ha considerado probado que el hombre actuó con intención de obtener un beneficio ilícito y que la conducta supone un delito de estafa.

En el fallo, la Audiencia impone al condenado una pena de un año de prisión y una multa de 1.080 euros, además de la obligación de indemnizar a la víctima con 550 euros, cantidad que corresponde al dinero entregado para la reserva del piso. La sentencia señala que la decisión sobre la posible suspensión de la pena de prisión se adoptará en la fase de ejecución, según la valoración judicial de las circunstancias personales y los antecedentes del condenado.

El tribunal ha declarado la firmeza de la resolución, por lo que no cabe interponer recurso contra la condena. La víctima, por tanto, podrá reclamar la cantidad fijada en concepto de indemnización, mientras que el condenado queda a la espera de conocer si deberá ingresar en prisión o si se le concede la suspensión de la pena.

El caso pone de relieve los riesgos de las estafas en el mercado de alquileres y la importancia de formalizar todos los trámites y pagos a través de cauces seguros y documentados. La Audiencia Provincial de La Rioja recuerda que el delito de estafa está tipificado en el Código Penal y conlleva consecuencias penales y económicas para quienes lo cometen.