
La Audiencia Provincial de Zamora ha ratificado la obligación de los propietarios de los locales comerciales de un edificio a contribuir económicamente en la instalación de un ascensor, pese a que estos alegaban estar exentos de ese gasto por no utilizar ni el portal ni las escaleras. La resolución judicial ha considerado que, al tratarse de una mejora estructural que beneficia al conjunto del inmueble, la exención recogida en los estatutos de la comunidad no les libera de asumir su parte del coste.
La sentencia, dictada el 23 de junio de 2025, ha detallado que el acuerdo para instalar el ascensor fue adoptado en Junta de Propietarios con la mayoría legalmente requerida. Los titulares de los locales, situados en la planta baja y sin acceso directo al portal, han defendido que su exclusión de los gastos comunes del bloque debía extenderse también a esta obra. Además, han sostenido que la comunidad optó por la alternativa más costosa, sin explorar otras opciones que no perjudicaran sus intereses.
PUBLICIDAD
Sin embargo, la comunidad ha acreditado que se analizaron distintas posibilidades y que la elegida era la única viable desde el punto de vista técnico, ya que los propios propietarios de los locales se negaron a permitir el paso del ascensor por sus inmuebles. Un informe pericial presentado por la comunidad ha respaldado que la obra mejora la accesibilidad general y revaloriza las viviendas, según ha recogido la Audiencia Provincial de Zamora.
El Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Zamora ya había rechazado la demanda inicial de los propietarios de los locales, al considerar que la cláusula estatutaria únicamente les eximía del mantenimiento ordinario de escaleras, portal y rellanos, pero no del pago de nuevas obras estructurales. El juez ha precisado que “la previsión estatutaria que excluye del uso o mantenimiento de zonas comunes no supone automáticamente la exención del pago de la instalación de un ascensor”. Además, ha señalado que los demandantes no ofrecieron ninguna alternativa viable y que la comunidad actuó conforme al régimen de mayorías exigido por la ley, descartando que se tratara de una obra innecesaria o desproporcionada.
PUBLICIDAD
La justicia respalda la obligatoriedad de sufragar mejoras estructurales
La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la interpretación del juzgado de primera instancia, subrayando que este tipo de actuaciones están amparadas por el artículo 10.1.a) de la Ley de Propiedad Horizontal. Dicho precepto establece como obligatorias “las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal”.
El tribunal ha considerado que no es posible alegar exención de ciertos gastos cuando se trata de obras que responden a mejoras estructurales impuestas por necesidad o utilidad objetiva, incluso si algún propietario no va a hacer uso del nuevo servicio. Asimismo, ha recordado que la misma ley obliga a todos los propietarios a contribuir al coste de estas obras, salvo que exista una disposición clara y expresa en contrario, que en este caso no se ha acreditado.
PUBLICIDAD
La sala ha fundamentado su decisión en la doctrina del Tribunal Supremo, que ha reiterado en varias ocasiones que “una previsión estatutaria que exime del mantenimiento de zonas comunes no puede interpretarse extensivamente para excluir el coste de nuevas instalaciones que mejoran el edificio”. En particular, la sentencia ha citado la STS 152/2024, que establece que “la instalación de un ascensor debe ser sufragada por todos los propietarios, incluidos los de locales, salvo que exista una cláusula estatutaria clara y específica que los exonere expresamente”.
La Audiencia Provincial de Zamora ha descartado que se haya producido abuso de derecho o vulneración de los estatutos, ya que la decisión de la comunidad se adoptó tras valorar diferentes alternativas y el coste adicional derivó precisamente de la negativa de los locales a permitir otra ubicación del ascensor.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Fran Sánchez, psicólogo: “Uno de los mayores venenos para una relación son las promesas de cambio incumplidas”
El experto analiza cómo este comportamiento puede dar lugar a grandes problemas dentro de una pareja

Última hora de la crisis migratoria de Ceuta, en directo: la Policía identifica a 528 menores no acompañados en Ceuta y los entrega a la ciudad autónoma para su tutela
Según ha informado la IML de Ceuta en un comunicado, los médicos forenses han hecho 77 autopsias, de las que se ha identificado a dos personas de las que fallecieron durante la entrada masiva de más de 70.000 personas el pasado jueves
Los expertos coinciden en que caminar 10.000 pasos es más efectivo cuando aumentas el ritmo y lo combinas con ejercicios de fuerza
Las caminatas pueden convertirse en una herramienta más eficaz para la salud cuando incorporan intensidad y desniveles

La carabela portuguesa deja 120 picaduras en las playas de San Sebastián en menos de 24 horas
La aparición de estas medusas provocó que se izara la bandera roja por la tarde en las tres principales playas de la ciudad

Super Once: esta es la combinación ganadora del sorteo del 5 agosto
Con las loterías de Juegos Once no sólo tienes la posibilidad de ganar millones de euros en premios, sino que parte del dinero recaudado va para beneficios sociales



