
El Ayuntamiento de Málaga deberá indemnizar con 16.338 euros a un ciudadano por los daños psíquicos y morales sufridos tras la toma y difusión no autorizada de unas imágenes en las que aparece defecando, captadas por agentes de la Policía Local durante una detención. Así lo recoge un dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, al que ha tenido acceso la Agencia EFE.
La reclamación del afectado, según el citado dictamen, se basa en “la captura y divulgación de unas fotografías de carácter íntimo difundidas a través de WhatsApp en las que se veía al reclamante semidesnudo defecando”. Las imágenes fueron tomadas el 1 de diciembre de 2022, en el transcurso de una actuación policial.
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Aquel día, el hombre fue detenido por la Policía Local de Málaga tras haberse saltado un semáforo en rojo y ser sometido a un control de alcoholemia. Fue en ese contexto cuando uno de los agentes captó con su teléfono móvil las fotografías comprometedoras, que luego fueron difundidas a través de la aplicación de mensajería instantánea.
Difusión y humillación pública
El dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, órgano que evalúa las responsabilidades patrimoniales en casos de esta naturaleza, subraya que “no hay duda” de que las imágenes fueron efectivamente difundidas a través de WhatsApp. Varias de estas imágenes llegaron incluso a compañeros de trabajo del afectado, quienes se las mostraron directamente a él.
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La situación tuvo una fuerte repercusión en el entorno laboral del denunciante. Según detalla el Consejo Consultivo, el hombre tuvo que afrontar las burlas y mofas de sus colegas, quienes compartían las imágenes entre ellos. En palabras del órgano consultivo, esta exposición pública de su intimidad “repercutió mucho en su trabajo”, agravando el daño emocional sufrido.
Un informe clínico del Hospital Regional de Málaga, fechado el 5 de junio de 2023, confirma que los hechos provocaron en el afectado sentimientos intensos de “rabia y humillación”. Este impacto psicológico ha sido uno de los elementos clave para establecer la cuantía de la indemnización.
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Conducta injustificable y falta de protección de derechos
El caso motivó la apertura de un expediente disciplinario contra los dos policías locales que inicialmente participaron en la actuación, así como contra un tercer agente que también se vio implicado en la difusión de las imágenes. Los tres fueron suspendidos de sus funciones durante quince días como medida disciplinaria.
El dictamen del Consejo Consultivo es contundente en sus conclusiones: los agentes actuaron “en el ejercicio de su autoridad mientras uno de ellos fotografiaba al reclamante durante un acto íntimo sin justificación”, y lo hicieron “guiados por un mero animus iocandi" —esto es, con ánimo de burla o mofa—. A ello siguió “la posterior divulgación de la fotografía”, lo que agrava aún más la falta.
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La conducta de los policías, según el informe, vulneró de manera clara los derechos fundamentales del afectado, en particular el derecho a la protección de datos personales y a la propia imagen, ambos reconocidos por la Constitución y la legislación vigente.
Responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento
El Consejo Consultivo concluye que el Ayuntamiento de Málaga “es responsable patrimonial por los daños derivados de la actuación de los agentes de la Policía Local que realizaron y difundieron la fotografía en cuestión”. Es decir, el consistorio deberá asumir la indemnización, al tratarse de funcionarios públicos que actuaban dentro del ámbito de sus funciones, aunque de forma manifiestamente indebida.
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Desde el Ayuntamiento de Málaga no se ha emitido, hasta el momento, ningún comunicado oficial sobre esta resolución. Tampoco han trascendido declaraciones por parte de los agentes implicados ni del entorno del afectado.
La decisión del Consejo Consultivo no solo obliga al pago de la indemnización, sino que también lanza un mensaje institucional claro sobre la gravedad de este tipo de actuaciones, que atentan contra la dignidad y la intimidad de las personas.
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